III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE INDUSTRIA, COMERCIO Y TURISMO. Ayudas. (BOE-A-2022-14113)
Orden ICT/819/2022, de 12 de agosto, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas dirigidas a impulsar el crecimiento de las pymes a través de los programas «Activa Industria 4.0», «Activa Crecimiento» y «Activa Ciberseguridad», en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Jueves 25 de agosto de 2022
Sec. III. Pág. 120501
II
La Fundación EOI es una fundación del sector público estatal, tutelada por la
Secretaría General de Industria y de la Pequeña y Mediana Empresa del Ministerio de
Industria, Comercio y Turismo, que viene colaborando con ésta en el marco de la
mencionada Estrategia, y que tiene como finalidad general potenciar la formación, la
realización y la promoción de estudios e investigaciones científicas y técnicas,
fundamentalmente en los ámbitos de la industria, el medio ambiente, la innovación, las
nuevas tecnologías, la pequeña y mediana empresa, la propiedad industrial y la
economía y la prospectiva sobre la evolución de la ciencia y la tecnología y su impacto e
influencia en el sector productivo y en la sociedad.
La Fundación EOI, como se ha señalado, forma parte de las entidades ejecutoras del
componente 13 del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, tal y como
anteriormente se ha señalado.
Las líneas de ayudas reguladas en esta orden de bases se encuentran acogidas,
como se ha señalado al Componente 13, «Impulso a la PYME», en su inversión C13.I2
«Crecimiento» con el objetivo de favorecer la promoción del crecimiento de las pymes a
través de diferentes líneas de actuación. El proyecto C13.I2.2, «Programa de
Capacidades para el Crecimiento de la PYME», tiene una dotación global de 101
millones de euros para tres años (2021-2023). Y en concreto, la iniciativa C13.I2.2.1
«Activa Industria 4.0», la C13.I2.2.2 «Activa Crecimiento» y la C13.I2.2.3 «Activa
Ciberseguridad» cuentan con una inversión prevista de 33, 16,9 y 7,1 millones de euros,
respectivamente procedentes del fondo del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia y
un objetivo estimado de 3.300, 2.600 y 4.500 PYMES respectivamente apoyadas antes
de finales del cuarto trimestre de 2023, contribuyendo al objetivo CID global número 197
de 11.000 PYMES.
Estas iniciativas se articulan a través de la concesión de ayudas en especie a pymes,
en concurrencia no competitiva, que consistirán en un servicio de asesoramiento
especializado que tendrá como resultado la elaboración de un diagnóstico y un plan de
actuación para las empresas beneficiarias en materia de competitividad empresarial,
transformación digital a la Industria 4.0 o ciberseguridad, según el programa del que se
trate. Dicho asesoramiento se prestará por la entidad colaboradora, que será elegida por
la solicitante de la ayuda en el momento de resultar beneficiaria. A estos efectos, no
podrá elegirse a una entidad colaboradora con la que pueda haber conflicto de interés. Al
corresponder esta ayuda en especie a un servicio específico que contrata la Fundación
EOI, se garantiza el cumplimiento de los principios transversales del Plan de
Recuperación de prevención de la doble financiación, así como del resto de principios
relativos a la detección y corrección del fraude, la corrupción y los conflictos de interés.
Para la implementación del programa correspondiente, «Activa Industria 4.0»,
«Activa Crecimiento», o «Activa Ciberseguridad», la Fundación EOI contará con
entidades colaboradoras que prestarán los servicios de asesoramiento a las empresas
beneficiarias. Para cada programa concreto se seleccionarán distintas entidades
colaboradoras a través de procedimientos de licitación.
Las convocatorias están previstas para que se financien con cargo al Mecanismo de
Recuperación y Resiliencia. No obstante, también se prevé que puedan utilizarse estas
bases reguladoras para articular convocatorias con presupuestos del Estado o de las
Comunidades Autónomas.
Estas ayudas se consideran ayudas de minimis, y se otorgan de conformidad con el
Reglamento (UE) n.º 1407/2013 de la Comisión, de 18 de diciembre de 2013, relativo a
la aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento de la Unión
Europea a las ayudas de minimis, el Reglamento (UE) n.º 1408/2013 de la Comisión,
de 18 de diciembre de 2013, relativo a la aplicación de los artículos 107 y 108 del
Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea a las ayudas de minimis en el sector
agrícola, el Reglamento (UE) n.º 717/2014 de la Comisión, de 27 de junio de 2014,
relativo a la aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento de la
Unión Europea a las ayudas de minimis en el sector de la pesca y de la acuicultura, sin
cve: BOE-A-2022-14113
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 204
Jueves 25 de agosto de 2022
Sec. III. Pág. 120501
II
La Fundación EOI es una fundación del sector público estatal, tutelada por la
Secretaría General de Industria y de la Pequeña y Mediana Empresa del Ministerio de
Industria, Comercio y Turismo, que viene colaborando con ésta en el marco de la
mencionada Estrategia, y que tiene como finalidad general potenciar la formación, la
realización y la promoción de estudios e investigaciones científicas y técnicas,
fundamentalmente en los ámbitos de la industria, el medio ambiente, la innovación, las
nuevas tecnologías, la pequeña y mediana empresa, la propiedad industrial y la
economía y la prospectiva sobre la evolución de la ciencia y la tecnología y su impacto e
influencia en el sector productivo y en la sociedad.
La Fundación EOI, como se ha señalado, forma parte de las entidades ejecutoras del
componente 13 del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, tal y como
anteriormente se ha señalado.
Las líneas de ayudas reguladas en esta orden de bases se encuentran acogidas,
como se ha señalado al Componente 13, «Impulso a la PYME», en su inversión C13.I2
«Crecimiento» con el objetivo de favorecer la promoción del crecimiento de las pymes a
través de diferentes líneas de actuación. El proyecto C13.I2.2, «Programa de
Capacidades para el Crecimiento de la PYME», tiene una dotación global de 101
millones de euros para tres años (2021-2023). Y en concreto, la iniciativa C13.I2.2.1
«Activa Industria 4.0», la C13.I2.2.2 «Activa Crecimiento» y la C13.I2.2.3 «Activa
Ciberseguridad» cuentan con una inversión prevista de 33, 16,9 y 7,1 millones de euros,
respectivamente procedentes del fondo del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia y
un objetivo estimado de 3.300, 2.600 y 4.500 PYMES respectivamente apoyadas antes
de finales del cuarto trimestre de 2023, contribuyendo al objetivo CID global número 197
de 11.000 PYMES.
Estas iniciativas se articulan a través de la concesión de ayudas en especie a pymes,
en concurrencia no competitiva, que consistirán en un servicio de asesoramiento
especializado que tendrá como resultado la elaboración de un diagnóstico y un plan de
actuación para las empresas beneficiarias en materia de competitividad empresarial,
transformación digital a la Industria 4.0 o ciberseguridad, según el programa del que se
trate. Dicho asesoramiento se prestará por la entidad colaboradora, que será elegida por
la solicitante de la ayuda en el momento de resultar beneficiaria. A estos efectos, no
podrá elegirse a una entidad colaboradora con la que pueda haber conflicto de interés. Al
corresponder esta ayuda en especie a un servicio específico que contrata la Fundación
EOI, se garantiza el cumplimiento de los principios transversales del Plan de
Recuperación de prevención de la doble financiación, así como del resto de principios
relativos a la detección y corrección del fraude, la corrupción y los conflictos de interés.
Para la implementación del programa correspondiente, «Activa Industria 4.0»,
«Activa Crecimiento», o «Activa Ciberseguridad», la Fundación EOI contará con
entidades colaboradoras que prestarán los servicios de asesoramiento a las empresas
beneficiarias. Para cada programa concreto se seleccionarán distintas entidades
colaboradoras a través de procedimientos de licitación.
Las convocatorias están previstas para que se financien con cargo al Mecanismo de
Recuperación y Resiliencia. No obstante, también se prevé que puedan utilizarse estas
bases reguladoras para articular convocatorias con presupuestos del Estado o de las
Comunidades Autónomas.
Estas ayudas se consideran ayudas de minimis, y se otorgan de conformidad con el
Reglamento (UE) n.º 1407/2013 de la Comisión, de 18 de diciembre de 2013, relativo a
la aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento de la Unión
Europea a las ayudas de minimis, el Reglamento (UE) n.º 1408/2013 de la Comisión,
de 18 de diciembre de 2013, relativo a la aplicación de los artículos 107 y 108 del
Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea a las ayudas de minimis en el sector
agrícola, el Reglamento (UE) n.º 717/2014 de la Comisión, de 27 de junio de 2014,
relativo a la aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento de la
Unión Europea a las ayudas de minimis en el sector de la pesca y de la acuicultura, sin
cve: BOE-A-2022-14113
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 204