III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE INCLUSIÓN, SEGURIDAD SOCIAL Y MIGRACIONES. Convenios. (BOE-A-2022-14034)
Resolución de 16 de agosto de 2022, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio entre la Dirección General de Gestión del Sistema de Acogida en Materia de Protección Internacional y Temporal y el Ayuntamiento de Alcobendas, para la inclusión social y laboral de personas solicitantes y beneficiarias de protección internacional y otros colectivos incluidos en los programas de atención del Centro de Acogida de Protección Internacional de Alcobendas, periodo 2022-2025.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 201
Lunes 22 de agosto de 2022
Sec. III. Pág. 120116
2.2.1 Acciones relacionadas con Comercio, Empleo, Informática, Innovación
Tecnológica, Web y Transparencia.
a) Incorporación en bolsa de empleo a los usuarios residentes del CAR y
empadronados en el Ayuntamiento de Alcobendas.
b) Incorporación en actividades de orientación al empleo junto a la población
usuaria de la localidad, de manera que se consiga el objetivo de orientación y el de
integración.
c) Participación de los usuarios del CAR en los convenios de fomento del Empleo
que plantee al Ayuntamiento de Alcobendas dirigidos a la población marginada, con
dificultades de integración a nivel sociolaboral y riesgo de exclusión.
d) Colaboración por parte del CAR de Alcobendas en el asesoramiento y
orientación al empleo, de la población usuaria del Ayuntamiento, solicitantes de asilo,
desplazados, refugiados y otros colectivos.
2.2.2 Acciones relacionadas con Urbanismo, Vivienda, Ordenación del Territorio
y Licencias.
a) Incorporación de los usuarios del CAR en las bolsas de viviendas sociales y en
su defecto en alquiler, que el Ayuntamiento tiene a disposición de su población, en
igualdad de condiciones con los ciudadanos del municipio de Alcobendas.
2.2.3
Acciones relacionadas con Educación.
a) Incorporación de los menores en edad escolar a los CEIP de la zona.
b) Incorporación de los menores del centro en las actividades y servicios
complementarios en los centros escolares.
2.2.4
Acciones relacionadas con Cultura.
a) Incorporación de los beneficiarios a cursos oficiales y adecuados a los perfiles
profesionales que los usuarios presentan, así como también a su futura situación legal.
Esto tendrá lugar una vez acordados con las instituciones implicadas los requisitos
necesarios para la incorporación de los alumnos.
b) Motivación de los usuarios a participar en la oferta de actividades que el
Ayuntamiento tiene previstas para la población de la localidad, facilitando así la creación
de redes sociales, fomentando el asociacionismo y la participación local.
c) Incorporación, en la medida de lo posible, tanto de la población del CAR, como
de la de Alcobendas a la planificación formativa anual que desde el CAR y desde el
Ayuntamiento se desarrollen.
2.2.5
Acciones relacionadas con actividades Deportivas.
a) Inclusión de los usuarios del CAR en la oferta de actividades Deportivas y
acceso a las instalaciones deportivas de la localidad que el Ayuntamiento tiene previstas
para la población de la localidad, en las mismas condiciones que los ciudadanos de
Alcobendas
Procedimiento de gestión.
1. A todos los efectos el Ayuntamiento de Alcobendas será el órgano administrativo
para todas las acciones contempladas en el presente convenio.
2. La selección, valoración, seguimiento y evaluación de los casos se llevará a cabo
por parte del CAR de Alcobendas y el Ayuntamiento de Alcobendas, en lo referido a la
atención directa.
3. El CAR de Alcobendas, la Concejalía Delegada de Salud, Consumo, Infancia,
Adolescencia, Juventud y Promoción de la Igualdad y la Concejalía Delegada de Familias,
cve: BOE-A-2022-14034
Verificable en https://www.boe.es
Cuarta.
Núm. 201
Lunes 22 de agosto de 2022
Sec. III. Pág. 120116
2.2.1 Acciones relacionadas con Comercio, Empleo, Informática, Innovación
Tecnológica, Web y Transparencia.
a) Incorporación en bolsa de empleo a los usuarios residentes del CAR y
empadronados en el Ayuntamiento de Alcobendas.
b) Incorporación en actividades de orientación al empleo junto a la población
usuaria de la localidad, de manera que se consiga el objetivo de orientación y el de
integración.
c) Participación de los usuarios del CAR en los convenios de fomento del Empleo
que plantee al Ayuntamiento de Alcobendas dirigidos a la población marginada, con
dificultades de integración a nivel sociolaboral y riesgo de exclusión.
d) Colaboración por parte del CAR de Alcobendas en el asesoramiento y
orientación al empleo, de la población usuaria del Ayuntamiento, solicitantes de asilo,
desplazados, refugiados y otros colectivos.
2.2.2 Acciones relacionadas con Urbanismo, Vivienda, Ordenación del Territorio
y Licencias.
a) Incorporación de los usuarios del CAR en las bolsas de viviendas sociales y en
su defecto en alquiler, que el Ayuntamiento tiene a disposición de su población, en
igualdad de condiciones con los ciudadanos del municipio de Alcobendas.
2.2.3
Acciones relacionadas con Educación.
a) Incorporación de los menores en edad escolar a los CEIP de la zona.
b) Incorporación de los menores del centro en las actividades y servicios
complementarios en los centros escolares.
2.2.4
Acciones relacionadas con Cultura.
a) Incorporación de los beneficiarios a cursos oficiales y adecuados a los perfiles
profesionales que los usuarios presentan, así como también a su futura situación legal.
Esto tendrá lugar una vez acordados con las instituciones implicadas los requisitos
necesarios para la incorporación de los alumnos.
b) Motivación de los usuarios a participar en la oferta de actividades que el
Ayuntamiento tiene previstas para la población de la localidad, facilitando así la creación
de redes sociales, fomentando el asociacionismo y la participación local.
c) Incorporación, en la medida de lo posible, tanto de la población del CAR, como
de la de Alcobendas a la planificación formativa anual que desde el CAR y desde el
Ayuntamiento se desarrollen.
2.2.5
Acciones relacionadas con actividades Deportivas.
a) Inclusión de los usuarios del CAR en la oferta de actividades Deportivas y
acceso a las instalaciones deportivas de la localidad que el Ayuntamiento tiene previstas
para la población de la localidad, en las mismas condiciones que los ciudadanos de
Alcobendas
Procedimiento de gestión.
1. A todos los efectos el Ayuntamiento de Alcobendas será el órgano administrativo
para todas las acciones contempladas en el presente convenio.
2. La selección, valoración, seguimiento y evaluación de los casos se llevará a cabo
por parte del CAR de Alcobendas y el Ayuntamiento de Alcobendas, en lo referido a la
atención directa.
3. El CAR de Alcobendas, la Concejalía Delegada de Salud, Consumo, Infancia,
Adolescencia, Juventud y Promoción de la Igualdad y la Concejalía Delegada de Familias,
cve: BOE-A-2022-14034
Verificable en https://www.boe.es
Cuarta.