III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2022-13889)
Resolución de 9 de agosto de 2022, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula informe de impacto ambiental del proyecto "Nueva canalización y sustitución de líneas de alta tensión Aeropuerto Josep Tarradellas Barcelona-El Prat".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Jueves 18 de agosto de 2022

Sec. III. Pág. 119517

longitud de 590 m, también considerado Reserva Natural Parcial de El Remolar Filipinas.
Colindante con el espacio anterior, en la parte marina, se sitúa la ZEPA ES0000513
«Espacio Marino del Baix Llobregat-Garraf». El promotor considera compatible la
actuación prevista con estos espacios. En el caso del primero de ellos, no se estima que
haya un incremento de afecciones al desarrollarse los trabajos previstos dentro de él en
canalizaciones ya existentes. Por otro lado, el DA también señala que gran parte del
aeropuerto de Barcelona se localiza en el interior del Área Importante para la
Conservación de las Aves y la Biodiversidad (IBA) número 140 «Delta del Llobregat» y
que, en sus proximidades y en ámbito marino, se localiza la IBA número 410 «Aguas del
Baix Llobregat-Garraf». Las medidas expuestas en los apartados de vegetación y fauna
serán de aplicación a este punto y servirán para paliar los impactos detectados.
La Dirección General de Políticas Ambientales y Medio Natural de la Generalitat de
Cataluña destaca como principal impacto la incidencia sobre el HIC 1320, situado dentro
de la Zona de Especial Conservación/Zona de Especial Protección para las Aves
(ZEC/ZEPA) «Delta del Llobregat» por efecto de la canalización indicada por el promotor.
Sus observaciones y la respuesta del promotor han quedado recogidas en el apartado de
vegetación de esta resolución.
Este órgano ambiental considera que la realización de los trabajos por
canalizaciones ya existentes y mediante mandrilado, con las medidas expuestas por el
promotor en su DA y en su aporte documental posterior, minimizan la incidencia sobre el
lugar de Red Natura 2000 ZEC/ZEPA «Delta del Llobregat» y no supondrán un
menoscabo de sus valores.
Suelo, subsuelo y geodiversidad. En fase de ejecución, el DA prevé la alteración de
la calidad y potencialidad agrológica del suelo por remoción del sustrato, así como la
ocupación física por parte de las nuevas superficies pavimentadas, la posible
compactación por circulación de maquinaria de forma temporal, riesgo de vertidos
accidentales que puedan dar lugar a contaminación y generación de residuos. Las
superficies de ocupación se han indicado en el apartado de vegetación. Estos impactos
se consideran de poca relevancia en el DA, por la antropización previa del lugar de
actuación. Los volúmenes de residuos generados y su clasificación se especifican entre
las páginas 92 y 93 del DA. Entre ellos, se calcula que se retirarán 824,5 m3 de tierras
con código LER 17.05.04 destinadas a vertedero, así como 0.28 t de residuos peligrosos.
No se prevén impactos en fase de explotación.
Como medidas preventivas, el promotor señala que se realizará la
impermeabilización y disposición adecuada de la zona auxiliar de obras, la limitación y
jalonamiento de los lugares de ejecución, la retirada y almacenamiento de tierra vegetal
durante las obras, con reutilización posterior, la gestión de residuos peligrosos y no
peligrosos según legislación vigente y la realización de repostajes y otras labores en el
parque de maquinaria. Asimismo, como medidas correctoras, se prevé la restitución
topográfica y vegetal de las zonas afectadas por instalaciones temporales y el laboreo de
suelos compactados por movimiento de maquinaria. En caso de aparición de suelos
contaminados, se actuará conforme al Real Decreto 9/2005, de 14 de enero, por el que
se establece la relación de actividades potencialmente contaminantes del suelo y los
criterios y estándares para la declaración de suelos contaminados.
El PVA prevé el control de la minimización de la ocupación del suelo y elementos
auxiliares, la inspección visual para evitar daños por circulación de vehículos fuera de
zonas señalizadas, el control de la retirada de tierra vegetal y su conservación, la
comprobación de la no realización de vertidos accidentales, el control de la gestión de
suelos contaminados y de residuos.
Consta en el expediente, informe favorable de la Agencia de Residuos de Cataluña
que realiza consideraciones de índole normativa sobre gestión de residuos.
Atmósfera, factores climáticos y cambio climático. El DA considera que la realización
de las obras producirá una disminución temporal de la calidad del aire por emisión de
partículas sólidas y gaseosas, así como posibles molestias por incremento de los niveles
de presión sonora. Identifica varias zonas acústicas de tipo B1 cercanas a las

cve: BOE-A-2022-13889
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Núm. 198