III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2022-13888)
Resolución de 9 de agosto de 2022, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto "Regeneración de la playa de La Antilla-Islantilla en Lepe e Isla Cristina (Huelva)".
23 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 198

Jueves 18 de agosto de 2022

Sec. III. Pág. 119491

La alternativa 2 fue considerada la más adecuada para la mejora de la estabilidad de
la playa, ya que quedaría abierta a la entrada natural de sedimentos y, por otro lado, se
frenaría la perdida de material por transporte longitudinal, hacia la playa de Nueva
Umbría.
b.

Tratamiento de los principales impactos del proyecto:

A la vista del EsIA, los informes y alegaciones recibidos, las consultas
complementarias practicadas y, la documentación subsanada se reflejan a continuación
los impactos más significativos del proyecto y su tratamiento.
Por las características del proyecto, se distinguen dos zonas diferenciadas de
afección, la playa donde se realiza el aporte de material y la construcción del espigón y
la zona de extracción, en la que se realiza el dragado.
Batimetría y fondo marino y naturaleza del sustrato.

– Zona de dragado: El EsIA incorpora un anexo donde se recoge la caracterización
realizada de los sedimentos del yacimiento de áridos siguiendo las indicaciones que se
establecen en las «Directrices para la caracterización del material dragado y su
reubicación en aguas del DPMT» (DCMD). Se concluye que el material es apto para su
aportación a playas.
De la caracterización se extrae que la granulometría de los sedimentos es muy
homogénea, estando compuesta por arenas medias en un 38 %, arenas gruesas en
un 34 % y, arenas finas y muy gruesas es parecido, estando en torno al 10 %. El
contenido medio en finos es del 1 % y el de gravas del 7,1 %. Si se tienen cuenta que el
porcentaje límite establecido para los finos es del 5 %, se puede decir que el contenido
en finos en el sedimento estudiado se ajusta al límite establecido por las DCMD.
La concentración media de materia orgánica y de metales pesados en el sedimento
estudiado, para todas las estaciones, se encuentra por debajo de los valores de
referencia, por lo que también se ajusta a los límites establecidos en las DCMD.
La extracción de sedimentos del fondo marino mediante succión de arrastre da lugar,
entre otros impactos, a la pérdida de sustrato (en este caso arena) y a la modificación del
perfil de fondo. La extracción se realiza en la plataforma continental, debido a la
limitación técnica que supone la profundidad para la extracción de las arenas
(normalmente no sobrepasan los 50 m de profundidad), en zonas relativamente cercanas
a la costa, que es el área principalmente colonizada por las poblaciones bentónicas. El
promotor señala que, según la información disponible, la recolonización de un área
dragada puede ser relativamente rápida, con un restablecimiento de la biomasa entre los
dos‐cuatro años posteriores si las actividades de extracción han sido de corta duración
(periodos de hasta un año). A su vez, estudios concretos realizados en el litoral español
revelan que comunidades bentónicas asentadas sobre sustrato sedimentario arenoso y
con diversidades biológicas medias, recuperan un estado similar al preoperacional
trascurrido un periodo de tiempo en torno a los dos años tras la extracción (CEDEX,
2010).
La Delegación Territorial en Huelva indica en su informe que la zona seleccionada de
dragado está contemplada en el proyecto de Matalascañas y además ya se ha utilizado
en años anteriores, por lo que considera indispensable valorar en su conjunto todos los
dragados realizados y proyectados, evaluando sus posibles incidencias en la costa y en
especial en los espacios protegidos adyacentes.
– Zona de regeneración: La construcción del espigón ocasionará una variación
directa de la batimetría de la zona, si bien esta modificación es la que conseguirá que la
playa sea más estable.
Por otro lado, la aportación artificial de arena puede provocar modificaciones en la
granulometría de la playa, por aporte de sedimento externo, diferente del material nativo,
que puede ser transportado a otro lugar en función de la dinámica litoral de la zona. Por
este motivo, pueden originarse efectos sobre las zonas receptoras de sedimento, como

cve: BOE-A-2022-13888
Verificable en https://www.boe.es

b.1