III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2022-13887)
Resolución de 9 de agosto de 2022, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto «Parque solar fotovoltaico 'FV Herrera Solar 1' de 51 MWp/40 MWn, y su infraestructura de evacuación, en Páramo de Boedo y Herrera de Pisuerga (Palencia)».
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Jueves 18 de agosto de 2022
Sec. III. Pág. 119477
especie de flora incluida en el Catálogo de Flora Protegida de Castilla y León en la
categoría de atención preferente. Para evitar la posible afección a esta especie
protegida, en el condicionado de la presente resolución se incluyen medidas preventivas
adicionales a las establecidas en el EsIA.
b.3 Espacios protegidos: el Servicio Territorial de Medio Ambiente de Palencia,
indica que no existe coincidencia geográfica del proyecto con la Red Natura 2000, ni se
prevé la existencia de afecciones indirectas, ya sea individualmente o en combinación
con otros, que pudieran causar perjuicio a la integridad de cualquier lugar incluido en
aquella, siempre y cuando se cumplan las condiciones de la presente resolución.
Asimismo, indica que el proyecto se encuentra fuera de cualquier espacio incluido en
el Plan de Espacios Naturales Protegidos de Castilla y León y no existe coincidencia con
ejemplares incluidos en el Catálogo Regional de Árboles Notables, según lo establecido
en el Decreto 63/2003, de 22 de mayo, ni con zonas húmedas incluidas en el Catálogo
de Zonas Húmedas de Castilla y León.
La Zona Especial de Conservación (ZEC) Riberas del río Pisuerga y afluentes,
perteneciente a la Red Natura 2000 se localiza a una distancia de 2 km del proyecto.
Dada la distancia entre ambos, la posibilidad de afección indirecta del proyecto sobre el
espacio protegido depende principalmente de la afección indirecta a los cauces derivada
del incremento de solidos en suspensión por aumento de la erosión o por vertidos o
contaminación de suelos y aguas en la zona de actuación del proyecto que pudieran
alcanzar posteriormente el espacio protegido a través de la red hidrográfica. Las
medidas preventivas y correctoras diseñadas por el promotor para evitar potenciales
impactos sobre el suelo y el agua permiten prever que no se producirán este tipo de
impactos indirectos.
b.4 Agua y suelo: según indica la Confederación Hidrográfica del Duero, la
instalación de la planta solar y sus infraestructuras de evacuación puede provocar
cambios en la permeabilidad del suelo, lo que puede suponer cambios importantes en la
escorrentía superficial, que afectará directamente a las masas de agua, tanto
superficiales como subterráneas. Asimismo, indica que el arroyo de Valdemuñón y otros
cauces innominados tributarios del río Boedo van a ser afectados directamente por las
instalaciones de la planta solar fotovoltaica proyectada. La línea de evacuación
subterránea presenta cruces con el arroyo de Valdemuñón y el arroyo de los Borcos.
El promotor en la adenda incluye información adicional sobre la red hidrográfica y sus
zonas de influencia. Asimismo, indica que debido a la escasa pendiente del terreno y a la
ausencia de vegetación en la zona de implantación del proyecto es previsible una
incidencia del proyecto muy baja sobre los actuales parámetros de drenaje y escorrentía.
Pese a ello, se procederá a la descompactación y restauración de las zonas
compactadas por el paso de maquinaria durante la fase de obras y el proyecto contará
con adecuadas soluciones constructivas longitudinales y transversales necesarias para
favorecer el flujo del agua en el interior de la instalación. A medio plazo, el desarrollo de
una cubierta vegetal debajo de los paneles mejorará las condiciones de drenaje y
escorrentía del terreno.
La fase de obra del proyecto incluye las principales actuaciones que pueden generar
potenciales impactos sobre el medio hídrico o edáfico como el tránsito de maquinaria, la
gestión de los residuos o los movimientos del terreno, entre otras. Para evitar potenciales
afecciones directas o indirectas del proyecto sobre ambos factores, el promotor
establece diversas medidas como el jalonamiento de las zonas de trabajo, el diseño de
zonas específicas adecuadas para el acopio de materiales y maquinaria, la gestión
adecuada de los residuos, el aprovechamiento de caminos existentes o la minimización
de pendientes y taludes en aquellos que sea preciso construir o la separación de la tierra
vegetal extraída durante la fase de obras con el fin de utilizarla posteriormente en las
labores de restauración de las zonas afectadas, entre otras.
De forma complementaria, en el apartado de condiciones de la presente resolución
se incluyen medidas adicionales para minimizar aún más cualquier potencial afección
sobre estos factores ambientales.
cve: BOE-A-2022-13887
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 198
Jueves 18 de agosto de 2022
Sec. III. Pág. 119477
especie de flora incluida en el Catálogo de Flora Protegida de Castilla y León en la
categoría de atención preferente. Para evitar la posible afección a esta especie
protegida, en el condicionado de la presente resolución se incluyen medidas preventivas
adicionales a las establecidas en el EsIA.
b.3 Espacios protegidos: el Servicio Territorial de Medio Ambiente de Palencia,
indica que no existe coincidencia geográfica del proyecto con la Red Natura 2000, ni se
prevé la existencia de afecciones indirectas, ya sea individualmente o en combinación
con otros, que pudieran causar perjuicio a la integridad de cualquier lugar incluido en
aquella, siempre y cuando se cumplan las condiciones de la presente resolución.
Asimismo, indica que el proyecto se encuentra fuera de cualquier espacio incluido en
el Plan de Espacios Naturales Protegidos de Castilla y León y no existe coincidencia con
ejemplares incluidos en el Catálogo Regional de Árboles Notables, según lo establecido
en el Decreto 63/2003, de 22 de mayo, ni con zonas húmedas incluidas en el Catálogo
de Zonas Húmedas de Castilla y León.
La Zona Especial de Conservación (ZEC) Riberas del río Pisuerga y afluentes,
perteneciente a la Red Natura 2000 se localiza a una distancia de 2 km del proyecto.
Dada la distancia entre ambos, la posibilidad de afección indirecta del proyecto sobre el
espacio protegido depende principalmente de la afección indirecta a los cauces derivada
del incremento de solidos en suspensión por aumento de la erosión o por vertidos o
contaminación de suelos y aguas en la zona de actuación del proyecto que pudieran
alcanzar posteriormente el espacio protegido a través de la red hidrográfica. Las
medidas preventivas y correctoras diseñadas por el promotor para evitar potenciales
impactos sobre el suelo y el agua permiten prever que no se producirán este tipo de
impactos indirectos.
b.4 Agua y suelo: según indica la Confederación Hidrográfica del Duero, la
instalación de la planta solar y sus infraestructuras de evacuación puede provocar
cambios en la permeabilidad del suelo, lo que puede suponer cambios importantes en la
escorrentía superficial, que afectará directamente a las masas de agua, tanto
superficiales como subterráneas. Asimismo, indica que el arroyo de Valdemuñón y otros
cauces innominados tributarios del río Boedo van a ser afectados directamente por las
instalaciones de la planta solar fotovoltaica proyectada. La línea de evacuación
subterránea presenta cruces con el arroyo de Valdemuñón y el arroyo de los Borcos.
El promotor en la adenda incluye información adicional sobre la red hidrográfica y sus
zonas de influencia. Asimismo, indica que debido a la escasa pendiente del terreno y a la
ausencia de vegetación en la zona de implantación del proyecto es previsible una
incidencia del proyecto muy baja sobre los actuales parámetros de drenaje y escorrentía.
Pese a ello, se procederá a la descompactación y restauración de las zonas
compactadas por el paso de maquinaria durante la fase de obras y el proyecto contará
con adecuadas soluciones constructivas longitudinales y transversales necesarias para
favorecer el flujo del agua en el interior de la instalación. A medio plazo, el desarrollo de
una cubierta vegetal debajo de los paneles mejorará las condiciones de drenaje y
escorrentía del terreno.
La fase de obra del proyecto incluye las principales actuaciones que pueden generar
potenciales impactos sobre el medio hídrico o edáfico como el tránsito de maquinaria, la
gestión de los residuos o los movimientos del terreno, entre otras. Para evitar potenciales
afecciones directas o indirectas del proyecto sobre ambos factores, el promotor
establece diversas medidas como el jalonamiento de las zonas de trabajo, el diseño de
zonas específicas adecuadas para el acopio de materiales y maquinaria, la gestión
adecuada de los residuos, el aprovechamiento de caminos existentes o la minimización
de pendientes y taludes en aquellos que sea preciso construir o la separación de la tierra
vegetal extraída durante la fase de obras con el fin de utilizarla posteriormente en las
labores de restauración de las zonas afectadas, entre otras.
De forma complementaria, en el apartado de condiciones de la presente resolución
se incluyen medidas adicionales para minimizar aún más cualquier potencial afección
sobre estos factores ambientales.
cve: BOE-A-2022-13887
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 198