III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2022-13887)
Resolución de 9 de agosto de 2022, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto «Parque solar fotovoltaico 'FV Herrera Solar 1' de 51 MWp/40 MWn, y su infraestructura de evacuación, en Páramo de Boedo y Herrera de Pisuerga (Palencia)».
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Jueves 18 de agosto de 2022
Sec. III. Pág. 119483
8) Las zanjas de cableado y los viales internos entre los seguidores y los módulos
no se podrán pavimentar, ni cubrir con grava o zahorra. Aquellos caminos principales
que sí deban pavimentarse se realizarán con zahorras de la misma tonalidad que el
entorno. Los movimientos de tierra y la anchura de las trazas deben ser las mínimas
necesarias, puntuales y justificadas, afectando lo imprescindible a la vegetación natural.
Previo al comienzo de las obras se debe retirar el substrato edáfico (tierra vegetal)
para su posterior utilización si procede en tareas de restauración y revegetación de
aquellas áreas alteradas, ejecutándose las medidas necesarias para conseguir la
integración paisajística de todas las actuaciones. Solo se retirará el horizonte superficial
del suelo en aquellas zonas donde los movimientos de tierra sean imprescindibles. No se
debe eliminar en ningún caso la tierra vegetal del citado horizonte superficial, cuyo
manejo se realizará según lo indicado en el estudio de impacto ambiental del proyecto.
Asimismo, se restituirán morfológicamente los terrenos afectados, especialmente en
zanjas o taludes. Una vez finalizados los trabajos previos de preparación del terreno se
procederá a la descompactación del terreno para evitar incrementar los procesos erosivos.
Los seguidores se instalarán mediante hincado en el terreno y únicamente se admite
la cimentación como alternativa, previa justificación y solicitud de informe de afección al
Servicio Territorial de Medio Ambiente de Palencia. Durante el funcionamiento del
proyecto, en caso de ausencia de vegetación espontánea, bajo los paneles fotovoltaicos
se sembrará una mezcla de herbáceas autóctonas.
9) Las obras necesarias para el cruce subterráneo de los cauces por parte de la
línea eléctrica de evacuación deberán realizarse con la metodología constructiva
adecuada según lo estipulado por el Organismo de cuenca en su respectiva autorización
previa para evitar el desvío de cauces y su modificación en cualquiera de sus
dimensiones espaciales. En todo caso, la instalación del cableado para la evacuación de
la energía eléctrica en los lugares que tenga que cruzar cauces se ejecutará mediante
perforación dirigida con sus extremos fuera del dominio público hidráulico. Los trabajos y
obras que afecten a los cauces deberán realizarse coincidiendo con el estiaje.
10) Durante la fase de obra del proyecto y especialmente, durante los movimientos
de tierras, se deberán establecer las medidas necesarias como la instalación de barreras
de sedimentos para la retención de sólidos previa a la evacuación de las aguas de
escorrentía superficial, así como otras posibles medidas para reducir al mínimo el riesgo
de contaminación de las aguas superficiales. La adecuación del terreno para la
instalación de los paneles respetará, en la medida de lo posible, las inclinaciones y
pendientes naturales del terreno.
11) Se conservarán las pequeñas vaguadas y su vegetación asociada. En estas
zonas se potenciará la creación de setos vivos o barreras arbustivas.
12) El acopio de materiales se ubicará de manera que se impida cualquier riesgo
de vertido, ya sea directo o indirecto; por escorrentía, erosión, infiltración u otros
mecanismos sobre las aguas superficiales o subterráneas. La ubicación de las
instalaciones auxiliares deberá evitar la ocupación del dominio público hidráulico, la zona
de servidumbre de los cauces y zonas situadas sobre materiales de alta permeabilidad.
Se evitará también, en la medida de lo posible, la ocupación de la zona de policía de
cauce público. En todo caso, las zonas en las que se ubiquen las instalaciones auxiliares
y parques de maquinaria deberán ser impermeabilizadas y las aguas de la escorrentía
de estas zonas deberán ser recogidas y gestionadas adecuadamente.
13) Se deberán tomar las medidas oportunas para asegurar que, en ningún caso, se
produzcan vertidos de aceites, combustibles, lubricantes, u otras sustancias similares al
terreno o a los cursos de agua. Para evitar potenciales impactos derivados de vertidos
accidentales, el promotor deberá elaborar protocolos de actuación específicos en previsión
de la ocurrencia de incidentes de este tipo, para poder así actuar de la manera más rápida
posible y evitar la contaminación de las aguas superficiales y/o subterráneas. Dichos
protocolos de actuación deberán contar con la aprobación del organismo de cuenca.
14) Toda actuación no prevista que surja durante el transcurso de las obras y/o la vida
útil de las instalaciones, así como en la fase de desmantelamiento de estas y que pueda
cve: BOE-A-2022-13887
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 198
Jueves 18 de agosto de 2022
Sec. III. Pág. 119483
8) Las zanjas de cableado y los viales internos entre los seguidores y los módulos
no se podrán pavimentar, ni cubrir con grava o zahorra. Aquellos caminos principales
que sí deban pavimentarse se realizarán con zahorras de la misma tonalidad que el
entorno. Los movimientos de tierra y la anchura de las trazas deben ser las mínimas
necesarias, puntuales y justificadas, afectando lo imprescindible a la vegetación natural.
Previo al comienzo de las obras se debe retirar el substrato edáfico (tierra vegetal)
para su posterior utilización si procede en tareas de restauración y revegetación de
aquellas áreas alteradas, ejecutándose las medidas necesarias para conseguir la
integración paisajística de todas las actuaciones. Solo se retirará el horizonte superficial
del suelo en aquellas zonas donde los movimientos de tierra sean imprescindibles. No se
debe eliminar en ningún caso la tierra vegetal del citado horizonte superficial, cuyo
manejo se realizará según lo indicado en el estudio de impacto ambiental del proyecto.
Asimismo, se restituirán morfológicamente los terrenos afectados, especialmente en
zanjas o taludes. Una vez finalizados los trabajos previos de preparación del terreno se
procederá a la descompactación del terreno para evitar incrementar los procesos erosivos.
Los seguidores se instalarán mediante hincado en el terreno y únicamente se admite
la cimentación como alternativa, previa justificación y solicitud de informe de afección al
Servicio Territorial de Medio Ambiente de Palencia. Durante el funcionamiento del
proyecto, en caso de ausencia de vegetación espontánea, bajo los paneles fotovoltaicos
se sembrará una mezcla de herbáceas autóctonas.
9) Las obras necesarias para el cruce subterráneo de los cauces por parte de la
línea eléctrica de evacuación deberán realizarse con la metodología constructiva
adecuada según lo estipulado por el Organismo de cuenca en su respectiva autorización
previa para evitar el desvío de cauces y su modificación en cualquiera de sus
dimensiones espaciales. En todo caso, la instalación del cableado para la evacuación de
la energía eléctrica en los lugares que tenga que cruzar cauces se ejecutará mediante
perforación dirigida con sus extremos fuera del dominio público hidráulico. Los trabajos y
obras que afecten a los cauces deberán realizarse coincidiendo con el estiaje.
10) Durante la fase de obra del proyecto y especialmente, durante los movimientos
de tierras, se deberán establecer las medidas necesarias como la instalación de barreras
de sedimentos para la retención de sólidos previa a la evacuación de las aguas de
escorrentía superficial, así como otras posibles medidas para reducir al mínimo el riesgo
de contaminación de las aguas superficiales. La adecuación del terreno para la
instalación de los paneles respetará, en la medida de lo posible, las inclinaciones y
pendientes naturales del terreno.
11) Se conservarán las pequeñas vaguadas y su vegetación asociada. En estas
zonas se potenciará la creación de setos vivos o barreras arbustivas.
12) El acopio de materiales se ubicará de manera que se impida cualquier riesgo
de vertido, ya sea directo o indirecto; por escorrentía, erosión, infiltración u otros
mecanismos sobre las aguas superficiales o subterráneas. La ubicación de las
instalaciones auxiliares deberá evitar la ocupación del dominio público hidráulico, la zona
de servidumbre de los cauces y zonas situadas sobre materiales de alta permeabilidad.
Se evitará también, en la medida de lo posible, la ocupación de la zona de policía de
cauce público. En todo caso, las zonas en las que se ubiquen las instalaciones auxiliares
y parques de maquinaria deberán ser impermeabilizadas y las aguas de la escorrentía
de estas zonas deberán ser recogidas y gestionadas adecuadamente.
13) Se deberán tomar las medidas oportunas para asegurar que, en ningún caso, se
produzcan vertidos de aceites, combustibles, lubricantes, u otras sustancias similares al
terreno o a los cursos de agua. Para evitar potenciales impactos derivados de vertidos
accidentales, el promotor deberá elaborar protocolos de actuación específicos en previsión
de la ocurrencia de incidentes de este tipo, para poder así actuar de la manera más rápida
posible y evitar la contaminación de las aguas superficiales y/o subterráneas. Dichos
protocolos de actuación deberán contar con la aprobación del organismo de cuenca.
14) Toda actuación no prevista que surja durante el transcurso de las obras y/o la vida
útil de las instalaciones, así como en la fase de desmantelamiento de estas y que pueda
cve: BOE-A-2022-13887
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 198