III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2022-13891)
Resolución de 10 de agosto de 2022, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula Informe de impacto ambiental del proyecto "Mejora de la depuración de Sanxenxo y saneamiento de Raxó (Pontevedra)".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Jueves 18 de agosto de 2022

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para situarlas fuera de los 20 primeros metros de la zona de servidumbre. Para la EBAR
del Puerto de Sanxenxo, se mantiene la obra civil aunque es preciso incrementar su
capacidad de bombeo y para la EBAR de Espiñeiro también ubicada en DPMT sin que
conste título de ocupación, se plantea una alternativa para minimizar su afección, si bien
la Dirección General de la Costa y el Mar, en su informe de 21 de febrero de 2022, indica
que la actualización de las instalaciones en la ubicación actual sería la opción menos
perjudicial, teniendo en cuenta la solicitud del Ayuntamiento de Sanxenxo de desafección
de los terrenos en la zona de actuación. En cualquier caso, la citada Dirección General
indica que en la correspondiente solicitud de ocupación del DPMT deberán incluirse
aquellas instalaciones que cumplan con lo establecido en los artículos 2, 20 y 32 de la
Ley de Costas, y 61 y 96 del Reglamento General de Costas, remitiéndose con el
proyecto los planos detallados, según el artículo 88 del citado Reglamento. En el
proyecto, se deberán incluir aquellas infraestructuras que no cuenten con título de
ocupación, pero que se justifique su existencia y permanencia, y proceda su legalización.
Para las infraestructuras en servidumbre de protección deberán cumplir lo establecido en
el título III de la Ley de Costas y ser autorizadas por la Comunidad Autónoma. El
promotor se compromete a solicitar todas las concesiones de ocupación requeridas.
Para la ampliación de la EDAR se prevé incluir un terreno colindante de
unos 8.000 m2. Además, se prevé el incremento de la potencia demandada que se
atenderá desde la misma línea aérea que sirve a la planta actual, proyectándose su
soterramiento. El suministro de agua y el acceso a la planta se mantendrán.
La ejecución del proyecto se estima para un periodo total de 30 meses (18 de
ejecución + 12 de puesta en marcha). La construcción se realizará en etapas,
preservando en todo momento la continuidad del proceso.
El proyecto contempla la demolición de las infraestructuras de la EDAR que queden
en desuso y posterior restauración ambiental del entorno. Asimismo, ante el
requerimiento de la Dirección General de la Costa y el Mar que considera priorizar el
desmantelamiento de todas las infraestructuras que se encuentren en DPMT y zona de
servidumbre de protección que queden obsoletas y no se justifique su futura utilización;
el proyecto incluye la demolición del bombeo y depósito de retención de Areas así como
el desmantelamiento del tramo de 900 m que se encuentra desconectado del resto del
emisario submarino de Paxariñas.
El documento ambiental se ha completado con un estudio de residuos de
construcción y demolición que incluye la gestión de los residuos generados durante la
fase de construcción (incluidos los derivados de la fase de desmantelamiento de las
instalaciones que queden fuera de servicio). Para la fase de explotación, la gestión de
los residuos se desarrollará en el plan de puesta en marcha y de explotación. En este
sentido, la Dirección General de Calidad Ambiental y Sostenibilidad y Cambio Climático
de Galicia señala la necesidad de estudiar en profundidad la posibilidad de valorizar y
reutilizar los lodos obtenidos del proceso de depuración.
El estudio de riesgos y de vulnerabilidad del proyecto ante accidentes graves o
catástrofes, analiza los riesgos naturales (incendio, inundación, erosión, sísmico e
incremento del nivel del mar debido al cambio climático) y tecnológicos, así como sus
posibles efectos adversos, realizando una valoración de la vulnerabilidad del proyecto en
su conjunto frente a los mismos, estimándose todos ellos de baja probabilidad. Para el
Riesgo de inundación se identifican las Áreas de Riesgo Potencial Significativo (ARPSI)
Rego de Nanín-Sansenxo y Rego de Baltar-Sanxenxo, dando cumplimiento al
requerimiento de Augas de Galicia de no afectar a la capacidad de desagüe de ninguna
de las infraestructuras de paso existentes. También incluye el riesgo de vertido de
sustancias peligrosas asociadas al funcionamiento de la propia EDAR y se indica que el
proyecto constructivo incluirá la redacción dentro del plan de puesta en marcha de la
EDAR, el correspondiente Plan de Emergencia y autoprotección conforme la normativa
vigente en el que queden específicamente detallados los supuestos y actividades que
puedan dar lugar a emergencias, así como un plan de explotación y mantenimiento de la
EDAR y de la conducción de vertido, en el que se desarrollará un sistema integrado de

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Núm. 198