III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2022-13890)
Resolución de 10 de agosto de 2022, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto "Parque eólico Corpal de 156 MW, y su infraestructura de evacuación, en Borjabad, Cubo de la Solana, Tejado, Gómara, Buberos, Almenar de Soria, Pinilla del Campo, Noviercas y Ólvega (Soria)".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Jueves 18 de agosto de 2022
Sec. III. Pág. 119530
La DGPNyPF informa en relación a los quirópteros, que existen algunas colonias
importantes próximas al parque eólico, e indica que dada la gran proliferación de
aerogeneradores que se están instalando en la actualidad en la zona, la mortalidad
acumulada sí podría llegar a comprometer las poblaciones, aún en las especies más
comunes.
La DGPNyPF considera que este proyecto contempla elementos que van a
permanecer muchos años en el territorio y que tienen un elevado impacto sobre los
valores naturales y paisajísticos. Más si cabe, teniendo en cuenta el importante aumento
que este tipo de proyectos están teniendo sobre el territorio, y en esta zona en particular,
que hace que los efectos sinérgicos y acumulativos de todos ellos durante tantos años
de vida útil, puedan ser elevados. Por lo que, teniendo en cuenta todos los motivos
detallados anteriormente, este organismo informa desfavorablemente del proyecto.
Aunque el proyecto no presenta coincidencia territorial con ningún plan de recuperación
o conservación de especies protegidas, en el ámbito del mismo existen algunas especies
de avifauna y quirópteros con mayor grado de protección o de interés, por lo que
considera que el proyecto puede suponer una afección a la integridad de las especies de
fauna presentes, todo ello a pesar de las medidas preventivas y correctoras recogidas en
el EsIA y de las que se pudieran imponer para minorar estas afecciones. Dicha Dirección
General no considera adecuado el emplazamiento de los aerogeneradores proyectados
por la posible afección a la conectividad de la Red Natura 2000, a especies de avifauna
esteparia y al milano real, a núcleos urbanos y a vías pecuarias (estas dos últimas
afecciones se describirán más adelante).
El promotor responde que no se justifica el soterramiento total de la línea eléctrica, y
que las medidas adoptadas son efectivas para reducir su posible afección sobre los
factores ambientales. Por otra parte, indica que se ha optimizado el trazado de la línea
de evacuación, reduciendo en lo posible su longitud y minimizando los impactos sobre la
flora, hidrología y avifauna local, entre otros. En este sentido, el promotor informa que el
proyecto se ha diseñado en una zona en la que prácticamente no existe vegetación
arbórea ni arbustiva. Respecto a la posibilidad de compartir infraestructuras de
evacuación, el proyecto contempla, junto con otros promotores, la utilización conjunta de
la SET Colectora y su línea de conexión con la SE Moncayo. La instalación de
salvapájaros y otras medidas de carácter técnico previstas en el EsIA pueden reducir
ampliamente la mortalidad de las aves esteparias con la línea eléctrica. Por otro parte,
señala que el principal impacto sobre las aves esteparias se produce por la pérdida de
cultivos cerealistas debido a la proliferación de cultivos leñosos. Además, indica que el
parque eólico ocupa un terreno anecdótico en comparación con la gran extensión para la
realización de vuelos de campeo por parte de las aves esteparias. Respecto al milano
real, el promotor responde que no hay constancia de avistamientos relevantes de esta
especie en las aéreas cercanas a los aerogeneradores mencionados por la DGPNyPF.
Respecto a la conectividad ecológica, el proyecto se haya dentro de uno de
los 12 corredores establecidos por WWF/España, si bien, el promotor señala que no se
han detectado significativos pasos de aves, desplazamientos o migraciones por este
corredor. Además, indica que se han contemplado una serie de medidas para favorecer
la permeabilidad, como es el caso del establecimiento de una adecuada distancia entre
aerogeneradores. En caso de las aves y quirópteros, manifiesta que siempre y cuando
no se afecte a hábitat prioritarios o zonas nidificantes (como es el caso del proyecto), su
capacidad de desplazamiento en un amplio rango en kilómetros las hace menos
sensibles a la fragmentación.
El EsIA indica que se han detectado tres refugios de quirópteros en el ámbito de
estudio, ermita de Almarail, caseta de la presa Almarail y cueva de San Blas, situados
a 1.696, 1.641 y 5.586 m, respectivamente, de los aerogeneradores más próximos. De
acuerdo con el promotor tras visitas a la cueva de San Blas, no hay constancia de la
presencia de murciélago grande de herradura (Rhinolophus ferrumequinum) (VU),
aunque sí excrementos compatibles con una antigua colonia.
cve: BOE-A-2022-13890
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 198
Jueves 18 de agosto de 2022
Sec. III. Pág. 119530
La DGPNyPF informa en relación a los quirópteros, que existen algunas colonias
importantes próximas al parque eólico, e indica que dada la gran proliferación de
aerogeneradores que se están instalando en la actualidad en la zona, la mortalidad
acumulada sí podría llegar a comprometer las poblaciones, aún en las especies más
comunes.
La DGPNyPF considera que este proyecto contempla elementos que van a
permanecer muchos años en el territorio y que tienen un elevado impacto sobre los
valores naturales y paisajísticos. Más si cabe, teniendo en cuenta el importante aumento
que este tipo de proyectos están teniendo sobre el territorio, y en esta zona en particular,
que hace que los efectos sinérgicos y acumulativos de todos ellos durante tantos años
de vida útil, puedan ser elevados. Por lo que, teniendo en cuenta todos los motivos
detallados anteriormente, este organismo informa desfavorablemente del proyecto.
Aunque el proyecto no presenta coincidencia territorial con ningún plan de recuperación
o conservación de especies protegidas, en el ámbito del mismo existen algunas especies
de avifauna y quirópteros con mayor grado de protección o de interés, por lo que
considera que el proyecto puede suponer una afección a la integridad de las especies de
fauna presentes, todo ello a pesar de las medidas preventivas y correctoras recogidas en
el EsIA y de las que se pudieran imponer para minorar estas afecciones. Dicha Dirección
General no considera adecuado el emplazamiento de los aerogeneradores proyectados
por la posible afección a la conectividad de la Red Natura 2000, a especies de avifauna
esteparia y al milano real, a núcleos urbanos y a vías pecuarias (estas dos últimas
afecciones se describirán más adelante).
El promotor responde que no se justifica el soterramiento total de la línea eléctrica, y
que las medidas adoptadas son efectivas para reducir su posible afección sobre los
factores ambientales. Por otra parte, indica que se ha optimizado el trazado de la línea
de evacuación, reduciendo en lo posible su longitud y minimizando los impactos sobre la
flora, hidrología y avifauna local, entre otros. En este sentido, el promotor informa que el
proyecto se ha diseñado en una zona en la que prácticamente no existe vegetación
arbórea ni arbustiva. Respecto a la posibilidad de compartir infraestructuras de
evacuación, el proyecto contempla, junto con otros promotores, la utilización conjunta de
la SET Colectora y su línea de conexión con la SE Moncayo. La instalación de
salvapájaros y otras medidas de carácter técnico previstas en el EsIA pueden reducir
ampliamente la mortalidad de las aves esteparias con la línea eléctrica. Por otro parte,
señala que el principal impacto sobre las aves esteparias se produce por la pérdida de
cultivos cerealistas debido a la proliferación de cultivos leñosos. Además, indica que el
parque eólico ocupa un terreno anecdótico en comparación con la gran extensión para la
realización de vuelos de campeo por parte de las aves esteparias. Respecto al milano
real, el promotor responde que no hay constancia de avistamientos relevantes de esta
especie en las aéreas cercanas a los aerogeneradores mencionados por la DGPNyPF.
Respecto a la conectividad ecológica, el proyecto se haya dentro de uno de
los 12 corredores establecidos por WWF/España, si bien, el promotor señala que no se
han detectado significativos pasos de aves, desplazamientos o migraciones por este
corredor. Además, indica que se han contemplado una serie de medidas para favorecer
la permeabilidad, como es el caso del establecimiento de una adecuada distancia entre
aerogeneradores. En caso de las aves y quirópteros, manifiesta que siempre y cuando
no se afecte a hábitat prioritarios o zonas nidificantes (como es el caso del proyecto), su
capacidad de desplazamiento en un amplio rango en kilómetros las hace menos
sensibles a la fragmentación.
El EsIA indica que se han detectado tres refugios de quirópteros en el ámbito de
estudio, ermita de Almarail, caseta de la presa Almarail y cueva de San Blas, situados
a 1.696, 1.641 y 5.586 m, respectivamente, de los aerogeneradores más próximos. De
acuerdo con el promotor tras visitas a la cueva de San Blas, no hay constancia de la
presencia de murciélago grande de herradura (Rhinolophus ferrumequinum) (VU),
aunque sí excrementos compatibles con una antigua colonia.
cve: BOE-A-2022-13890
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 198