I. Disposiciones generales. COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CANTABRIA. Ordenación del territorio y urbanismo. (BOE-A-2022-13844)
Ley 5/2022, de 15 de julio, de Ordenación del Territorio y Urbanismo de Cantabria.
195 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Miércoles 17 de agosto de 2022
Sec. I. Pág. 119007
Disposición final primera. Remisión del Plan de Ordenación Territorial de Cantabria
para su aprobación por el Parlamento y modificación de las Normas Urbanística
Regionales.
Disposición final segunda. Registro Público de Planeamiento y Gestión.
Disposición final tercera. Creación de la Comisión de Coordinación Intersectorial.
Disposición final cuarta. Aprobación de las normas Técnicas de Planeamiento y de
los criterios interpretativos de cálculo de población.
Disposición final quinta. Aprobación de ordenanza de creación y regulación de la
cédula urbanística.
Disposición final sexta. Cláusula de Género.
Disposición final séptima. Vigencia de normas Reglamentarias.
Disposición final octava. Desarrollo reglamentario.
Disposición final novena. Entrada en vigor.
Anexo.
1. Estándar urbanístico.
2. Parámetros de edificabilidad y densidad.
3. Estándares para dotaciones públicas.
4. Estándares para espacios libres y equipamientos.
5. Cédula urbanística.
6. Memoria de Viabilidad Económica e Informe de Sostenibilidad Económica.
PREÁMBULO
I
La Comunidad Autónoma de Cantabria, en el ejercicio de la competencia exclusiva
en materia de ordenación del territorio, urbanismo, litoral y vivienda que tiene atribuida
en virtud de lo establecido en el artículo 24.3 de su Estatuto de Autonomía, aprobado por
Ley Orgánica 8/1981, de 30 de diciembre, ha considerado oportuno y necesario
acometer la aprobación de un nuevo texto legal en el que se regulen conjuntamente,
manteniendo la línea seguida hasta ahora, las materias referidas a la ordenación del
territorio y el urbanismo.
Ley de Cantabria 2/2001, de 25 de junio, de Ordenación Territorial y Régimen
Urbanístico del Suelo de Cantabria, ha constituido desde su aprobación el marco
normativo de referencia en la materia, pero son varias las razones que determinan la
necesidad de actualizar y modernizar sus contenidos, considerando como opción más
acertada la de aprobar un nuevo texto legal completo, frente a la de introducir nuevas
reformas parciales en el mencionado texto.
Entre los principales motivos que han conducido a esta decisión, cabe señalar, el
largo tiempo transcurrido desde que dicha Ley se aprobara y las distintas reformas
parciales a las que se ha sometido a la misma, así como la gran cantidad de normas
aprobadas a nivel estatal con especial incidencia en la ordenación del territorio y el
ordenamiento jurídico urbanístico, normas todas ellas que, por su carácter de legislación
básica, en virtud de la distribución competencial establecida constitucionalmente, han de
ser observadas y obligan necesariamente a una labor de coordinación y adaptación de la
legislación autonómica a los postulados básicos establecidos por el Estado.
Por otro lado, cambios legislativos acontecidos en otras áreas de nuestro
ordenamiento jurídico, que afectan con carácter transversal a todos los ámbitos
competenciales de las diferentes Administraciones Públicas, como son los referidos a las
garantías para los ciudadanos; la igualdad de trato y de oportunidades entre mujeres y
hombres como principio informador del ordenamiento jurídico; las bases del régimen
local; la transparencia; la modernización de los procedimientos administrativos, con la
administración electrónica; las relaciones interadministrativas; la responsabilidad
patrimonial de las Administraciones públicas y los cambios procedimentales acaecidos
como consecuencia de la aprobación de las leyes 39/2015, de 1 de octubre, del
cve: BOE-A-2022-13844
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 197
Miércoles 17 de agosto de 2022
Sec. I. Pág. 119007
Disposición final primera. Remisión del Plan de Ordenación Territorial de Cantabria
para su aprobación por el Parlamento y modificación de las Normas Urbanística
Regionales.
Disposición final segunda. Registro Público de Planeamiento y Gestión.
Disposición final tercera. Creación de la Comisión de Coordinación Intersectorial.
Disposición final cuarta. Aprobación de las normas Técnicas de Planeamiento y de
los criterios interpretativos de cálculo de población.
Disposición final quinta. Aprobación de ordenanza de creación y regulación de la
cédula urbanística.
Disposición final sexta. Cláusula de Género.
Disposición final séptima. Vigencia de normas Reglamentarias.
Disposición final octava. Desarrollo reglamentario.
Disposición final novena. Entrada en vigor.
Anexo.
1. Estándar urbanístico.
2. Parámetros de edificabilidad y densidad.
3. Estándares para dotaciones públicas.
4. Estándares para espacios libres y equipamientos.
5. Cédula urbanística.
6. Memoria de Viabilidad Económica e Informe de Sostenibilidad Económica.
PREÁMBULO
I
La Comunidad Autónoma de Cantabria, en el ejercicio de la competencia exclusiva
en materia de ordenación del territorio, urbanismo, litoral y vivienda que tiene atribuida
en virtud de lo establecido en el artículo 24.3 de su Estatuto de Autonomía, aprobado por
Ley Orgánica 8/1981, de 30 de diciembre, ha considerado oportuno y necesario
acometer la aprobación de un nuevo texto legal en el que se regulen conjuntamente,
manteniendo la línea seguida hasta ahora, las materias referidas a la ordenación del
territorio y el urbanismo.
Ley de Cantabria 2/2001, de 25 de junio, de Ordenación Territorial y Régimen
Urbanístico del Suelo de Cantabria, ha constituido desde su aprobación el marco
normativo de referencia en la materia, pero son varias las razones que determinan la
necesidad de actualizar y modernizar sus contenidos, considerando como opción más
acertada la de aprobar un nuevo texto legal completo, frente a la de introducir nuevas
reformas parciales en el mencionado texto.
Entre los principales motivos que han conducido a esta decisión, cabe señalar, el
largo tiempo transcurrido desde que dicha Ley se aprobara y las distintas reformas
parciales a las que se ha sometido a la misma, así como la gran cantidad de normas
aprobadas a nivel estatal con especial incidencia en la ordenación del territorio y el
ordenamiento jurídico urbanístico, normas todas ellas que, por su carácter de legislación
básica, en virtud de la distribución competencial establecida constitucionalmente, han de
ser observadas y obligan necesariamente a una labor de coordinación y adaptación de la
legislación autonómica a los postulados básicos establecidos por el Estado.
Por otro lado, cambios legislativos acontecidos en otras áreas de nuestro
ordenamiento jurídico, que afectan con carácter transversal a todos los ámbitos
competenciales de las diferentes Administraciones Públicas, como son los referidos a las
garantías para los ciudadanos; la igualdad de trato y de oportunidades entre mujeres y
hombres como principio informador del ordenamiento jurídico; las bases del régimen
local; la transparencia; la modernización de los procedimientos administrativos, con la
administración electrónica; las relaciones interadministrativas; la responsabilidad
patrimonial de las Administraciones públicas y los cambios procedimentales acaecidos
como consecuencia de la aprobación de las leyes 39/2015, de 1 de octubre, del
cve: BOE-A-2022-13844
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 197