I. Disposiciones generales. COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CANTABRIA. Ordenación del territorio y urbanismo. (BOE-A-2022-13844)
Ley 5/2022, de 15 de julio, de Ordenación del Territorio y Urbanismo de Cantabria.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 197
Miércoles 17 de agosto de 2022
Sec. I. Pág. 119006
Título VII. Organización administrativa y régimen jurídico.
Capítulo I. La Comisión y el Consejo Regional de Ordenación del Territorio y
Urbanismo y la Comisión de Coordinación Intersectorial.
Artículo 283. La Comisión Regional de Ordenación del Territorio y Urbanismo.
Artículo 284. El Consejo de Ordenación del Territorio y Urbanismo.
Artículo 285. La Comisión de Coordinación Intersectorial.
Capítulo II.
Artículo 286.
Artículo 287.
Artículo 288.
Artículo 289.
Acciones y recursos administrativos.
La vía de apremio.
Acción pública.
Acciones civiles.
Registro de la Propiedad.
Artículo 290. Objeto y capacidad general.
Artículo 291. Límites.
Artículo 292. Convenios de planeamiento.
Artículo 293. Convenios de gestión.
Artículo 294. Responsabilidad por incumplimiento.
Artículo 295. Publicidad.
Disposición adicional primera. Modificaciones en la Ley 2/2004, de 27 de
septiembre, del Plan de Ordenación del Litoral.
Disposición adicional segunda. Modificación en la Ley 17/2006, de 11 de diciembre,
de control ambiental integrado.
Disposición adicional tercera. Declaración de utilidad pública y la necesidad de
ocupación a efectos de su expropiación forzosa de determinadas actuaciones del
Gobierno de Cantabria.
Disposición adicional cuarta. Tramitación de los expedientes en materia
responsabilidad patrimonial derivada de actuaciones en materia urbanística.
Disposición adicional quinta. Procedimientos especiales de elaboración, tramitación
y aprobación de la normas y planes en materia de ordenación territorial y urbanística.
Disposición adicional sexta. Modificación de la Ley 5/2014 de 26 de diciembre de
vivienda protegida de Cantabria.
Disposición adicional séptima. Modificación de la Ley 3/2006, de 18 de abril, de
Patrimonio de la Comunidad Autónoma de Cantabria.
Disposición adicional octava. Canon por la implantación en el suelo rústico de la
Comunidad Autónoma de Cantabria de parques eólicos y fotovoltaicos para la
generación de energía eléctrica y la evacuación de dicha energía generada a la red.
Disposición adicional novena. Extensión de la suspensión en la tramitación de
parques eólicos en Cantabria.
Disposición transitoria primera. Normativa aplicable y adaptación de planes
anteriores.
Disposición transitoria segunda. Aplicación de esta ley a los Planes urbanísticos e
instrumentos de ordenación territorial en tramitación.
Disposición transitoria tercera. Aplicación de esta ley a los instrumentos
urbanísticos en ejecución y cesiones.
Disposición transitoria cuarta. Edificación y rehabilitación forzosa.
Disposición transitoria quinta. Procedimientos sancionadores.
Disposición transitoria sexta. Licencias y autorizaciones en tramitación.
Disposición transitoria séptima. Construcción de viviendas en suelo rústico.
Disposición transitoria octava. Comisión Regional de Ordenación del Territorio y
Urbanismo y Consejo de Ordenación del Territorio y Urbanismo.
Disposición derogatoria única.
cve: BOE-A-2022-13844
Verificable en https://www.boe.es
Capítulo III. Convenios urbanísticos.
Núm. 197
Miércoles 17 de agosto de 2022
Sec. I. Pág. 119006
Título VII. Organización administrativa y régimen jurídico.
Capítulo I. La Comisión y el Consejo Regional de Ordenación del Territorio y
Urbanismo y la Comisión de Coordinación Intersectorial.
Artículo 283. La Comisión Regional de Ordenación del Territorio y Urbanismo.
Artículo 284. El Consejo de Ordenación del Territorio y Urbanismo.
Artículo 285. La Comisión de Coordinación Intersectorial.
Capítulo II.
Artículo 286.
Artículo 287.
Artículo 288.
Artículo 289.
Acciones y recursos administrativos.
La vía de apremio.
Acción pública.
Acciones civiles.
Registro de la Propiedad.
Artículo 290. Objeto y capacidad general.
Artículo 291. Límites.
Artículo 292. Convenios de planeamiento.
Artículo 293. Convenios de gestión.
Artículo 294. Responsabilidad por incumplimiento.
Artículo 295. Publicidad.
Disposición adicional primera. Modificaciones en la Ley 2/2004, de 27 de
septiembre, del Plan de Ordenación del Litoral.
Disposición adicional segunda. Modificación en la Ley 17/2006, de 11 de diciembre,
de control ambiental integrado.
Disposición adicional tercera. Declaración de utilidad pública y la necesidad de
ocupación a efectos de su expropiación forzosa de determinadas actuaciones del
Gobierno de Cantabria.
Disposición adicional cuarta. Tramitación de los expedientes en materia
responsabilidad patrimonial derivada de actuaciones en materia urbanística.
Disposición adicional quinta. Procedimientos especiales de elaboración, tramitación
y aprobación de la normas y planes en materia de ordenación territorial y urbanística.
Disposición adicional sexta. Modificación de la Ley 5/2014 de 26 de diciembre de
vivienda protegida de Cantabria.
Disposición adicional séptima. Modificación de la Ley 3/2006, de 18 de abril, de
Patrimonio de la Comunidad Autónoma de Cantabria.
Disposición adicional octava. Canon por la implantación en el suelo rústico de la
Comunidad Autónoma de Cantabria de parques eólicos y fotovoltaicos para la
generación de energía eléctrica y la evacuación de dicha energía generada a la red.
Disposición adicional novena. Extensión de la suspensión en la tramitación de
parques eólicos en Cantabria.
Disposición transitoria primera. Normativa aplicable y adaptación de planes
anteriores.
Disposición transitoria segunda. Aplicación de esta ley a los Planes urbanísticos e
instrumentos de ordenación territorial en tramitación.
Disposición transitoria tercera. Aplicación de esta ley a los instrumentos
urbanísticos en ejecución y cesiones.
Disposición transitoria cuarta. Edificación y rehabilitación forzosa.
Disposición transitoria quinta. Procedimientos sancionadores.
Disposición transitoria sexta. Licencias y autorizaciones en tramitación.
Disposición transitoria séptima. Construcción de viviendas en suelo rústico.
Disposición transitoria octava. Comisión Regional de Ordenación del Territorio y
Urbanismo y Consejo de Ordenación del Territorio y Urbanismo.
Disposición derogatoria única.
cve: BOE-A-2022-13844
Verificable en https://www.boe.es
Capítulo III. Convenios urbanísticos.