I. Disposiciones generales. COMUNIDAD AUTÓNOMA DE LAS ILLES BALEARS. Turismo. (BOE-A-2022-13846)
Ley 3/2022, de 15 de junio, de medidas urgentes para la sostenibilidad y la circularidad del turismo de las Illes Balears.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Miércoles 17 de agosto de 2022
Sec. I. Pág. 119203
nuevos productos o servicios diferentes del estricto de alojamiento, y experiencia ya
iniciada desde la creciente alineación de los planes de responsabilidad social corporativa
a las estrategias de negocio de las empresas, especialmente en cuanto a la vertiente
ambiental.
Para conseguir los objetivos de sostenibilidad y economía circular será necesario no
abandonar la lucha contra el intrusismo y la oferta no reglada.
V
Esta ley contiene dos artículos, siete disposiciones adicionales, dos disposiciones
transitorias, una disposición derogatoria y nueve disposiciones finales.
El primer artículo determina su objeto y el segundo contiene una serie de
modificaciones de la Ley 8/2012, de 19 de julio, del turismo de las Illes Balears.
Entre las modificaciones de la Ley 8/2012 destaca, muy especialmente, y para
asegurar la sostenibilidad y la circularidad, la introducción de un nuevo título (que pasa a
ser el V) con medidas de economía circular. En este punto, hay que indicar que la
consejería competente en materia de turismo tiene que elaborar un plan estratégico de
destino circular que identifique la política general y los objetivos del Gobierno de las Illes
Balears.
En cuanto a la integración de la estrategia de circularidad a los alojamientos
hoteleros, apartamentos turísticos y alojamientos de turismo rural, estos tienen que
elaborar un plan de circularidad, entendido como el documento que recoge las
prioridades y líneas de acción que tiene que llevar a cabo una empresa para integrar
pautas de planificación, consumo y producción y compromiso circular en su estrategia de
negocio, sus procesos internos y las relaciones con sus principales grupos de interés. El
plan de circularidad está formado por la evaluación circular y la planificación circular.
En el plan de circularidad tienen especial importancia las áreas prioritarias, que son
ámbitos que se establecen, sin perjuicio de la estrategia de circularidad que fije cada
compañía, como relevantes para orientar líneas de acción incluidas en el plan de
circularidad, concretamente: agua, energía, alimentos, materiales y residuos.
La evaluación circular es el sistema orientado a medir el progreso circular y facilitar
en última instancia la retroalimentación de su visión estratégica y la revisión y/o fijación
de nuevas líneas de acción. En la regulación de la evaluación circular se establecen
unos indicadores mínimos para cada área prioritaria.
Por otro lado, la planificación circular comprende la relación de tareas y acciones,
periodificación, dotación de recursos, inversiones, protocolos y cualquiera otro medio
humano, material y económico necesario para garantizar la ejecución de las líneas de
acción incluidas en el plan de circularidad.
Lo que se pretende es delimitar un marco conceptual sobre la circularidad en el
sector turístico, de forma que se garantice el tránsito hacia la circularidad y la
sostenibilidad bajo un paraguas común y consensuado.
En coherencia con la vocación de fijar un marco común y mínimo sobre la
circularidad en el sector turístico, se fija la obligación de que todas las empresas
turísticas de alojamiento de las Illes Balears que quieran comercializarse o anunciarse
como empresa circular, que aplica estrategias de economía circular, o análogos, tienen
que disponer de una certificación emitida por entidades debidamente acreditadas para
otorgarla. Con esta medida se pretende no sólo garantizar un uso adecuado del término
circularidad y su implicación, sino también la protección y la defensa de los
consumidores y usuarios que adquieren los productos y los servicios bajo esta
comercialización para identificarse con los valores de la circularidad.
Sin perjuicio de todo esto, y teniendo en cuenta los datos mencionados
anteriormente de los organismos internacionales, nacionales y grupos de expertos sobre
la transición ecológica y el cambio climático, se considera necesario avanzar en la
aplicación de medidas circulares en cada una de las áreas prioritarias definidas en esta
ley, debido a su relevancia regional y para favorecer la interrelación de las líneas de
cve: BOE-A-2022-13846
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 197
Miércoles 17 de agosto de 2022
Sec. I. Pág. 119203
nuevos productos o servicios diferentes del estricto de alojamiento, y experiencia ya
iniciada desde la creciente alineación de los planes de responsabilidad social corporativa
a las estrategias de negocio de las empresas, especialmente en cuanto a la vertiente
ambiental.
Para conseguir los objetivos de sostenibilidad y economía circular será necesario no
abandonar la lucha contra el intrusismo y la oferta no reglada.
V
Esta ley contiene dos artículos, siete disposiciones adicionales, dos disposiciones
transitorias, una disposición derogatoria y nueve disposiciones finales.
El primer artículo determina su objeto y el segundo contiene una serie de
modificaciones de la Ley 8/2012, de 19 de julio, del turismo de las Illes Balears.
Entre las modificaciones de la Ley 8/2012 destaca, muy especialmente, y para
asegurar la sostenibilidad y la circularidad, la introducción de un nuevo título (que pasa a
ser el V) con medidas de economía circular. En este punto, hay que indicar que la
consejería competente en materia de turismo tiene que elaborar un plan estratégico de
destino circular que identifique la política general y los objetivos del Gobierno de las Illes
Balears.
En cuanto a la integración de la estrategia de circularidad a los alojamientos
hoteleros, apartamentos turísticos y alojamientos de turismo rural, estos tienen que
elaborar un plan de circularidad, entendido como el documento que recoge las
prioridades y líneas de acción que tiene que llevar a cabo una empresa para integrar
pautas de planificación, consumo y producción y compromiso circular en su estrategia de
negocio, sus procesos internos y las relaciones con sus principales grupos de interés. El
plan de circularidad está formado por la evaluación circular y la planificación circular.
En el plan de circularidad tienen especial importancia las áreas prioritarias, que son
ámbitos que se establecen, sin perjuicio de la estrategia de circularidad que fije cada
compañía, como relevantes para orientar líneas de acción incluidas en el plan de
circularidad, concretamente: agua, energía, alimentos, materiales y residuos.
La evaluación circular es el sistema orientado a medir el progreso circular y facilitar
en última instancia la retroalimentación de su visión estratégica y la revisión y/o fijación
de nuevas líneas de acción. En la regulación de la evaluación circular se establecen
unos indicadores mínimos para cada área prioritaria.
Por otro lado, la planificación circular comprende la relación de tareas y acciones,
periodificación, dotación de recursos, inversiones, protocolos y cualquiera otro medio
humano, material y económico necesario para garantizar la ejecución de las líneas de
acción incluidas en el plan de circularidad.
Lo que se pretende es delimitar un marco conceptual sobre la circularidad en el
sector turístico, de forma que se garantice el tránsito hacia la circularidad y la
sostenibilidad bajo un paraguas común y consensuado.
En coherencia con la vocación de fijar un marco común y mínimo sobre la
circularidad en el sector turístico, se fija la obligación de que todas las empresas
turísticas de alojamiento de las Illes Balears que quieran comercializarse o anunciarse
como empresa circular, que aplica estrategias de economía circular, o análogos, tienen
que disponer de una certificación emitida por entidades debidamente acreditadas para
otorgarla. Con esta medida se pretende no sólo garantizar un uso adecuado del término
circularidad y su implicación, sino también la protección y la defensa de los
consumidores y usuarios que adquieren los productos y los servicios bajo esta
comercialización para identificarse con los valores de la circularidad.
Sin perjuicio de todo esto, y teniendo en cuenta los datos mencionados
anteriormente de los organismos internacionales, nacionales y grupos de expertos sobre
la transición ecológica y el cambio climático, se considera necesario avanzar en la
aplicación de medidas circulares en cada una de las áreas prioritarias definidas en esta
ley, debido a su relevancia regional y para favorecer la interrelación de las líneas de
cve: BOE-A-2022-13846
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 197