I. Disposiciones generales. COMUNIDAD AUTÓNOMA DE LAS ILLES BALEARS. Turismo. (BOE-A-2022-13846)
Ley 3/2022, de 15 de junio, de medidas urgentes para la sostenibilidad y la circularidad del turismo de las Illes Balears.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 197
Miércoles 17 de agosto de 2022
Sec. I. Pág. 119200
a)
b)
El 40 % para el año 2030.
El 90 % para el año 2050.
Sin perjuicio de los otros objetivos o subobjetivos que pueda marcar el Plan de
Transición Energética que publicará la consejería competente en la materia, esta ley
pretende establecer las bases para que el sistema turístico en general cumpla los
objetivos anunciados.
Por otro lado, la Ley 8/2019, de 19 de febrero, de residuos y suelos contaminados de
las Illes Balears, pretende establecer las bases en el campo de la gestión de residuos
cve: BOE-A-2022-13846
Verificable en https://www.boe.es
gases con efecto de invernadero, en el contexto del refuerzo de la respuesta mundial a la
amenaza del cambio climático, el desarrollo sostenible, y los esfuerzos para erradicar la
pobreza, en el cual se afirma que «evitar sobrepasar la prospección de emisiones límite
a partir de la cual la temperatura crece por encima de 1,5 ºC en 2100 y la dependencia
de la aplicación de la remoción del dióxido de carbono a gran escala en el futuro, sólo se
puede conseguir si las emisiones globales de CO₂ empiezan a bajar mucho antes
de 2030».
Por otro lado, y en cuanto al consumo de recursos, debido al sistema
socioeconómico de nuestro territorio, hay un elevado consumo de las escasas reservas
hídricas del archipiélago. De acuerdo con el Consejo Económico y Social de las Illes
Balears, hay una correlación entre el incremento de la población flotante y la demanda
de recursos hídricos, en qué ambos factores presentan un pico en los meses centrales
del verano, y también hay indicios de que el consumo energético está muy ligado a la
cantidad de gente que reside o pasa por el archipiélago. Según los datos del Consejo
Económico y Social de las Illes Balears, en 2016 los mayores consumidores finales de
energía en las Baleares son el sector residencial (42 %), seguido por el sector de
comercio y servicios (40 %), dos sectores muy ligados al turismo y, por lo tanto, a la
población flotante.
De hecho, según los datos recogidos por el Instituto Balear de Estadística (IBESTAT)
de Red Eléctrica Española de demanda mensual de energía en las Illes Balears, la
demanda de energía presenta un comportamiento estacional muy similar a la demanda
de recursos hídricos. Presentan igualmente el pico anual en los meses centrales del año,
en verano, coincidiendo con el periodo de más afluencia de población flotante. Según
estos datos, la demanda mensual media de las Illes Balears durante el
periodo 2015-2021 es de 479.942 MWh. Por contrapartida, la demanda mensual media
de los meses de junio, julio y agosto del período 2015-2021 es de 604.837 MWh. Esto
implica que durante los meses centrales del año en las Baleares hay una demanda, de
media, de un 26 % más de energía que en la media mensual de todo el año, hecho que
señala una clara correlación entre la población flotante y el aumento de consumo de
energía y, en consecuencia, de emisiones de gases con efecto de invernadero.
El Gobierno de las Illes Balears se ha comprometido de manera explícita con los
objetivos y los acuerdos internacionales mencionados, como el Acuerdo de París o la
Declaración de Glasgow, y ha traducido este compromiso en acciones legislativas, como
la Ley 8/2019, de 19 de febrero, de residuos y suelos contaminados de las Illes Balears,
así como la Ley 10/2019, de 22 de febrero, de cambio climático y transición energética.
En ambas leyes se establecen una serie de objetivos con varios horizontes temporales,
que pretenden dar traslado de los compromisos internacionales para cumplir el objetivo
de neutralidad climática en 2050 y así evitar un calentamiento global superior a 1,5 ºC al
final del siglo. Esta ley pretende dar traslado de estos objetivos al sector turístico,
estableciendo el marco normativo y las medidas necesarias para emprender esta
transición, que se tienen que complementar y desarrollar también en otros marcos para
lograr de manera global y transversal los objetivos marcados.
En cuanto a la reducción de emisiones de gases con efecto de invernadero, la
Ley 10/2019, de 22 de febrero, de cambio climático y transición energética, marca el
ritmo de reducción necesario para cumplir el Acuerdo de París. En el artículo 12
establece los objetivos que se tienen que cumplir:
Núm. 197
Miércoles 17 de agosto de 2022
Sec. I. Pág. 119200
a)
b)
El 40 % para el año 2030.
El 90 % para el año 2050.
Sin perjuicio de los otros objetivos o subobjetivos que pueda marcar el Plan de
Transición Energética que publicará la consejería competente en la materia, esta ley
pretende establecer las bases para que el sistema turístico en general cumpla los
objetivos anunciados.
Por otro lado, la Ley 8/2019, de 19 de febrero, de residuos y suelos contaminados de
las Illes Balears, pretende establecer las bases en el campo de la gestión de residuos
cve: BOE-A-2022-13846
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gases con efecto de invernadero, en el contexto del refuerzo de la respuesta mundial a la
amenaza del cambio climático, el desarrollo sostenible, y los esfuerzos para erradicar la
pobreza, en el cual se afirma que «evitar sobrepasar la prospección de emisiones límite
a partir de la cual la temperatura crece por encima de 1,5 ºC en 2100 y la dependencia
de la aplicación de la remoción del dióxido de carbono a gran escala en el futuro, sólo se
puede conseguir si las emisiones globales de CO₂ empiezan a bajar mucho antes
de 2030».
Por otro lado, y en cuanto al consumo de recursos, debido al sistema
socioeconómico de nuestro territorio, hay un elevado consumo de las escasas reservas
hídricas del archipiélago. De acuerdo con el Consejo Económico y Social de las Illes
Balears, hay una correlación entre el incremento de la población flotante y la demanda
de recursos hídricos, en qué ambos factores presentan un pico en los meses centrales
del verano, y también hay indicios de que el consumo energético está muy ligado a la
cantidad de gente que reside o pasa por el archipiélago. Según los datos del Consejo
Económico y Social de las Illes Balears, en 2016 los mayores consumidores finales de
energía en las Baleares son el sector residencial (42 %), seguido por el sector de
comercio y servicios (40 %), dos sectores muy ligados al turismo y, por lo tanto, a la
población flotante.
De hecho, según los datos recogidos por el Instituto Balear de Estadística (IBESTAT)
de Red Eléctrica Española de demanda mensual de energía en las Illes Balears, la
demanda de energía presenta un comportamiento estacional muy similar a la demanda
de recursos hídricos. Presentan igualmente el pico anual en los meses centrales del año,
en verano, coincidiendo con el periodo de más afluencia de población flotante. Según
estos datos, la demanda mensual media de las Illes Balears durante el
periodo 2015-2021 es de 479.942 MWh. Por contrapartida, la demanda mensual media
de los meses de junio, julio y agosto del período 2015-2021 es de 604.837 MWh. Esto
implica que durante los meses centrales del año en las Baleares hay una demanda, de
media, de un 26 % más de energía que en la media mensual de todo el año, hecho que
señala una clara correlación entre la población flotante y el aumento de consumo de
energía y, en consecuencia, de emisiones de gases con efecto de invernadero.
El Gobierno de las Illes Balears se ha comprometido de manera explícita con los
objetivos y los acuerdos internacionales mencionados, como el Acuerdo de París o la
Declaración de Glasgow, y ha traducido este compromiso en acciones legislativas, como
la Ley 8/2019, de 19 de febrero, de residuos y suelos contaminados de las Illes Balears,
así como la Ley 10/2019, de 22 de febrero, de cambio climático y transición energética.
En ambas leyes se establecen una serie de objetivos con varios horizontes temporales,
que pretenden dar traslado de los compromisos internacionales para cumplir el objetivo
de neutralidad climática en 2050 y así evitar un calentamiento global superior a 1,5 ºC al
final del siglo. Esta ley pretende dar traslado de estos objetivos al sector turístico,
estableciendo el marco normativo y las medidas necesarias para emprender esta
transición, que se tienen que complementar y desarrollar también en otros marcos para
lograr de manera global y transversal los objetivos marcados.
En cuanto a la reducción de emisiones de gases con efecto de invernadero, la
Ley 10/2019, de 22 de febrero, de cambio climático y transición energética, marca el
ritmo de reducción necesario para cumplir el Acuerdo de París. En el artículo 12
establece los objetivos que se tienen que cumplir: