III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE CULTURA Y DEPORTE. Real Federación Española de Fútbol. Estatutos. (BOE-A-2022-13840)
Resolución de 3 de agosto de 2022, de la Presidencia del Consejo Superior de Deportes, por la que se publican los Estatutos de la Real Federación Española de Fútbol.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Martes 16 de agosto de 2022

Sec. III. Pág. 118944

e) La promoción de que los valores deportivos prevalezcan sobre los intereses
comerciales.
f) La facilitación de la redistribución de los ingresos generados por el fútbol de
acuerdo con el principio de solidaridad y el apoyo a la reinversión a todos los niveles y
áreas del fútbol, especialmente del fútbol base.
g) La promoción de los valores humanitarios vinculados al fútbol, particularmente
mediante programas juveniles y de desarrollo.
h) La actuación como voz representativa de la organización federada del fútbol
español.
i) La promoción del desarrollo internacional del fútbol español en todas sus
vertientes y modalidades, así como del llevar a cabo todo tipo de acciones relacionadas
con este fin para beneficio de sus miembros.
j) La promoción de la organización de las competiciones oficiales de fútbol que
forman parte de sus competencias.
k) La elaboración de las disposiciones, normativas y reglamentos necesarios para
el desarrollo de sus competencias.
l) La colaboración con las Instituciones públicas competentes en el desarrollo del
deporte y especialmente en el desarrollo del fútbol.
m) La supervisión y, en su caso, la tutela de todas las formas del fútbol, velando por
la adopción de las medidas adecuadas para evitar la violación de los Estatutos, de los
reglamentos y de las decisiones de los órganos rectores del deporte a nivel internacional
y nacional.
n) Velar por la adecuada aplicación de las Reglas de Juego del Fútbol en España.
o) Hacer todo lo posible por garantizar que todos aquellos que quieran practicar el
deporte del fútbol lo hagan con las mejores condiciones, independientemente del género
o la edad. Para ello procurará el acceso a la práctica del fútbol por todos los ciudadanos
en condiciones de idoneidad, proximidad, seguridad y mediante una valoración equitativa
de las capacidades individuales de cada persona y para ello adoptará las medidas
necesarias para remover los obstáculos que impidan la igualdad.
p) Velar por la efectiva integración de aquellas modalidades relacionadas con el
fútbol que practiquen las personas con discapacidad.
q) Velar porque se lleven a cabo todo tipo de actuaciones con el objeto de prevenir,
controlar y erradicar cualquier clase de discriminación, de violencia, de racismo, de
xenofobia, de intolerancia, de discriminación de cualquier tipo, especialmente por
aquellas que pudieran tener como razón la orientación sexual.
r) La promoción y el impulso de la práctica del fútbol en las condiciones idóneas de
seguridad que permitan una mejora de las condiciones físicas de sus practicantes, a los
efectos de minimizar los riesgos derivados de la práctica deportiva.
s) El fomento y la potenciación de la práctica deportiva del fútbol de alto nivel y la
preparación y seguimiento de los futbolistas de alto nivel, como elemento consustancial
de su propia razón de ser.
t) El fomentar el desarrollo del fútbol femenino y la participación de las mujeres en
todos los niveles de gobernanza del fútbol.
u) El promover la integridad, el comportamiento ético y la deportividad con el fin de
impedir que ciertos métodos o prácticas, tales como la corrupción, el dopaje o la
manipulación de partidos, pongan en peligro la integridad de los encuentros, de las
competiciones, de los jugadores, de los oficiales, de los clubes y de las federaciones
miembro o den lugar a abusos en el fútbol asociación.
v) El fomento y el desarrollo de la formación especializada de los entrenadores de
fútbol.
w) El desarrollo de las acciones concretas necesarias para garantizar un arbitraje
de calidad en las competiciones deportivas de fútbol, de acuerdo con las reglas fijadas
por los organismos deportivos internacionales.

cve: BOE-A-2022-13840
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Núm. 196