III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Energía eléctrica. (BOE-A-2022-13771)
Resolución de 8 de agosto de 2022, de la Secretaría de Estado de Energía, por la que se aprueban procedimientos de operación, para su adaptación a mejoras en relación con las garantías exigidas a los sujetos participantes en el mercado, y a mejoras en la gestión técnica de las medidas en el sistema eléctrico.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Lunes 15 de agosto de 2022
Sec. III. Pág. 118234
d) Para el caso de distribuidores, acreditación de estar inscrito en el registro
administrativo de distribuidores del Ministerio para la Transición Ecológica y el
Reto Demográfico.
e) Para el caso de productores e instalaciones de almacenamiento, acreditación de
que es titular de instalaciones inscritas en el registro administrativo de instalaciones de
producción de energía eléctrica del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto
Demográfico.
f) Los datos de la empresa que se indican a continuación:
– Razón o denominación social de la empresa.
– Actividad/es de la empresa (Productor, propietario de instalación de
almacenamiento, Comercializador, Distribuidor, Representante, Consumidor directo a
mercado, Consumidor interrumpible, Consumidor conectado a la red de transporte,
Empresa delegada en el sistema de medidas, Titular de un concentrador secundario,
Centro de control, Interlocutor único de nudos con la red de transporte).
– Domicilio.
– Localidad.
– Código postal.
– Provincia.
– CIF de empresa.
– Nombre de persona de contacto.
– Teléfono de contacto.
– Correo electrónico.
– Sistema eléctrico (Peninsular, Balear, Canario, Ceuta y Melilla o una combinación
de los anteriores).
Una vez recibida esta información y si se cumplen todos los requisitos, el operador
del sistema informará al solicitante de su registro en el sistema de información de
medidas antes de que pasen cinco días hábiles desde la solicitud y le facilitará el/los
código/s de participante/s para su identificación en el sistema de medidas.
Adicionalmente, serán registradas como empresas en el sistema de medidas los
participantes en el mercado que hayan sido admitidos en el sistema de liquidaciones
según las condiciones indicadas en el P.O. 14.2. «Admisión de participantes en el
mercado y datos necesarios durante su participación», sin que sea necesario realizar
ninguna solicitud en el sistema de medidas. El operador del sistema asignará y
comunicará a los interesados, para los casos en que aplique, el/los código/s de
participante/s para su identificación en el sistema de medidas.
El operador del sistema pondrá a disposición de los participantes del sistema de
medidas los códigos de participante con la información necesaria para su identificación.
El operador del sistema podrá desarrollar los canales y métodos que considere más
adecuados a fin de dar de alta empresas en el sistema de información de medidas.
Todas las comunicaciones y notificaciones se establecerán en formato electrónico.
3.2 Solicitud de registro
en el sistema de medidas.
de
una
empresa
delegada
de
otra
empresa
Una empresa podrá delegar sus funciones y obligaciones del sistema de medidas en
otra empresa (Empresa delegada en el sistema de medidas). Para ello, la empresa
delegada deberá estar previamente registrada en el sistema de medidas y disponer de
un código de participante asociado según el apartado 3.1. Además, se deberá aportar la
siguiente documentación:
a) Solicitud de delegación a nombre de dicha empresa para lo cual enviará carta de
representación de acuerdo al modelo del anexo 1 de este procedimiento.
b) Fotocopia de acreditación notarial del firmante como apoderado de la empresa
que delega sus funciones (para el caso en que no coincida con el que solicitó el registro
de la empresa delegada en el sistema de medidas).
cve: BOE-A-2022-13771
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 195
Lunes 15 de agosto de 2022
Sec. III. Pág. 118234
d) Para el caso de distribuidores, acreditación de estar inscrito en el registro
administrativo de distribuidores del Ministerio para la Transición Ecológica y el
Reto Demográfico.
e) Para el caso de productores e instalaciones de almacenamiento, acreditación de
que es titular de instalaciones inscritas en el registro administrativo de instalaciones de
producción de energía eléctrica del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto
Demográfico.
f) Los datos de la empresa que se indican a continuación:
– Razón o denominación social de la empresa.
– Actividad/es de la empresa (Productor, propietario de instalación de
almacenamiento, Comercializador, Distribuidor, Representante, Consumidor directo a
mercado, Consumidor interrumpible, Consumidor conectado a la red de transporte,
Empresa delegada en el sistema de medidas, Titular de un concentrador secundario,
Centro de control, Interlocutor único de nudos con la red de transporte).
– Domicilio.
– Localidad.
– Código postal.
– Provincia.
– CIF de empresa.
– Nombre de persona de contacto.
– Teléfono de contacto.
– Correo electrónico.
– Sistema eléctrico (Peninsular, Balear, Canario, Ceuta y Melilla o una combinación
de los anteriores).
Una vez recibida esta información y si se cumplen todos los requisitos, el operador
del sistema informará al solicitante de su registro en el sistema de información de
medidas antes de que pasen cinco días hábiles desde la solicitud y le facilitará el/los
código/s de participante/s para su identificación en el sistema de medidas.
Adicionalmente, serán registradas como empresas en el sistema de medidas los
participantes en el mercado que hayan sido admitidos en el sistema de liquidaciones
según las condiciones indicadas en el P.O. 14.2. «Admisión de participantes en el
mercado y datos necesarios durante su participación», sin que sea necesario realizar
ninguna solicitud en el sistema de medidas. El operador del sistema asignará y
comunicará a los interesados, para los casos en que aplique, el/los código/s de
participante/s para su identificación en el sistema de medidas.
El operador del sistema pondrá a disposición de los participantes del sistema de
medidas los códigos de participante con la información necesaria para su identificación.
El operador del sistema podrá desarrollar los canales y métodos que considere más
adecuados a fin de dar de alta empresas en el sistema de información de medidas.
Todas las comunicaciones y notificaciones se establecerán en formato electrónico.
3.2 Solicitud de registro
en el sistema de medidas.
de
una
empresa
delegada
de
otra
empresa
Una empresa podrá delegar sus funciones y obligaciones del sistema de medidas en
otra empresa (Empresa delegada en el sistema de medidas). Para ello, la empresa
delegada deberá estar previamente registrada en el sistema de medidas y disponer de
un código de participante asociado según el apartado 3.1. Además, se deberá aportar la
siguiente documentación:
a) Solicitud de delegación a nombre de dicha empresa para lo cual enviará carta de
representación de acuerdo al modelo del anexo 1 de este procedimiento.
b) Fotocopia de acreditación notarial del firmante como apoderado de la empresa
que delega sus funciones (para el caso en que no coincida con el que solicitó el registro
de la empresa delegada en el sistema de medidas).
cve: BOE-A-2022-13771
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 195