I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, RELACIONES CON LAS CORTES Y MEMORIA DEMOCRÁTICA. Organización. (BOE-A-2022-13724)
Orden PCM/792/2022, de 11 de agosto, por la que se crea el órgano administrativo encargado de la ejecución del programa de apoyo a la celebración del acontecimiento de excepcional interés público "Todos contra el cáncer".
5 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 195

Lunes 15 de agosto de 2022

Sec. I. Pág. 118125

3. El plazo para la presentación de las solicitudes de expedición de certificaciones
concluirá quince días después de la finalización del acontecimiento.
4. El plazo máximo en que deben notificarse las certificaciones por parte del órgano
colegiado será de dos meses desde la fecha en que la correspondiente solicitud haya
tenido entrada en el registro del órgano competente para resolver.
El cómputo de dicho plazo se suspenderá cuando se requiera al interesado que
complete la documentación presentada, por el tiempo que medie entre la notificación del
requerimiento y la presentación de la documentación requerida, o, en su defecto por el
transcurso del plazo concedido para la subsanación.
5. Transcurrido el plazo a que se refiere el apartado anterior sin que el interesado
haya recibido requerimiento o notificación administrativa acerca de su solicitud, se
entenderá cumplido el requisito de la certificación, pudiendo el interesado solicitar de la
Administración Tributaria el reconocimiento previo del beneficio fiscal.
6. La certificación o la resolución que la deniegue será emitida por el órgano
colegiado, agotará la vía administrativa y contra la misma podrá interponerse recurso
contencioso-administrativo, sin perjuicio del recurso potestativo de reposición, de
acuerdo con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.
Artículo 7.

Asociación Española Contra el Cáncer.

a) Memoria de Actividades que haya sido presentada en el Ministerio del Interior.
b) Memoria Económica que haya sido presentada en la Agencia Estatal de
Administración Tributaria.
c) Auditoría de Cuentas Anuales.
Para el periodo que abarca del 1 de octubre de 2024 al 31 de diciembre de 2024, la
Asociación Española Contra el Cáncer presentará, antes del 30 de septiembre de 2025,
los Estados Financieros Intermedios que comprenderán el balance de situación a 31 de

cve: BOE-A-2022-13724
Verificable en https://www.boe.es

1. La Asociación Española Contra el Cáncer se encargará de la preparación del
programa de actividades y actuaciones que se deriven de la ejecución del programa
«Todos contra el cáncer», que será aprobado por el órgano colegiado y se encargará de
la realización material de los actos y actividades que se deriven de la ejecución de dicho
programa, asumiendo la condición de destinatario de las donaciones que se realicen
para la ejecución del programa de apoyo al acontecimiento de excepcional interés
público.
2. La Asociación Española Contra el Cáncer será la titular del derecho de propiedad
sobre los signos distintivos denominativos, gráficos o mixtos que identifiquen a este
acontecimiento de excepcional interés público.
El órgano colegiado establecerá un manual de aplicación de marca para su empleo
en el campo publicitario por parte de terceros a los que se confiera el derecho de uso
con la finalidad de promover y divulgar el acontecimiento. Este manual se ajustará a lo
previsto en el Manual de aplicación de los beneficios fiscales previstos en el apartado
primero del artículo 27.3 de la Ley 49/2002, de 23 de diciembre, correspondientes a los
gastos de propaganda y publicidad de proyección plurianual, que sirvan para la
promoción de los acontecimientos de excepcional interés público, aprobado por la
Resolución de 25 de enero de 2018, de la Dirección General de Tributos.
3. En las actuaciones realizadas por la Asociación Española Contra el Cáncer en
las que se lleve a cabo publicidad del acontecimiento, figurarán los logotipos de las
administraciones y entidades participantes en el órgano colegiado, en igualdad de
condiciones.
4. La Asociación Española Contra el Cáncer presentará, antes del 31 de mayo de
cada año y referido al ejercicio económico finalizado el 30 de septiembre del año
anterior, para su toma en consideración por el órgano colegiado, la siguiente
documentación: