I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, RELACIONES CON LAS CORTES Y MEMORIA DEMOCRÁTICA. Organización. (BOE-A-2022-13724)
Orden PCM/792/2022, de 11 de agosto, por la que se crea el órgano administrativo encargado de la ejecución del programa de apoyo a la celebración del acontecimiento de excepcional interés público "Todos contra el cáncer".
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 195
Lunes 15 de agosto de 2022
Sec. I. Pág. 118126
diciembre de 2024, la cuenta de pérdidas y ganancias, así como las correspondientes
notas explicativas.
Artículo 8. Liquidación y extinción.
Considerada por el órgano colegiado la documentación indicada en el artículo 7.4, la
Secretaría presentará la propuesta de liquidación al órgano, que la someterá a
aprobación.
Una vez aprobadas las operaciones de liquidación, el órgano colegiado aprobará su
extinción, siempre y cuando haya cumplido con todas las obligaciones que le impone la
Ley 49/2002, de 23 de diciembre, y el Reglamento para la aplicación del régimen fiscal
de las entidades sin fines lucrativos y de los incentivos fiscales al mecenazgo, aprobado
por Real Decreto 1270/2003, de 10 de octubre. El órgano colegiado se extinguirá, en
cualquier caso, con anterioridad al 31 de diciembre de 2025.
Disposición final única.
Entrada en vigor.
La presente orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín
Oficial del Estado».
cve: BOE-A-2022-13724
Verificable en https://www.boe.es
Madrid, 11 de agosto de 2022.–El Ministro de la Presidencia, Relaciones con las
Cortes y Memoria Democrática, Félix Bolaños García.
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
Núm. 195
Lunes 15 de agosto de 2022
Sec. I. Pág. 118126
diciembre de 2024, la cuenta de pérdidas y ganancias, así como las correspondientes
notas explicativas.
Artículo 8. Liquidación y extinción.
Considerada por el órgano colegiado la documentación indicada en el artículo 7.4, la
Secretaría presentará la propuesta de liquidación al órgano, que la someterá a
aprobación.
Una vez aprobadas las operaciones de liquidación, el órgano colegiado aprobará su
extinción, siempre y cuando haya cumplido con todas las obligaciones que le impone la
Ley 49/2002, de 23 de diciembre, y el Reglamento para la aplicación del régimen fiscal
de las entidades sin fines lucrativos y de los incentivos fiscales al mecenazgo, aprobado
por Real Decreto 1270/2003, de 10 de octubre. El órgano colegiado se extinguirá, en
cualquier caso, con anterioridad al 31 de diciembre de 2025.
Disposición final única.
Entrada en vigor.
La presente orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín
Oficial del Estado».
cve: BOE-A-2022-13724
Verificable en https://www.boe.es
Madrid, 11 de agosto de 2022.–El Ministro de la Presidencia, Relaciones con las
Cortes y Memoria Democrática, Félix Bolaños García.
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X