III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE INDUSTRIA, COMERCIO Y TURISMO. Subvenciones. (BOE-A-2022-13360)
Orden ICT/771/2022, de 2 de agosto, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones del "Proyecto ICEX Vives" de ICEX España Exportación e Inversiones, E.P.E., en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
19 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Lunes 8 de agosto de 2022
Sec. III. Pág. 116032
Consejo, de 12 de febrero de 2021, por el que se establece el Mecanismo de
Recuperación y Resiliencia.
III
Las ayudas reguladas en la presente orden no constituyen ayudas de Estado, por no
ser los beneficiarios empresas en el sentido del artículo 107 del Tratado de
Funcionamiento de la Unión Europea.
Por otro lado, este programa de ayudas se incluirá en el Plan Estratégico de
Subvenciones del Ministerio de Industria, Comercio y Turismo para el periodo 2022-2024,
puesto que su ejecución comenzará en el ejercicio 2022.
La materia regulada por esta orden que se dicta en virtud de la competencia que al
Estado confiere el artículo 149.1 10.ª y 13.ª de la Constitución Española sobre comercio
exterior y bases y coordinación de la planificación general de la actividad económica, es
acorde con los fines de ICEX antes señalados que regula su Estatuto.
La presente orden, que se estructura en 23 artículos y 2 disposiciones finales, sobre
el título competencial y la entrada en vigor, cumple con los principios de buena
regulación, de necesidad, eficacia, proporcionalidad, seguridad jurídica, transparencia y
eficiencia previstos en el artículo 129 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Así, se atiende a los principios de necesidad y eficacia, al estar la iniciativa normativa
justificada en el marco de unas prácticas formativas en internacionalización de la
economía española contribuyendo así al desarrollo de capital humano en esta materia tal
y como se ha señalado en esta exposición de motivos y, en última instancia, a la mejora
de la competitividad y productividad de la empresa española. De la misma manera, en
cumplimiento del principio de proporcionalidad, la norma se limita a la regulación
imprescindible para el establecimiento de las bases reguladoras.
En virtud del principio de seguridad jurídica, la presente orden es coherente con el
conjunto del ordenamiento normativo en su ámbito de aplicación. Igualmente, se ha
tenido en cuenta el principio de transparencia, definiéndose el objeto y ámbito de
aplicación, así como la participación de los organismos competentes en el proceso de
tramitación de la misma.
Finalmente, en aplicación del principio de eficiencia, la presente orden, estableciendo
conceptos objetivos y claros sobre el ciclo completo de gestión de la tramitación de las
subvenciones, persigue una correcta utilización de los recursos públicos.
Como consecuencia del mandato que impone la disposición adicional vigésima sexta
de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, este programa de
subvenciones está regulado por la referida Ley en todo lo que sea compatible con la
naturaleza de una convocatoria en régimen de concurrencia no competitiva, regulada en
el artículo 62 del Real Decreto-ley 36/2020, de 30 de diciembre, por el que se aprueban
medidas urgentes para la modernización de la Administración Pública y para la ejecución
del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
El artículo 17 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, establece que, en el ámbito de la
Administración General del Estado, así como de los organismos públicos y restantes
entidades de derecho público con personalidad jurídica propia vinculadas o dependientes de
aquélla, los ministros correspondientes establecerán las oportunas bases reguladoras de la
concesión de subvenciones por orden ministerial. Teniendo en cuenta que ICEX se
encuentra adscrito al Ministerio de Industria, Comercio y Turismo a través de la Secretaría
de Estado de Comercio, será la persona titular del Ministerio, la competente para establecer
estas bases. El procedimiento de concesión es el de concurrencia no competitiva.
Por otro lado, el artículo 61.2 del Real Decreto-ley 36/2020, de 30 de diciembre,
establece que para la tramitación de las subvenciones financiables con fondos europeos
tan solo son exigibles los informes de los Servicios Jurídicos y de la Intervención
Delegada a los que hace referencia el artículo 17.1, párrafo segundo, de la Ley 38/2003,
de 17 de noviembre.
cve: BOE-A-2022-13360
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 189
Lunes 8 de agosto de 2022
Sec. III. Pág. 116032
Consejo, de 12 de febrero de 2021, por el que se establece el Mecanismo de
Recuperación y Resiliencia.
III
Las ayudas reguladas en la presente orden no constituyen ayudas de Estado, por no
ser los beneficiarios empresas en el sentido del artículo 107 del Tratado de
Funcionamiento de la Unión Europea.
Por otro lado, este programa de ayudas se incluirá en el Plan Estratégico de
Subvenciones del Ministerio de Industria, Comercio y Turismo para el periodo 2022-2024,
puesto que su ejecución comenzará en el ejercicio 2022.
La materia regulada por esta orden que se dicta en virtud de la competencia que al
Estado confiere el artículo 149.1 10.ª y 13.ª de la Constitución Española sobre comercio
exterior y bases y coordinación de la planificación general de la actividad económica, es
acorde con los fines de ICEX antes señalados que regula su Estatuto.
La presente orden, que se estructura en 23 artículos y 2 disposiciones finales, sobre
el título competencial y la entrada en vigor, cumple con los principios de buena
regulación, de necesidad, eficacia, proporcionalidad, seguridad jurídica, transparencia y
eficiencia previstos en el artículo 129 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Así, se atiende a los principios de necesidad y eficacia, al estar la iniciativa normativa
justificada en el marco de unas prácticas formativas en internacionalización de la
economía española contribuyendo así al desarrollo de capital humano en esta materia tal
y como se ha señalado en esta exposición de motivos y, en última instancia, a la mejora
de la competitividad y productividad de la empresa española. De la misma manera, en
cumplimiento del principio de proporcionalidad, la norma se limita a la regulación
imprescindible para el establecimiento de las bases reguladoras.
En virtud del principio de seguridad jurídica, la presente orden es coherente con el
conjunto del ordenamiento normativo en su ámbito de aplicación. Igualmente, se ha
tenido en cuenta el principio de transparencia, definiéndose el objeto y ámbito de
aplicación, así como la participación de los organismos competentes en el proceso de
tramitación de la misma.
Finalmente, en aplicación del principio de eficiencia, la presente orden, estableciendo
conceptos objetivos y claros sobre el ciclo completo de gestión de la tramitación de las
subvenciones, persigue una correcta utilización de los recursos públicos.
Como consecuencia del mandato que impone la disposición adicional vigésima sexta
de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, este programa de
subvenciones está regulado por la referida Ley en todo lo que sea compatible con la
naturaleza de una convocatoria en régimen de concurrencia no competitiva, regulada en
el artículo 62 del Real Decreto-ley 36/2020, de 30 de diciembre, por el que se aprueban
medidas urgentes para la modernización de la Administración Pública y para la ejecución
del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
El artículo 17 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, establece que, en el ámbito de la
Administración General del Estado, así como de los organismos públicos y restantes
entidades de derecho público con personalidad jurídica propia vinculadas o dependientes de
aquélla, los ministros correspondientes establecerán las oportunas bases reguladoras de la
concesión de subvenciones por orden ministerial. Teniendo en cuenta que ICEX se
encuentra adscrito al Ministerio de Industria, Comercio y Turismo a través de la Secretaría
de Estado de Comercio, será la persona titular del Ministerio, la competente para establecer
estas bases. El procedimiento de concesión es el de concurrencia no competitiva.
Por otro lado, el artículo 61.2 del Real Decreto-ley 36/2020, de 30 de diciembre,
establece que para la tramitación de las subvenciones financiables con fondos europeos
tan solo son exigibles los informes de los Servicios Jurídicos y de la Intervención
Delegada a los que hace referencia el artículo 17.1, párrafo segundo, de la Ley 38/2003,
de 17 de noviembre.
cve: BOE-A-2022-13360
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 189