III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE INDUSTRIA, COMERCIO Y TURISMO. Subvenciones. (BOE-A-2022-13360)
Orden ICT/771/2022, de 2 de agosto, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones del "Proyecto ICEX Vives" de ICEX España Exportación e Inversiones, E.P.E., en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Lunes 8 de agosto de 2022

Sec. III. Pág. 116031

II
Tras la declaración por la Organización Mundial de la Salud de la pandemia
provocada por la COVID-19, el 11 de marzo de 2020, los Estados miembros de la UE
adoptaron con rapidez medidas coordinadas de emergencia para proteger la salud de la
ciudadanía y evitar el colapso de la economía.
El Consejo Europeo del 21 de julio de 2020, consciente de la necesidad en este
momento histórico de un esfuerzo sin precedentes y de un planteamiento innovador que
impulsaran la convergencia, la resiliencia y la transformación en la Unión Europea,
acordó un paquete de medidas de gran alcance.
Estas medidas aúnan el marco financiero plurianual (MFP) para 2021-2027 reforzado
y la puesta en marcha de un Instrumento Europeo de Recuperación («Next Generation
EU»), cuyo elemento central es el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia,
establecido por el Reglamento (UE) 2021/241 del Parlamento Europeo y del Consejo,
de 12 de febrero de 2021, por el que se establece el Mecanismo de Recuperación y
Resiliencia. La instrumentación de la ejecución de los recursos financieros del Fondo
Europeo de Recuperación se realizará a través del Plan de Recuperación,
Transformación y Resiliencia (en adelante, Plan de Recuperación), aprobado por
Acuerdo del Consejo de ministros de 27 de abril de 2021.
Los proyectos que constituyen dicho Plan permitirán la realización de reformas
estructurales los próximos años, mediante cambios normativos e inversiones y, por lo
tanto, posibilitarán un cambio del modelo productivo para la recuperación de la economía
tras la pandemia causada por la COVID-19 y, además, una transformación hacia una
estructura más resiliente que afronte con éxito otras posibles crisis o desafíos en el
futuro. En el marco de este cambio de modelo, el Plan de Recuperación impulsa un
desarrollo basado en el equilibrio y la generación de oportunidades en el territorio
eliminando las desigualdades entre áreas urbana y rural.
Entre estas reformas se integra en la política tractora V, «Modernización y
digitalización del tejido industrial y de la pyme, recuperación del turismo e impulso a una
España nación emprendedora» el Componente C13 dedicado a «Impulso a la PYME» y
la Inversión 5 en concreto a la «Internacionalización de la PYME». Uno de los proyectos
incluidos en el C13 I5 es el Proyecto ICEX Vives para la realización de Prácticas no
laborales en empresas internacionalizadas que contribuye a la consecución del
objetivo 213 de la Decisión de Ejecución del Consejo de 13 de julio de 2021, relativa a la
aprobación de la evaluación del plan de recuperación y resiliencia de España (CID)
consistente en que en el cuarto trimestre de 2024, al menos 3.000 empresas, de las
cuales al menos 2.500 pymes, deberán haber participado y completado proyectos de
apoyo a su internacionalización en el marco de los Planes de Acción para la
Internacionalización de la Economía Española 2021-2022 y 2023-2024. Este objetivo es
común a todos los proyectos incluidos en la inversión 5 del componente 13.
El Proyecto ICEX Vives se ha dotado con 60 millones euros de dicho Plan para los
años 2023 y 2024: estimación de 2.000 prácticas (500 beneficiarios en 2023 y 1.500
beneficiarios en 2024) de un año de duración, con una dotación media por contrato
de 29.750 euros anuales.
Por otro lado, en cumplimiento con lo dispuesto en el Plan de Recuperación, en el
Reglamento (UE) 2021/241 de 12 de febrero de 2021, y su normativa de desarrollo, en
particular la Comunicación de la Comisión Guía técnica sobre la aplicación del principio
de «no causar un perjuicio significativo» en virtud del Reglamento relativo al Mecanismo
de Recuperación y Resiliencia, así como con lo requerido en la Decisión de Ejecución
del Consejo de 13 de julio de 2021, todas las actuaciones financiadas que se llevarán a
cabo en cumplimiento de la presente orden, deben de respetar el llamado principio de no
causar un perjuicio significativo al medioambiente (principio DNSH por sus siglas en
inglés, «Do Not Significant Harm»). Ello incluye el cumplimiento de las condiciones
específicas previstas en el componente 13, Inversión 5.3 en la que se enmarca.
Estas medidas no tienen asociadas una etiqueta verde ni digital en los términos
previstos por los anexos VI y VII del Reglamento 2021/241 del Parlamento Europeo y del

cve: BOE-A-2022-13360
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Núm. 189