II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE INDUSTRIA, COMERCIO Y TURISMO. Cuerpo de Ingenieros Industriales del Estado. (BOE-A-2022-11252)
Resolución de 1 de julio de 2022, de la Subsecretaría, por la que se convoca proceso selectivo para ingreso, por el sistema general de acceso libre, en el Cuerpo de Ingenieros Industriales del Estado.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 162
Jueves 7 de julio de 2022
Sec. II.B. Pág. 95775
2. Funcionarios de organismos internacionales: Los aspirantes que tengan la
condición de funcionarios de Organismos Internacionales estarán exentos de realizar
aquellos ejercicios que la Comisión Permanente de Homologación considere que tienen
por objeto acreditar conocimientos ya exigidos para el desempeño de sus puestos de
origen en el Organismo Internacional correspondiente.
Dicha exención deberá solicitarse con anterioridad al último día de presentación de
solicitudes para participar en el Cuerpo o Escala y acompañará acreditación de las
convocatorias, programas y pruebas superadas, así como certificación expedida por el
Organismo Internacional correspondiente de haber superado aquellas.
3. Orden de intervención de los aspirantes: El orden de actuación de los aspirantes
en la fase de oposición se iniciará alfabéticamente por el candidato cuyo primer apellido
comience por la letra «U», según lo establecido en la Resolución de 9 de mayo de 2022,
de la Secretaría de Estado de Hacienda y Función Pública, por la que se publica el
resultado del sorteo a que se refiere el Reglamento General de Ingreso del Personal al
Servicio de la Administración General del Estado («Boletín Oficial del Estado»
número 114, de 13 de mayo de 2022),. En el supuesto de que no exista ningún aspirante
cuyo primer apellido comience por la letra «U», el orden de actuación se iniciará por
aquellos cuyo primer apellido comience por la letra «V», y así sucesivamente.
4. Relación de aspirantes que han superado la fase de oposición: Terminada la
oposición, el Tribunal aprobará la relación definitiva de aspirantes que han superado la
oposición, en orden decreciente según la puntuación global obtenida por cada opositor,
sin que, en ningún caso, pueda figurar en dicha relación un número de candidatos
superior al total de plazas que hubieran sido convocadas.
5.
Conservación de puntuaciones:
a) Los aspirantes que alcanzasen el 70 por ciento de la puntuación máxima del
primer y/o segundo ejercicio obligatorio y no superasen la fase de oposición conservarán
dicha puntuación y estarán exentos de realizar tales ejercicios en las pruebas selectivas
inmediatamente siguientes, siempre y cuando el contenido del temario y la forma de
calificación de los ejercicios en los que se haya conservado la nota sean análogos.
b) A las personas que participen por el turno de reserva de discapacidad que
superen algún ejercicio con una nota superior al 60 por ciento de la calificación máxima
obtenida en el mismo proceso, se les conservará la puntuación obtenida en la
convocatoria inmediata siguiente, siempre y cuando el contenido del temario y la forma
de calificación de los ejercicios en los que se hubiera conservado la nota sean análogos.
c) El opositor deberá solicitar expresamente la conservación de la puntuación.
1. Naturaleza y finalidad del curso: Todos los aspirantes que hayan superado la
fase de oposición realizarán un curso selectivo de carácter teórico-práctico, organizado
por la Subsecretaría de Industria, Comercio y Turismo que deberán superar con
aprovechamiento. Tendrá como finalidad primordial la adquisición de conocimientos y
habilidades en orden a la preparación específica de los aspirantes para el ejercicio de las
funciones propias en la Administración del Cuerpo de Ingenieros Industriales del Estado.
2. Desarrollo del curso: El curso selectivo tendrá una duración máxima de tres
meses lectivos.
El órgano convocante establecerá el calendario, programa y normas internas que
regulen el curso selectivo. En el programa incluirá un módulo en materia de igualdad
entre mujeres y hombres, y otro en materia de violencia de género.
Será obligatoria la asistencia a todas las actividades formativas que se organicen y
realizar todas las actividades que el órgano responsable proponga en el desarrollo del curso
selectivo. El órgano convocante valorará los casos en que la falta de asistencia impedirá a
los aspirantes concurrir a las pruebas de evaluación que se realicen durante el mismo y, por
tanto, producirá la pérdida del derecho a ser nombrado funcionario de carrera.
cve: BOE-A-2022-11252
Verificable en https://www.boe.es
I.B Curso selectivo
Núm. 162
Jueves 7 de julio de 2022
Sec. II.B. Pág. 95775
2. Funcionarios de organismos internacionales: Los aspirantes que tengan la
condición de funcionarios de Organismos Internacionales estarán exentos de realizar
aquellos ejercicios que la Comisión Permanente de Homologación considere que tienen
por objeto acreditar conocimientos ya exigidos para el desempeño de sus puestos de
origen en el Organismo Internacional correspondiente.
Dicha exención deberá solicitarse con anterioridad al último día de presentación de
solicitudes para participar en el Cuerpo o Escala y acompañará acreditación de las
convocatorias, programas y pruebas superadas, así como certificación expedida por el
Organismo Internacional correspondiente de haber superado aquellas.
3. Orden de intervención de los aspirantes: El orden de actuación de los aspirantes
en la fase de oposición se iniciará alfabéticamente por el candidato cuyo primer apellido
comience por la letra «U», según lo establecido en la Resolución de 9 de mayo de 2022,
de la Secretaría de Estado de Hacienda y Función Pública, por la que se publica el
resultado del sorteo a que se refiere el Reglamento General de Ingreso del Personal al
Servicio de la Administración General del Estado («Boletín Oficial del Estado»
número 114, de 13 de mayo de 2022),. En el supuesto de que no exista ningún aspirante
cuyo primer apellido comience por la letra «U», el orden de actuación se iniciará por
aquellos cuyo primer apellido comience por la letra «V», y así sucesivamente.
4. Relación de aspirantes que han superado la fase de oposición: Terminada la
oposición, el Tribunal aprobará la relación definitiva de aspirantes que han superado la
oposición, en orden decreciente según la puntuación global obtenida por cada opositor,
sin que, en ningún caso, pueda figurar en dicha relación un número de candidatos
superior al total de plazas que hubieran sido convocadas.
5.
Conservación de puntuaciones:
a) Los aspirantes que alcanzasen el 70 por ciento de la puntuación máxima del
primer y/o segundo ejercicio obligatorio y no superasen la fase de oposición conservarán
dicha puntuación y estarán exentos de realizar tales ejercicios en las pruebas selectivas
inmediatamente siguientes, siempre y cuando el contenido del temario y la forma de
calificación de los ejercicios en los que se haya conservado la nota sean análogos.
b) A las personas que participen por el turno de reserva de discapacidad que
superen algún ejercicio con una nota superior al 60 por ciento de la calificación máxima
obtenida en el mismo proceso, se les conservará la puntuación obtenida en la
convocatoria inmediata siguiente, siempre y cuando el contenido del temario y la forma
de calificación de los ejercicios en los que se hubiera conservado la nota sean análogos.
c) El opositor deberá solicitar expresamente la conservación de la puntuación.
1. Naturaleza y finalidad del curso: Todos los aspirantes que hayan superado la
fase de oposición realizarán un curso selectivo de carácter teórico-práctico, organizado
por la Subsecretaría de Industria, Comercio y Turismo que deberán superar con
aprovechamiento. Tendrá como finalidad primordial la adquisición de conocimientos y
habilidades en orden a la preparación específica de los aspirantes para el ejercicio de las
funciones propias en la Administración del Cuerpo de Ingenieros Industriales del Estado.
2. Desarrollo del curso: El curso selectivo tendrá una duración máxima de tres
meses lectivos.
El órgano convocante establecerá el calendario, programa y normas internas que
regulen el curso selectivo. En el programa incluirá un módulo en materia de igualdad
entre mujeres y hombres, y otro en materia de violencia de género.
Será obligatoria la asistencia a todas las actividades formativas que se organicen y
realizar todas las actividades que el órgano responsable proponga en el desarrollo del curso
selectivo. El órgano convocante valorará los casos en que la falta de asistencia impedirá a
los aspirantes concurrir a las pruebas de evaluación que se realicen durante el mismo y, por
tanto, producirá la pérdida del derecho a ser nombrado funcionario de carrera.
cve: BOE-A-2022-11252
Verificable en https://www.boe.es
I.B Curso selectivo