III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE INDUSTRIA, COMERCIO Y TURISMO. Becas. (BOE-A-2022-11287)
Orden ICT/642/2022, de 4 de julio, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de becas Fulbright por el Ministerio de Industria, Comercio y Turismo.
10 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 162

Jueves 7 de julio de 2022

Sec. III. Pág. 95944

tramitación, contribuyendo a la consecución de sus objetivos mediante su incardinación
en la quinta de las cinco líneas estratégicas del Plan que tiene como objetivo promover el
desarrollo de nuestro capital humano y apoyar el emprendimiento.
Esta orden es conforme con lo dispuesto en el artículo 129.1 de la Ley 39/2015, de 1
de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas,
en relación a la adecuación a los principios de buena regulación. Responde a los
principios de necesidad y eficacia, con el claro objetivo de formar a los empleados
públicos del Ministerio de Industria, Comercio y Turismo y de sus organismos adscritos
para un mejor desempeño profesional que repercuta en beneficio de la sociedad.
También se satisface el principio de proporcionalidad, siendo un requerimiento de la
Ley 38/2003, de 17 de noviembre, la aprobación de unas bases reguladoras. De la
misma manera se cumple con el principio de seguridad jurídica, incardinándose en el
ordenamiento jurídico establecido, tanto nacional como de la Unión Europea en materia
de subvenciones. El principio de transparencia se cumple en la medida en que en el
preámbulo se identifican con claridad los objetivos de la norma. Por último, resulta
conforme al principio de eficiencia dado que no se establecen cargas innecesarias más
allá de las estrictamente necesarias en un procedimiento de otorgamiento de las
subvenciones.
En la elaboración de esta orden han emitido informe la Abogacía del Estado y la
Intervención Delegada en el Departamento conforme dispone el artículo 17.1 de la
Ley 38/2003, de 17 de noviembre.
En su virtud, con la aprobación previa de la Ministra de Hacienda y Función Pública,
dispongo:
Artículo 1.

Aprobación de las bases reguladoras.

Mediante esta orden se aprueban las bases reguladoras para la convocatoria y
concesión de becas Fulbright por el Ministerio de Industria, Comercio y Turismo. Tales
bases serán las que figuran en los artículos siguientes.
Artículo 2.

Finalidad de las becas.

Las becas a las que se refieren estas bases tienen por finalidad contribuir a la
financiación de un proyecto de formación académica y perfeccionamiento técnicoprofesional en una institución estadounidense, siguiendo un programa de estudios
establecido para la obtención del grado de «máster» u otra titulación o certificación
profesional, un plan de acreditación académica sin objetivo de titulación o un proyecto de
investigación.
Artículo 3.

Duración de las becas.

La duración de las becas será de un mínimo de un curso académico y un máximo de
dos, que en ningún caso será superior a veinticuatro meses fijándose su fecha límite de
finalización en la respectiva convocatoria.

Las becas se concederán para la formación, perfeccionamiento, acreditación
académica o investigación en los ámbitos de competencia del Ministerio.
Artículo 5. Gestión de las becas.
La Comisión Fulbright se encargará de la gestión de las becas con la colaboración de
la agencia cooperadora del Programa Fulbright en Estados Unidos.

cve: BOE-A-2022-11287
Verificable en https://www.boe.es

Artículo 4. Objeto de las becas de formación.