I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE HACIENDA Y FUNCIÓN PÚBLICA. Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado. Prestaciones. (BOE-A-2022-10805)
Resolución de 27 de junio de 2022, de la Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado, por la que se modifican los Anexos I, II, III y IV de la Orden APU/2245/2005, de 30 de junio, por la que se regula las prestaciones complementarias de la asistencia sanitaria en MUFACE y se establece el procedimiento de financiación de bombas portátiles de infusión subcutánea continua de insulina.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 156
Jueves 30 de junio de 2022
Sec. I. Pág. 92011
El dispositivo undécimo de la Orden APU/2245/2005, de 30 de junio establece que la
actualización, modificación y supresión en su caso, de los Anexos I a IV se efectuará por
Resolución de la Dirección General de MUFACE.
Por lo expuesto, en cumplimiento de las citadas disposiciones y en el ejercicio de las
competencias atribuidas en el dispositivo undécimo de la Orden APU/2245/2005, de 30
de junio y en el artículo 11 del Real Decreto 577/1997, de 18 de abril, de estructura de
los órganos de gobierno, administración y representación de la Mutualidad General de
Funcionarios Civiles del Estado, habiendo informado al Consejo General en los términos
estipulados en el artículo 3 del mismo Real Decreto, la Directora General de la
Mutualidad resuelve:
Primero.
1. Modificar el anexo I de la Orden APU/2245/2005, de 30 de junio, con el objeto de
adaptar el Catálogo General de Material Ortoprotésico de MUFACE para prótesis
externas de miembro superior y miembro inferior, ortoprótesis para agenesias, sillas de
ruedas, ortesis y productos para la terapia del linfedema, al Catálogo Común de
Prestación Ortoprotésica Suplementaria del Sistema Nacional de Salud, y regular
determinados aspectos de la prestación cuyo desarrollo corresponde a la administración
sanitaria competente, de conformidad con lo dispuesto en el anexo VI del Real
Decreto 1030/2006, de 15 de septiembre, por el que se establece la cartera de servicios
comunes del Sistema Nacional de Salud y el procedimiento para su actualización,
modificado por la Orden SND/44/2022, de 27 de enero.
El anexo I de la Orden APU/2245/2005, de 30 de junio, actualizado con las referidas
modificaciones, figura como anexo I a la presente Resolución.
2. Modificar los anexos II, III y IV de la Orden APU/2245/2005, de 30 de junio, cuyo
contenido actualizado figura como anexo II, III y IV respectivamente a la presente
Resolución.
Segundo.
Esta Resolución entrará en vigor el 1 de julio de 2022 y será aplicable a todas las
solicitudes de prestaciones relativas a productos facturados a partir de esa fecha. Las
solicitudes por productos facturados con anterioridad continuarán regulándose por la
norma vigente en la fecha de expedición de la factura.
Las disposiciones del anexo I relativas a la oferta de productos ortoprotésicos del
SNS (Oferta) serán de aplicación a partir de la entrada en vigor de la normativa que
determine su puesta en funcionamiento o, en su caso, del transcurso del plazo que
aquella pueda establecer para la adaptación y aplicación de la misma por las
administraciones sanitarias.
Madrid, 27 de junio de 2022.–La Directora General de la Mutualidad General de
Funcionarios Civiles del Estado, Myriam Pallarés Cortón.
ANEXO I
Disposiciones generales
1.
Contenido de la prestación de ortoprótesis externas.
La prestación de ortoprótesis externas de MUFACE consiste en una ayuda
económica por la adquisición de los productos sanitarios incluidos en el Catálogo de
Material Ortoprotésico que figura en este anexo I. La adquisición debe haberse realizado
en los establecimientos dispensadores de ortopedia autorizados por la autoridad
cve: BOE-A-2022-10805
Verificable en https://www.boe.es
Catálogo de Material Ortoprotésico
Núm. 156
Jueves 30 de junio de 2022
Sec. I. Pág. 92011
El dispositivo undécimo de la Orden APU/2245/2005, de 30 de junio establece que la
actualización, modificación y supresión en su caso, de los Anexos I a IV se efectuará por
Resolución de la Dirección General de MUFACE.
Por lo expuesto, en cumplimiento de las citadas disposiciones y en el ejercicio de las
competencias atribuidas en el dispositivo undécimo de la Orden APU/2245/2005, de 30
de junio y en el artículo 11 del Real Decreto 577/1997, de 18 de abril, de estructura de
los órganos de gobierno, administración y representación de la Mutualidad General de
Funcionarios Civiles del Estado, habiendo informado al Consejo General en los términos
estipulados en el artículo 3 del mismo Real Decreto, la Directora General de la
Mutualidad resuelve:
Primero.
1. Modificar el anexo I de la Orden APU/2245/2005, de 30 de junio, con el objeto de
adaptar el Catálogo General de Material Ortoprotésico de MUFACE para prótesis
externas de miembro superior y miembro inferior, ortoprótesis para agenesias, sillas de
ruedas, ortesis y productos para la terapia del linfedema, al Catálogo Común de
Prestación Ortoprotésica Suplementaria del Sistema Nacional de Salud, y regular
determinados aspectos de la prestación cuyo desarrollo corresponde a la administración
sanitaria competente, de conformidad con lo dispuesto en el anexo VI del Real
Decreto 1030/2006, de 15 de septiembre, por el que se establece la cartera de servicios
comunes del Sistema Nacional de Salud y el procedimiento para su actualización,
modificado por la Orden SND/44/2022, de 27 de enero.
El anexo I de la Orden APU/2245/2005, de 30 de junio, actualizado con las referidas
modificaciones, figura como anexo I a la presente Resolución.
2. Modificar los anexos II, III y IV de la Orden APU/2245/2005, de 30 de junio, cuyo
contenido actualizado figura como anexo II, III y IV respectivamente a la presente
Resolución.
Segundo.
Esta Resolución entrará en vigor el 1 de julio de 2022 y será aplicable a todas las
solicitudes de prestaciones relativas a productos facturados a partir de esa fecha. Las
solicitudes por productos facturados con anterioridad continuarán regulándose por la
norma vigente en la fecha de expedición de la factura.
Las disposiciones del anexo I relativas a la oferta de productos ortoprotésicos del
SNS (Oferta) serán de aplicación a partir de la entrada en vigor de la normativa que
determine su puesta en funcionamiento o, en su caso, del transcurso del plazo que
aquella pueda establecer para la adaptación y aplicación de la misma por las
administraciones sanitarias.
Madrid, 27 de junio de 2022.–La Directora General de la Mutualidad General de
Funcionarios Civiles del Estado, Myriam Pallarés Cortón.
ANEXO I
Disposiciones generales
1.
Contenido de la prestación de ortoprótesis externas.
La prestación de ortoprótesis externas de MUFACE consiste en una ayuda
económica por la adquisición de los productos sanitarios incluidos en el Catálogo de
Material Ortoprotésico que figura en este anexo I. La adquisición debe haberse realizado
en los establecimientos dispensadores de ortopedia autorizados por la autoridad
cve: BOE-A-2022-10805
Verificable en https://www.boe.es
Catálogo de Material Ortoprotésico