III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y FORMACIÓN PROFESIONAL. Cualificaciones profesionales. (BOE-A-2022-10839)
Resolución de 14 de junio de 2022, de la Secretaría General de Formación Profesional, por la que se publica el Acuerdo de la Conferencia Sectorial del Sistema de Cualificaciones y Formación Profesional para el Empleo, de 30 de mayo de 2022, por el que se autoriza la propuesta de distribución territorial y los criterios de reparto de los créditos gestionados por comunidades autónomas, en el ejercicio presupuestario 2022, destinados al desarrollo de acciones de reskilling y upskilling de la población activa, vinculada a cualificaciones profesionales en sectores estratégicos, cuidado de las personas y zonas en riesgo de despoblación, en el marco del componente 20 "Plan estratégico de impulso de la formación profesional", del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 156
Jueves 30 de junio de 2022
Sec. III. Pág. 92290
sin exclusividad, a los siguientes once sectores estratégicos contemplados en el Plan de
Modernización de la Formación Profesional:
Nueva tecnología avanzada de la información.
Máquinas-herramienta automatizadas y robótica.
Equipos aeronáuticos.
Equipo de transporte ferroviario moderno.
Vehículos basados en energía y equipos nuevos.
Maquinaria agrícola.
Nuevos materiales.
Biofarmacia y productos médicos avanzados.
Cadena de consumo: Fabricantes y distribuidores.
Hostelería y turismo.
Servicios de atención a personas.
La formación destinada a estos sectores no incluye las actividades no elegibles
recogidas en la guía DNSH del Ministerio de Transición Ecológica y Reto Demográfico.
Tal circunstancia se detallará en los instrumentos por los cuales se formalice la
transferencia de créditos.
2. Asimismo, tienen una orientación específica hacia el sector del cuidado de las
personas, las acciones de cualificación y recualificación que se desarrollen en zonas en
riesgo de despoblación o de reto demográfico y las acciones de formación vinculadas a
los Proyectos Estratégicos para la Recuperación y Transformación Económica (PERTE)
en los que la formación se sitúa como una acción de carácter transversal.
3. Las Comunidades Autónomas, a través de las administraciones competentes en
el ámbito de la Formación Profesional para el Empleo vinculada al Catálogo Nacional de
Cualificaciones Profesionales, programarán ofertas formativas en módulos de entre 30
y 60 horas de formación, de carácter no formal, pero referenciados en el Catálogo
Nacional de Cualificaciones Profesionales, y susceptibles de ser creditados
posteriormente en el marco de la normativa reguladora de la acreditación de
competencias profesionales adquiridas por la experiencia laboral, y vías no formales de
formación. Con ello se consigue acercar la formación a la población activa en situación
más vulnerable.
4. Las Comunidades Autónomas garantizarán que las subvenciones otorgadas
contribuyen a la creación de empleo. A estos efectos, los beneficiarios estarán obligados
a crear en España todo el empleo necesario para la realización de la actividad, que se
realizará con personal contratado y afiliado a la Seguridad Social en el territorio nacional.
El cumplimiento de este requisito tendrá que justificarse documentalmente en los
términos que se determinarán en la correspondiente resolución por la que se formalice la
transferencia de fondos.
5. Las entidades beneficiarias deberán contribuir al objetivo de autonomía
estratégica y digital de la Unión Europea, así como garantizar la seguridad de la cadena
de suministro, teniendo en cuenta el contexto internacional y la disponibilidad de
cualquier componente o subsistema tecnológico sensible que pueda formar parte de la
solución, mediante la adquisición de equipos, componentes, integraciones de sistemas y
software asociado a proveedores ubicados en la Unión Europea.
6. El número mínimo de personas a formar por las Comunidades Autónomas, que
será consignado en el instrumento por el cual se formalice el acuerdo de distribución
para cada una de ellas, será el siguiente:
Reskilling y Upskilling MRR 2022
Personas formadas
transferencia CCAA Tabla conjunta
Andalucía.
Aragón.
24.269
6.211
cve: BOE-A-2022-10839
Verificable en https://www.boe.es
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sin exclusividad, a los siguientes once sectores estratégicos contemplados en el Plan de
Modernización de la Formación Profesional:
Nueva tecnología avanzada de la información.
Máquinas-herramienta automatizadas y robótica.
Equipos aeronáuticos.
Equipo de transporte ferroviario moderno.
Vehículos basados en energía y equipos nuevos.
Maquinaria agrícola.
Nuevos materiales.
Biofarmacia y productos médicos avanzados.
Cadena de consumo: Fabricantes y distribuidores.
Hostelería y turismo.
Servicios de atención a personas.
La formación destinada a estos sectores no incluye las actividades no elegibles
recogidas en la guía DNSH del Ministerio de Transición Ecológica y Reto Demográfico.
Tal circunstancia se detallará en los instrumentos por los cuales se formalice la
transferencia de créditos.
2. Asimismo, tienen una orientación específica hacia el sector del cuidado de las
personas, las acciones de cualificación y recualificación que se desarrollen en zonas en
riesgo de despoblación o de reto demográfico y las acciones de formación vinculadas a
los Proyectos Estratégicos para la Recuperación y Transformación Económica (PERTE)
en los que la formación se sitúa como una acción de carácter transversal.
3. Las Comunidades Autónomas, a través de las administraciones competentes en
el ámbito de la Formación Profesional para el Empleo vinculada al Catálogo Nacional de
Cualificaciones Profesionales, programarán ofertas formativas en módulos de entre 30
y 60 horas de formación, de carácter no formal, pero referenciados en el Catálogo
Nacional de Cualificaciones Profesionales, y susceptibles de ser creditados
posteriormente en el marco de la normativa reguladora de la acreditación de
competencias profesionales adquiridas por la experiencia laboral, y vías no formales de
formación. Con ello se consigue acercar la formación a la población activa en situación
más vulnerable.
4. Las Comunidades Autónomas garantizarán que las subvenciones otorgadas
contribuyen a la creación de empleo. A estos efectos, los beneficiarios estarán obligados
a crear en España todo el empleo necesario para la realización de la actividad, que se
realizará con personal contratado y afiliado a la Seguridad Social en el territorio nacional.
El cumplimiento de este requisito tendrá que justificarse documentalmente en los
términos que se determinarán en la correspondiente resolución por la que se formalice la
transferencia de fondos.
5. Las entidades beneficiarias deberán contribuir al objetivo de autonomía
estratégica y digital de la Unión Europea, así como garantizar la seguridad de la cadena
de suministro, teniendo en cuenta el contexto internacional y la disponibilidad de
cualquier componente o subsistema tecnológico sensible que pueda formar parte de la
solución, mediante la adquisición de equipos, componentes, integraciones de sistemas y
software asociado a proveedores ubicados en la Unión Europea.
6. El número mínimo de personas a formar por las Comunidades Autónomas, que
será consignado en el instrumento por el cual se formalice el acuerdo de distribución
para cada una de ellas, será el siguiente:
Reskilling y Upskilling MRR 2022
Personas formadas
transferencia CCAA Tabla conjunta
Andalucía.
Aragón.
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