II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES, UNIÓN EUROPEA Y COOPERACIÓN. Funcionarios de los Subgrupos A1, A2, C1 y C2. (BOE-A-2022-10699)
Resolución de 20 de junio de 2022, de la Dirección de la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo, por la que se convoca concurso general para la provisión de puestos de trabajo.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Martes 28 de junio de 2022
Sec. II.B. Pág. 90820
Asimismo, tienen derecho a formar parte de la Comisión de Valoración un miembro
en representación y a propuesta de cada una de las Organizaciones Sindicales más
representativas y de las que cuenten con más del 10 por 100 de representantes en el
conjunto de las Administraciones Públicas, o en el ámbito correspondiente.
El número de los representantes de las organizaciones sindicales no podrá ser igual
o superior al de los miembros designados a propuesta de la Administración.
En el caso de los representantes de las Organizaciones Sindicales, se designarán a
propuesta de las mismas, advirtiéndose expresamente que, interesada la propuesta de
designación por la Administración, si no se formula la propuesta de nombramiento en el
plazo de diez días hábiles, se entenderá que dicha Organización Sindical ha decaído en
su opción.
Los miembros titulares de la Comisión, así como los suplentes, que en caso de
ausencia justificada les sustituirán con voz y voto, deberán pertenecer a Cuerpos o
Escalas de subgrupo de titulación igual o superior al exigido para los puestos
convocados.
Se podrán incorporar a la Comisión de Valoración, cuando ésta lo considere
oportuno, expertos que en calidad de asesores actúen con voz, pero sin voto, de
acuerdo con el artículo 46 del Real Decreto 364/1995. Su designación recaerá en el
Órgano convocante previa solicitud de la Comisión de Valoración.
En la sede electrónica se publicarán los nombres y cargos de los miembros de la
Comisión de Valoración y sus suplentes una vez que hayan sido debidamente
designados.
2. La Comisión de Valoración propondrá a los candidatos que hayan obtenido
mayor puntuación entre los que consigan la mínima exigida, para cada puesto en la
presente convocatoria.
3. Las puntuaciones otorgadas, así como la valoración final, deberán reflejarse en
el acta que se levantará al efecto.
Octava. Procedimiento de exclusión. Renuncias y desistimientos a la participación en el
concurso.
1. Cualquier publicación referente a este proceso se realizará en la sede electrónica
de esta agencia (www.aecid.gob.es).
2. Si en cualquier momento anterior a la resolución del presente concurso la
persona participante hubiera obtenido un puesto con carácter definitivo por cualquiera de
los procedimientos legalmente previstos, deberá comunicarlo al órgano convocante.
3. Finalizado el plazo de presentación de solicitudes de participación, y en todo
caso, antes de la constitución de la Comisión de Valoración del Concurso, se acordará la
exclusión de las personas candidatas que no reúnan los requisitos exigidos en la
convocatoria, abriendo plazo de cinco días hábiles para las posibles subsanaciones por
parte de las personas excluidas. Se publicarán en sede electrónica los listados
provisionales de admitidos y excluidos. Transcurrido el plazo de subsanaciones, se
publicará también en sede electrónica el listado definitivo de admitidos y excluidos.
4. La renuncia parcial a la solicitud de participación en un concurso se permitirá
hasta la fecha en la que se reúna la comisión de valoración del concurso. De la fecha de
la reunión se dará publicidad con suficiente antelación en la sede electrónica.
5. En sede electrónica se publicará con suficiente antelación la fecha de publicación
de los listados provisionales valoración de méritos. El desistimiento de la solicitud
realizada (implica el desistimiento de la solicitud en sí misma, incluyendo la totalidad de
los puestos solicitados): se admitirá hasta al día anterior a la fecha de publicación de los
listados. Los listados provisionales valoración de méritos se publicarán también en la
sede electrónica.
cve: BOE-A-2022-10699
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 154
Martes 28 de junio de 2022
Sec. II.B. Pág. 90820
Asimismo, tienen derecho a formar parte de la Comisión de Valoración un miembro
en representación y a propuesta de cada una de las Organizaciones Sindicales más
representativas y de las que cuenten con más del 10 por 100 de representantes en el
conjunto de las Administraciones Públicas, o en el ámbito correspondiente.
El número de los representantes de las organizaciones sindicales no podrá ser igual
o superior al de los miembros designados a propuesta de la Administración.
En el caso de los representantes de las Organizaciones Sindicales, se designarán a
propuesta de las mismas, advirtiéndose expresamente que, interesada la propuesta de
designación por la Administración, si no se formula la propuesta de nombramiento en el
plazo de diez días hábiles, se entenderá que dicha Organización Sindical ha decaído en
su opción.
Los miembros titulares de la Comisión, así como los suplentes, que en caso de
ausencia justificada les sustituirán con voz y voto, deberán pertenecer a Cuerpos o
Escalas de subgrupo de titulación igual o superior al exigido para los puestos
convocados.
Se podrán incorporar a la Comisión de Valoración, cuando ésta lo considere
oportuno, expertos que en calidad de asesores actúen con voz, pero sin voto, de
acuerdo con el artículo 46 del Real Decreto 364/1995. Su designación recaerá en el
Órgano convocante previa solicitud de la Comisión de Valoración.
En la sede electrónica se publicarán los nombres y cargos de los miembros de la
Comisión de Valoración y sus suplentes una vez que hayan sido debidamente
designados.
2. La Comisión de Valoración propondrá a los candidatos que hayan obtenido
mayor puntuación entre los que consigan la mínima exigida, para cada puesto en la
presente convocatoria.
3. Las puntuaciones otorgadas, así como la valoración final, deberán reflejarse en
el acta que se levantará al efecto.
Octava. Procedimiento de exclusión. Renuncias y desistimientos a la participación en el
concurso.
1. Cualquier publicación referente a este proceso se realizará en la sede electrónica
de esta agencia (www.aecid.gob.es).
2. Si en cualquier momento anterior a la resolución del presente concurso la
persona participante hubiera obtenido un puesto con carácter definitivo por cualquiera de
los procedimientos legalmente previstos, deberá comunicarlo al órgano convocante.
3. Finalizado el plazo de presentación de solicitudes de participación, y en todo
caso, antes de la constitución de la Comisión de Valoración del Concurso, se acordará la
exclusión de las personas candidatas que no reúnan los requisitos exigidos en la
convocatoria, abriendo plazo de cinco días hábiles para las posibles subsanaciones por
parte de las personas excluidas. Se publicarán en sede electrónica los listados
provisionales de admitidos y excluidos. Transcurrido el plazo de subsanaciones, se
publicará también en sede electrónica el listado definitivo de admitidos y excluidos.
4. La renuncia parcial a la solicitud de participación en un concurso se permitirá
hasta la fecha en la que se reúna la comisión de valoración del concurso. De la fecha de
la reunión se dará publicidad con suficiente antelación en la sede electrónica.
5. En sede electrónica se publicará con suficiente antelación la fecha de publicación
de los listados provisionales valoración de méritos. El desistimiento de la solicitud
realizada (implica el desistimiento de la solicitud en sí misma, incluyendo la totalidad de
los puestos solicitados): se admitirá hasta al día anterior a la fecha de publicación de los
listados. Los listados provisionales valoración de méritos se publicarán también en la
sede electrónica.
cve: BOE-A-2022-10699
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 154