III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. Convenios colectivos de trabajo. (BOE-A-2022-10742)
Resolución de 14 de junio de 2022, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el XXIII Convenio colectivo de contratas ferroviarias.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 154
Martes 28 de junio de 2022
Sec. III. Pág. 91086
c) La persona trabajadora podrá solicitar licencias no retribuidas que deberán ser
autorizadas expresamente por la Empresa.
d) Las víctimas de violencia de género, siempre que tengan esa consideración legal
reconocida tendrá derecho a las licencias sin sueldo que resulten necesario/as para
asistir a los servicios sociales, policiales o de salud, con la acreditación de su necesidad.
En todos los casos anteriores las personas trabajadoras deberán avisar con la
suficiente antelación para poder disfrutar de las indicadas licencias.
TÍTULO IV
Retribuciones económicas
CAPÍTULO I
Retribuciones salariales
Artículo 30. Salarios.
Los salarios del personal comprendidos en el ámbito de aplicación de este convenio,
quedan establecidos exclusivamente en las tablas salariales para los años 2022, 2023,
2024, 2025 que constan y que se corresponden con el importe salarial mensual señalado
para los diferentes niveles salariales y con la jornada ordinaria pactada.
El pago del salario se hará puntualmente el último día hábil de cada mes. El recibo
del salario se entregará como máximo el día 5 del mes siguiente, en sobre cerrado, por
e-mail o aplicaciones informáticas (APPS) a quien lo solicite.
Artículo 31. Antigüedad.
Los cuatrienios vencidos antes del 31 de diciembre de 2013, mantendrán su cuantía
e integrarán el concepto de antigüedad consolidada, a excepción de que haya un cambio
de nivel salarial o modificación de jornada, que la cuantía será la adecuada al nuevo
nivel retributivo o en su caso a la proporción de la nueva jornada empleada. Esta
excepción entró en vigor a partir del día 1 de enero de 2019.
Los tramos de antigüedad que se hayan producido desde el último cuatrienio vencido
se computarán para el nuevo módulo de quinquenios, todo ello de conformidad con el
XXI Convenio Colectivo de contratas ferroviarias.
Por cada quinquenio vencido la persona trabajadora tendrá derecho a percibir la
cantidad que, según nivel, se indica en las tablas salariales.
El importe de cada quinquenio se hará efectivo en la nómina del mes de su
vencimiento, siendo devengado desde el primer día del mes en que se cumpla.
El concepto de antigüedad comprenderá tanto antigüedad consolidada hasta el 31 de
diciembre de 2013 como la antigüedad que se devengue en quinquenios a partir de esa
fecha.
El valor de los cuatrienios para el cálculo de la antigüedad consolidada es de:
Nivel
Valor mensual.
1
2
3
4
5
6
55,85 €
49,12 €
46,50 €
42,93
39,25 €
37,22 €
Sector servicios auxiliares:
Nivel
Valor mensual.
3
4
5
41,67 €
40,69 €
39,60 €
cve: BOE-A-2022-10742
Verificable en https://www.boe.es
Sector de limpieza:
Núm. 154
Martes 28 de junio de 2022
Sec. III. Pág. 91086
c) La persona trabajadora podrá solicitar licencias no retribuidas que deberán ser
autorizadas expresamente por la Empresa.
d) Las víctimas de violencia de género, siempre que tengan esa consideración legal
reconocida tendrá derecho a las licencias sin sueldo que resulten necesario/as para
asistir a los servicios sociales, policiales o de salud, con la acreditación de su necesidad.
En todos los casos anteriores las personas trabajadoras deberán avisar con la
suficiente antelación para poder disfrutar de las indicadas licencias.
TÍTULO IV
Retribuciones económicas
CAPÍTULO I
Retribuciones salariales
Artículo 30. Salarios.
Los salarios del personal comprendidos en el ámbito de aplicación de este convenio,
quedan establecidos exclusivamente en las tablas salariales para los años 2022, 2023,
2024, 2025 que constan y que se corresponden con el importe salarial mensual señalado
para los diferentes niveles salariales y con la jornada ordinaria pactada.
El pago del salario se hará puntualmente el último día hábil de cada mes. El recibo
del salario se entregará como máximo el día 5 del mes siguiente, en sobre cerrado, por
e-mail o aplicaciones informáticas (APPS) a quien lo solicite.
Artículo 31. Antigüedad.
Los cuatrienios vencidos antes del 31 de diciembre de 2013, mantendrán su cuantía
e integrarán el concepto de antigüedad consolidada, a excepción de que haya un cambio
de nivel salarial o modificación de jornada, que la cuantía será la adecuada al nuevo
nivel retributivo o en su caso a la proporción de la nueva jornada empleada. Esta
excepción entró en vigor a partir del día 1 de enero de 2019.
Los tramos de antigüedad que se hayan producido desde el último cuatrienio vencido
se computarán para el nuevo módulo de quinquenios, todo ello de conformidad con el
XXI Convenio Colectivo de contratas ferroviarias.
Por cada quinquenio vencido la persona trabajadora tendrá derecho a percibir la
cantidad que, según nivel, se indica en las tablas salariales.
El importe de cada quinquenio se hará efectivo en la nómina del mes de su
vencimiento, siendo devengado desde el primer día del mes en que se cumpla.
El concepto de antigüedad comprenderá tanto antigüedad consolidada hasta el 31 de
diciembre de 2013 como la antigüedad que se devengue en quinquenios a partir de esa
fecha.
El valor de los cuatrienios para el cálculo de la antigüedad consolidada es de:
Nivel
Valor mensual.
1
2
3
4
5
6
55,85 €
49,12 €
46,50 €
42,93
39,25 €
37,22 €
Sector servicios auxiliares:
Nivel
Valor mensual.
3
4
5
41,67 €
40,69 €
39,60 €
cve: BOE-A-2022-10742
Verificable en https://www.boe.es
Sector de limpieza: