III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Convenios. (BOE-A-2022-10645)
Resolución de 20 de junio de 2022, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se publica el Convenio con la Fundación Biodiversidad, F.S.P., como entidad colaboradora para la gestión de las ayudas previstas en el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, para el impulso de la economía circular.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 153

Lunes 27 de junio de 2022

Sec. III. Pág. 90482

Atendiendo a la naturaleza de las actividades, la entidad colaboradora podrá
subcontratar hasta el 80% del importe total de la inversión. Dicha subcontratación se
ajustará, en todo caso, a lo dispuesto en el artículo 29 de la Ley 38/2003 de 17 de
noviembre y en el artículo 68 de su Reglamento, aprobado por Real Decreto 887/2006,
de 21 de julio.
Cuarta.

Obligaciones del órgano concedente.

El órgano concedente supervisará las actuaciones de la entidad colaboradora
teniendo que llevar a cabo las siguientes actuaciones:
a) Elaborar, aprobar y publicar las bases reguladoras y la convocatoria para la
concesión de ayudas al impulso de la economía circular incluyendo la publicación en la
Base de Datos Nacional de Subvenciones y sus consecuentes tramitaciones.
b) Aportar a favor de la entidad colaboradora la compensación económica
acordada, establecida en la cláusula quinta de este convenio.
c) Participar en la Comisión de evaluación de las ayudas, en la forma establecida
en las bases reguladoras.
d) Supervisar el control de ejecución y el control financiero de la convocatoria,
realizado por la entidad colaboradora.
e) Realizar el ingreso que corresponda a cada beneficiario en cumplimiento de lo
establecido en la convocatoria.
Quinta.

Compensación económica a la entidad colaboradora.

Para la financiación de los gastos de gestión y administración, debidamente
justificados, en los que incurra la entidad colaboradora con motivo de la realización de
las actividades establecidas en la cláusula tercera, se establece una compensación
económica total máxima de ocho millones de euros con cargo al presupuesto del FRER,
previamente transferidos desde los Presupuestos Generales del Estado (aplicación
presupuestaria 23.50.450F.745 «Aportación al FRER para Estrategia de Economía
Circular). Esta cantidad supone el 4% del crédito total asignado a las subvenciones.
El pago se realizará mediante transferencia bancaria a la cuenta que indique la FB,
en los siguientes plazos:

Año

Importe

2022

1.920.000,00

2023

1.520.000,00

2024

1.520.000,00

2025

1.520.000,00

2026

1.520.000,00

Total.

8.000.000,00

No se establece régimen alguno de garantía al no apreciarse riesgo de
incumplimiento de las obligaciones asumidas en virtud de este Convenio.

cve: BOE-A-2022-10645
Verificable en https://www.boe.es

– Un primer pago por el 5 por ciento del importe total de la compensación
económica, tras la firma del presente convenio (400.000 €).
– La cuantía restante hasta completar el 100 por ciento del importe total de la
compensación económica, en partes iguales en el último trimestre de cada ejercicio
hasta la finalización de la vigencia del convenio (1.520.000 €).