III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Comunitat Valenciana. Convenio. (BOE-A-2022-10644)
Resolución de 17 de junio de 2022, de la Dirección General de Biodiversidad, Bosques y Desertificación, por la que se publica el Convenio con la Generalitat Valenciana, para la coordinación de acciones de gestión y seguimiento en espacios colindantes de la Red Natura 2000 marinos y terrestres.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 153

Lunes 27 de junio de 2022

Sec. III. Pág. 90473

Tercero.
Así mismo, la Ley 41/2010, de 29 de diciembre, de protección del medio marino
establece que corresponde a la AGE la declaración y gestión de las Zonas Especiales de
Conservación y de las Zonas de Especial Protección para las Aves en el medio marino.
Cuarto.
Atendiendo a este marco de distribución competencial, la AGE y la Generalitat
Valenciana revisaron la situación de los espacios de la Red Natura 2000 marinos y
marítimo-terrestres propuestos como LIC o declarados ZEPA por la Generalitat y como
resultado de esta revisión, la Generalitat Valenciana adoptó el Acuerdo de 25 de abril, del
Consell, por el que se adecuan los espacios protegidos de la Red Natura 2000 marinos y
marítimo-terrestres al reparto de competencias en medio marino establecido en la
ley 42/2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad.
En virtud del citado acuerdo:
– La Generalitat reconoce la competencia de la AGE para la declaración y gestión de
los espacios situados íntegramente en aguas marinas.
– En los casos de espacios marítimo-terrestres en los que no ha sido posible
constatar la existencia de continuidad ecológica, se ha procedido a segregarlos,
resultando un espacio terrestre de competencia autonómica y otro marino de
competencia estatal.
– En el resto de espacios marítimo-terrestres la Generalitat ha elaborado informes
que demuestran la continuidad ecológica, todos los cuales han sido evaluados y
confirmados por el Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, de
modo que se ha constatado la competencia autonómica de los mismos.
Quinto.
Como consecuencia de este proceso de redefinición de los órganos gestores de
estos espacios de la Red Natura 2000, se producen situaciones en las que la gestión de
espacios terrestres y marinos colindantes corresponde a dos administraciones públicas
distintas. En estos casos, para la adecuada consecución de los objetivos de protección y
conservación de estos espacios, es especialmente relevante la existencia de una
comunicación fluida, el fomento de la colaboración y la coordinación entre ambas
administraciones.
Sexto.

En virtud de lo expuesto, y de común acuerdo, el Ministerio para la Transición
Ecológica y el Reto Demográfico y la Generalitat Valenciana suscriben el presente
Convenio con sujeción a las siguientes
CLÁUSULAS
Primera. Objeto.
El presente Convenio tiene por objeto el establecimiento de un marco de actuación
conjunto del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico y la

cve: BOE-A-2022-10644
Verificable en https://www.boe.es

Con tal propósito, al amparo del artículo 3. k) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de
Régimen Jurídico del Sector Público, que establece los principios generales de
cooperación, colaboración y coordinación entre las administraciones públicas, se prevé
la celebración de este Convenio como instrumento que articula las relaciones entre la
AGE y la Generalitat Valenciana en materia de gestión de espacios de la Red
Natura 2000 terrestres y marinos colindantes.