III. Otras disposiciones. AGENCIA ESPAÑOLA DE PROTECCIÓN DE DATOS. Premios. (BOE-A-2022-10665)
Resolución de 16 de junio de 2022, de la Agencia Española de Protección de Datos, por la que se aprueban las bases reguladoras y se convoca el Premio a las Iniciativas y Buenas Prácticas para una Mayor Protección de las Mujeres frente a la Violencia Digital.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 153

Lunes 27 de junio de 2022

Sec. III. Pág. 90635

– Tamaño máximo permitido para un documento: 5MB. Si supera el tamaño máximo
de fichero se deberá fraccionar.
– El máximo de ficheros a adjuntar en un mismo envío es 4. El tamaño total de los
documentos adjuntados no puede ser superior a 15 MB. Si son varios ficheros y exceden
de 4, se deberá realizar un primer envío con los 4 primeros, y sucesivos envíos
adjuntando más ficheros con la opción de «Ampliación de documentación de registro de
entrada», donde se debe indicar el número de registro sobre el que se añaden los
nuevos documentos.
Séptima.

Subsanación.

De acuerdo con lo establecido en el artículo 68 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre,
del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, si la solicitud
de iniciación no reúne los requisitos que señala el artículo 66 y, en su caso, los que
señala el artículo 67, u otros exigidos por la legislación específica aplicable, se requerirá
al interesado para que, en un plazo de diez días, subsane la falta o acompañe los
documentos preceptivos, con indicación de que, si así no lo hiciera, se le tendrá por
desistido de su petición, previa resolución que deberá ser dictada en los términos
previstos en el artículo 21 de la citada ley 39/2015, de 1 de octubre.
Octava. Criterios de valoración.
Los trabajos se valorarán atendiendo a los siguientes criterios, siendo la puntuación
máxima de 100 puntos:
– Grado de adecuación del proyecto al objeto del premio, primando las iniciativas y
buenas prácticas que desarrollen actividades, productos o servicios dirigidos a prevenir
la violencia digital contra la mujer, especialmente en el ámbito juvenil (puntuación hasta
un máximo de 35 puntos).
– Relevancia, innovación, e impacto del proyecto en la lucha contra la violencia
digital de género en las empresas privadas y entidades del sector público (puntuación
hasta un máximo de 35 puntos).
– Grado de cumplimiento de los proyectos (puntuación hasta un máximo de 30
puntos).
La valoración final resultará de la suma de las correspondientes notas parciales.
Novena. Órgano instructor.
La instrucción del procedimiento de concesión del Premio a las Iniciativas y Buenas
Prácticas para una mayor protección de las mujeres frente a la violencia digital
corresponde a la Secretaría General de la AEPD, que comprobará el cumplimiento de los
requisitos y elevará la documentación al jurado para su valoración. Por tratarse de un
premio, dada la naturaleza de este, se prescindirá del trámite de audiencia, conforme
autoriza el artículo 24.4 de la Ley General de Subvenciones.

Su función, de acuerdo con lo previsto por el artículo 22.1 de la Ley General de
Subvenciones, será la de valorar, conforme a los criterios establecidos en la base octava
de la convocatoria, las solicitudes presentadas al premio. Realizada la valoración, el
jurado emitirá el correspondiente informe, proponiendo la concesión del premio al órgano
concedente de la subvención.
El jurado estará compuesto por:
– Presidenta: la directora de la Agencia Española de Protección de Datos.
– Vocales: los miembros del Consejo Consultivo que se encuentren ejerciendo su
mandato en el momento de efectuarse el fallo.

cve: BOE-A-2022-10665
Verificable en https://www.boe.es

Décima. Jurado.