I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA. Organización. (BOE-A-2022-10450)
Orden TMA/572/2022, de 20 de junio, por la que se crea y regula el funcionamiento del Comité antifraude del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 150

Viernes 24 de junio de 2022
Artículo 2.

Sec. I. Pág. 88427

Fines.

El Comité antifraude tiene como fin el seguimiento, evaluación, revisión y, en su
caso, actualización del Plan de Medidas Antifraude, complementando la estructura de
control ya existente, de forma que se garantice que el proceso de ejecución de las
actuaciones a las que resulta de aplicación el Plan se lleve a cabo conforme a las
normas aplicables en materia de prevención, detección y corrección del fraude, la
corrupción y los conflictos de intereses.
Artículo 3. Composición.
1.

Formarán parte del órgano colegiado los siguientes miembros:

2. En los casos de vacante, ausencia o enfermedad y, en general, cuando concurra
alguna causa justificada, quienes integren el Comité podrán ser sustituidos por un
representante del mismo Ministerio, que deberá tener rango adecuado al nivel de toma
de decisiones del Comité antifraude.
3. La participación en el Comité antifraude no generará gastos en aplicación del
Real Decreto 462/2002, de 24 de mayo, sobre indemnizaciones por razón del servicio.

cve: BOE-A-2022-10450
Verificable en https://www.boe.es

a) La persona titular de la Dirección General de Organización e Inspección, que lo
presidirá.
b) La persona titular de la Subdirección General de Inspección de los Servicios y
Atención al Ciudadano, como Unidad de control interno a los efectos del Plan de
Medidas Antifraude.
c) La persona titular del Gabinete de la Secretaria de Estado de Transportes,
Movilidad y Agenda Urbana.
d) La persona titular del Gabinete técnico del Subsecretario de Transportes,
Movilidad y Agenda Urbana.
e) La persona titular de la Oficina Presupuestaria.
f) La persona titular de la Subdirección General de Administración y Gestión
Financiera.
g) La persona titular de la Subdirección General de Planificación, Red
Transeuropea y Logística.
h) Un asesor o vocal asesor del Gabinete de la Secretaria de Estado de
Transportes, Movilidad y Agenda Urbana.
i) La persona titular de la Unidad temporal PRTR de la Subsecretaría de
Transportes, Movilidad y Agenda Urbana.
j) Las personas titulares de órganos gestores de proyecto que sean convocados,
según las materias a tratar de acuerdo con el orden del día de cada reunión.
k) Una persona representante de la Abogacía del Estado en MITMA, a título
consultivo/asesor.
l) Una persona representante de la Intervención Delegada en MITMA, a título
consultivo/asesor.
La participación del representante de la intervención delegada no afectará en ningún
caso al ejercicio de las funciones de control que correspondan a dicho órgano. Si por
alguna circunstancia no resultara posible garantizar la compatibilidad de la participación
con el ejercicio independiente de las funciones de control, no procederá la presencia del
representante de la intervención a dicha sesión, salvo que dicha circunstancia quedara
subsanada.
m) Una persona funcionaria de carrera del subgrupo A1 de la Dirección General de
Organización e Inspección, que asumirá las funciones de secretaría y participará en las
reuniones con voz y sin voto.