I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES, UNIÓN EUROPEA Y COOPERACIÓN. Tratados internacionales. (BOE-A-2022-10449)
Enmiendas de 2020 al Código marítimo internacional de mercancías peligrosas (Código IMDG) adoptadas en Londres el 11 de noviembre de 2020 mediante la Resolución MSC.477(102).
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 150
Viernes 24 de junio de 2022
Sec. I. Pág. 87442
Pila de combustible: dispositivo electroquímico que convierte la energía química de un combustible en
energía eléctrica, calor y productos de reacción.
Presión de ensayo: presión necesaria aplicada durante un ensayo de presión para la obtención o la renovación de la aprobación (por lo que respecta a las cisternas portátiles, véase 6.7.2.1).
Presión de servicio: presión fija de un gas comprimido a una temperatura de referencia de 15 °C en un
recipiente a plena presión.
Presión fija: presión del contenido de un recipiente a presión en equilibrio térmico y difusivo.
Presión máxima en condiciones normales: para el transporte de materiales radiactivos, la presión máxima
por encima de la presión atmosférica al nivel medio del mar que se desarrollaría en el sistema de contención
durante un periodo de un año en las condiciones de temperatura y de radiación solar correspondientes a
las condiciones ambientales en que tiene lugar el transporte en ausencia de venteo, de refrigeración externa
mediante un sistema auxiliar o de controles operacionales durante el transporte.
Producto alimenticio: esta expresión incluye los productos alimenticios, los piensos u otras sustancias
comestibles que se destinan al consumo humano o animal.
Punto de inflamación: temperatura más baja de un líquido a la que sus vapores forman con el aire una mezcla
inflamable.
Razón de llenado: relación entre la masa de gas y la masa de agua a 15 °C que llenaría totalmente un
recipiente a presión preparado y dispuesto para su uso.
Recipiente: receptáculo de contención destinado a recibir y contener sustancias u objetos, incluido cualquier
dispositivo de cierre que lleve.
Recipiente a presión: categoría genérica que incluye botellas, tubos, bidones a presión, recipientes criogénicos cerrados, dispositivos de almacenamiento con hidruro metálico, bloques de botellas y recipientes a
presión para fines de salvamento.
Recipiente a presión para fines de salvamento: un recipiente a presión con una capacidad de agua no superior
a 3 000 ℓ destinado a contener uno o varios recipientes a presión que han quedado dañados, que presentan
defectos o fugas o que no son conformes, a fin de transportarlos, por ejemplo, para su recuperación o eliminación.
Recipiente criogénico: recipiente transportable y térmicamente aislado destinado al transporte de gases
licuados refrigerados, de una capacidad (en agua) no superior a 1 000 ℓ .
Recipiente criogénico abierto: recipiente transportable y térmicamente aislado destinado al transporte de gases
licuados refrigerados, mantenido a presión atmosférica mediante el venteo continuo del gas licuado refrigerado.
Recipiente interior: recipiente que debe estar provisto de un embalaje/envase exterior para desempeñar su
función de contención.
Recipientes intermedios para graneles (RIG): embalajes/envases portátiles, rígidos o flexibles, distintos de
los que se especifican en el capítulo 6.1, que:
tienen una capacidad:
.1
no superior a 3 m3 (3 000 ℓ) para sólidos y líquidos de los grupos de embalaje/envase II y III;
.2
no superior a 1,5 m3 para sólidos del grupo de embalaje/envase I que se transporten en RIG
flexibles, de plástico rígido, compuestos, de cartón o de madera;
.3
no superior a 3 m3 para sólidos del grupo de embalaje/envase I cuando se transporten en RIG de
metal;
.4
no superior a 3 m3 para el material radiactivo de la clase 7;
.2
están proyectados para manipulación mecánica; y
.3
pueden resistir los esfuerzos ejercidos en las operaciones de manipulación y transporte, lo cual se
determina mediante pruebas.
RIG reconstruidos: RIG de metal, plástico rígido o compuestos:
.1
fabricados como de tipo ONU a partir de otro que no sea de tipo ONU; o bien
.2
obtenidos de la transformación de un modelo tipo ONU en otro modelo tipo ONU.
Los RIG reconstruidos quedan sujetos a las mismas prescripciones del presente código aplicables a los RIG
nuevos del mismo tipo (véase asimismo la definición de modelo tipo en 6.5.6.1.1).
RIG reparados: RIG de metal, plástico rígido o compuestos que, como consecuencia de un golpe o por
cualquier otra causa (por ejemplo, corrosión, fisuración o cualquier otro signo de reducción de resistencia en
cve: BOE-A-2022-10449
Verificable en https://www.boe.es
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Núm. 150
Viernes 24 de junio de 2022
Sec. I. Pág. 87442
Pila de combustible: dispositivo electroquímico que convierte la energía química de un combustible en
energía eléctrica, calor y productos de reacción.
Presión de ensayo: presión necesaria aplicada durante un ensayo de presión para la obtención o la renovación de la aprobación (por lo que respecta a las cisternas portátiles, véase 6.7.2.1).
Presión de servicio: presión fija de un gas comprimido a una temperatura de referencia de 15 °C en un
recipiente a plena presión.
Presión fija: presión del contenido de un recipiente a presión en equilibrio térmico y difusivo.
Presión máxima en condiciones normales: para el transporte de materiales radiactivos, la presión máxima
por encima de la presión atmosférica al nivel medio del mar que se desarrollaría en el sistema de contención
durante un periodo de un año en las condiciones de temperatura y de radiación solar correspondientes a
las condiciones ambientales en que tiene lugar el transporte en ausencia de venteo, de refrigeración externa
mediante un sistema auxiliar o de controles operacionales durante el transporte.
Producto alimenticio: esta expresión incluye los productos alimenticios, los piensos u otras sustancias
comestibles que se destinan al consumo humano o animal.
Punto de inflamación: temperatura más baja de un líquido a la que sus vapores forman con el aire una mezcla
inflamable.
Razón de llenado: relación entre la masa de gas y la masa de agua a 15 °C que llenaría totalmente un
recipiente a presión preparado y dispuesto para su uso.
Recipiente: receptáculo de contención destinado a recibir y contener sustancias u objetos, incluido cualquier
dispositivo de cierre que lleve.
Recipiente a presión: categoría genérica que incluye botellas, tubos, bidones a presión, recipientes criogénicos cerrados, dispositivos de almacenamiento con hidruro metálico, bloques de botellas y recipientes a
presión para fines de salvamento.
Recipiente a presión para fines de salvamento: un recipiente a presión con una capacidad de agua no superior
a 3 000 ℓ destinado a contener uno o varios recipientes a presión que han quedado dañados, que presentan
defectos o fugas o que no son conformes, a fin de transportarlos, por ejemplo, para su recuperación o eliminación.
Recipiente criogénico: recipiente transportable y térmicamente aislado destinado al transporte de gases
licuados refrigerados, de una capacidad (en agua) no superior a 1 000 ℓ .
Recipiente criogénico abierto: recipiente transportable y térmicamente aislado destinado al transporte de gases
licuados refrigerados, mantenido a presión atmosférica mediante el venteo continuo del gas licuado refrigerado.
Recipiente interior: recipiente que debe estar provisto de un embalaje/envase exterior para desempeñar su
función de contención.
Recipientes intermedios para graneles (RIG): embalajes/envases portátiles, rígidos o flexibles, distintos de
los que se especifican en el capítulo 6.1, que:
tienen una capacidad:
.1
no superior a 3 m3 (3 000 ℓ) para sólidos y líquidos de los grupos de embalaje/envase II y III;
.2
no superior a 1,5 m3 para sólidos del grupo de embalaje/envase I que se transporten en RIG
flexibles, de plástico rígido, compuestos, de cartón o de madera;
.3
no superior a 3 m3 para sólidos del grupo de embalaje/envase I cuando se transporten en RIG de
metal;
.4
no superior a 3 m3 para el material radiactivo de la clase 7;
.2
están proyectados para manipulación mecánica; y
.3
pueden resistir los esfuerzos ejercidos en las operaciones de manipulación y transporte, lo cual se
determina mediante pruebas.
RIG reconstruidos: RIG de metal, plástico rígido o compuestos:
.1
fabricados como de tipo ONU a partir de otro que no sea de tipo ONU; o bien
.2
obtenidos de la transformación de un modelo tipo ONU en otro modelo tipo ONU.
Los RIG reconstruidos quedan sujetos a las mismas prescripciones del presente código aplicables a los RIG
nuevos del mismo tipo (véase asimismo la definición de modelo tipo en 6.5.6.1.1).
RIG reparados: RIG de metal, plástico rígido o compuestos que, como consecuencia de un golpe o por
cualquier otra causa (por ejemplo, corrosión, fisuración o cualquier otro signo de reducción de resistencia en
cve: BOE-A-2022-10449
Verificable en https://www.boe.es
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