I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES, UNIÓN EUROPEA Y COOPERACIÓN. Tratados internacionales. (BOE-A-2022-10449)
Enmiendas de 2020 al Código marítimo internacional de mercancías peligrosas (Código IMDG) adoptadas en Londres el 11 de noviembre de 2020 mediante la Resolución MSC.477(102).
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 150
Viernes 24 de junio de 2022
Sec. I. Pág. 87438
Por lo que respecta a los contenedores para el transporte de material radiactivo, podrá utilizarse un contenedor como embalaje/envase. Además, por contenedor pequeño se entenderá un contenedor cuyo volumen
interno no exceda de 3 m3. Por contenedor grande se entenderá un contenedor cuyo volumen interno sea
superior a 3 m3.
Contenedores de gas de elementos múltiples (CGEM): montajes multimodales de botellas, tubos o bloques
de botellas interconectados por una tubería colectora y montados dentro de una estructura. El CGEM incluye
el equipo de servicio y los elementos estructurales necesarios para el transporte de gases.
Contenedor para graneles: sistema de contención (incluido cualquier revestimiento o forro) destinado al
transporte de sustancias sólidas que están en contacto directo con dicho sistema de contención. No se
incluyen en la definición los embalajes/envases, los recipientes intermedios para graneles (RIG), los embalajes/envases de gran tamaño ni las cisternas portátiles.
Los contenedores para graneles:
–
serán de carácter permanente y, por tanto, suficientemente resistentes para permitir su uso repetido;
–
estarán especialmente proyectados para facilitar el transporte de mercancías por uno o varios modos
de transporte, sin ruptura de la carga;
–
irán provistos de dispositivos que faciliten su manipulación; y
–
tendrán una capacidad de al menos 1 m3.
Los contenedores para graneles pueden ser, por ejemplo, los contenedores, los contenedores para graneles
en instalaciones mar adentro, los contenedores con volquete, las tolvas, las cajas amóviles, los contenedores
acanalados, los contenedores con sistema de rodadura, los compartimientos de carga de vehículos y los
contenedores para graneles flexibles.
Contenedor para graneles en instalaciones mar adentro: contenedor para graneles especialmente proyectado para utilizarse de manera repetida en el transporte de mercancías peligrosas desde o hacia instalaciones mar adentro, o entre ellas. Dicho contenedor debe estar concebido y construido de conformidad con
la circular MSC/Circ.860, titulada «Directrices para la aprobación de contenedores para instalaciones mar
adentro manipulados en mar abierta».
Contenido radiactivo: para el transporte de materiales radiactivos, los materiales radiactivos junto con los
sólidos, líquidos y gases contaminados o activados que puedan encontrarse dentro del embalaje/envase.
Cubierta de intemperie: cubierta totalmente expuesta a la intemperie por arriba y por dos costados cuando
menos.
Desechos: sustancias, soluciones, mezclas u objetos que contienen uno o varios constituyentes a los que
se les aplica lo dispuesto en el presente código, o que están contaminados por tales constituyentes, y
para los que no se tiene previsto un uso directo sino que se transportan para su vertimiento, incineración o
eliminación por cualquier otro método.
Detector de radiación neutrónica: dispositivo que detecta la radiación neutrónica. Este dispositivo puede
contener un gas en un transductor de tubo electrónico herméticamente sellado que convierte la radiación
neutrónica en una señal eléctrica mensurable.
Diseño: para el transporte de materiales radiactivos, la descripción de las sustancias fisionables exceptuadas
en virtud de lo dispuesto en 2.7.2.3.5.6, los materiales radiactivos en forma especial, materiales radiactivos
de baja dispersión, bulto o embalaje/envase, que permita la perfecta identificación de tales elementos. Esta
descripción podrá comprender especificaciones, planos técnicos, informes que acrediten el cumplimiento
de los requisitos reglamentarios, y cualesquiera otros documentos pertinentes.
Dispositivo de almacenamiento con hidruro metálico: un dispositivo unitario y completo para el almacenamiento de hidrógeno, formado por un recipiente, hidruro metálico, un dispositivo reductor de presión,
una válvula de cierre, equipo de servicio y componentes internos, destinado únicamente al transporte de
hidrógeno.
Duración de servicio: para las botellas y los tubos compuestos, el número de años que la botella o el tubo
puede permanecer en servicio.
Embalaje/envase: uno o más recipientes y todos los demás elementos o materiales necesarios para que los
recipientes puedan desempeñar su función de contención y demás funciones de seguridad.
cve: BOE-A-2022-10449
Verificable en https://www.boe.es
Disposición alternativa: aprobación otorgada por la autoridad competente para una cisterna portátil o un
contenedor de gas de elementos múltiples (CGEM) que hayan sido diseñados, construidos o ensayados de
acuerdo con requisitos técnicos o métodos de ensayo distintos de los especificados en el presente código
(véase, por ejemplo, 6.7.5.11.1).
Núm. 150
Viernes 24 de junio de 2022
Sec. I. Pág. 87438
Por lo que respecta a los contenedores para el transporte de material radiactivo, podrá utilizarse un contenedor como embalaje/envase. Además, por contenedor pequeño se entenderá un contenedor cuyo volumen
interno no exceda de 3 m3. Por contenedor grande se entenderá un contenedor cuyo volumen interno sea
superior a 3 m3.
Contenedores de gas de elementos múltiples (CGEM): montajes multimodales de botellas, tubos o bloques
de botellas interconectados por una tubería colectora y montados dentro de una estructura. El CGEM incluye
el equipo de servicio y los elementos estructurales necesarios para el transporte de gases.
Contenedor para graneles: sistema de contención (incluido cualquier revestimiento o forro) destinado al
transporte de sustancias sólidas que están en contacto directo con dicho sistema de contención. No se
incluyen en la definición los embalajes/envases, los recipientes intermedios para graneles (RIG), los embalajes/envases de gran tamaño ni las cisternas portátiles.
Los contenedores para graneles:
–
serán de carácter permanente y, por tanto, suficientemente resistentes para permitir su uso repetido;
–
estarán especialmente proyectados para facilitar el transporte de mercancías por uno o varios modos
de transporte, sin ruptura de la carga;
–
irán provistos de dispositivos que faciliten su manipulación; y
–
tendrán una capacidad de al menos 1 m3.
Los contenedores para graneles pueden ser, por ejemplo, los contenedores, los contenedores para graneles
en instalaciones mar adentro, los contenedores con volquete, las tolvas, las cajas amóviles, los contenedores
acanalados, los contenedores con sistema de rodadura, los compartimientos de carga de vehículos y los
contenedores para graneles flexibles.
Contenedor para graneles en instalaciones mar adentro: contenedor para graneles especialmente proyectado para utilizarse de manera repetida en el transporte de mercancías peligrosas desde o hacia instalaciones mar adentro, o entre ellas. Dicho contenedor debe estar concebido y construido de conformidad con
la circular MSC/Circ.860, titulada «Directrices para la aprobación de contenedores para instalaciones mar
adentro manipulados en mar abierta».
Contenido radiactivo: para el transporte de materiales radiactivos, los materiales radiactivos junto con los
sólidos, líquidos y gases contaminados o activados que puedan encontrarse dentro del embalaje/envase.
Cubierta de intemperie: cubierta totalmente expuesta a la intemperie por arriba y por dos costados cuando
menos.
Desechos: sustancias, soluciones, mezclas u objetos que contienen uno o varios constituyentes a los que
se les aplica lo dispuesto en el presente código, o que están contaminados por tales constituyentes, y
para los que no se tiene previsto un uso directo sino que se transportan para su vertimiento, incineración o
eliminación por cualquier otro método.
Detector de radiación neutrónica: dispositivo que detecta la radiación neutrónica. Este dispositivo puede
contener un gas en un transductor de tubo electrónico herméticamente sellado que convierte la radiación
neutrónica en una señal eléctrica mensurable.
Diseño: para el transporte de materiales radiactivos, la descripción de las sustancias fisionables exceptuadas
en virtud de lo dispuesto en 2.7.2.3.5.6, los materiales radiactivos en forma especial, materiales radiactivos
de baja dispersión, bulto o embalaje/envase, que permita la perfecta identificación de tales elementos. Esta
descripción podrá comprender especificaciones, planos técnicos, informes que acrediten el cumplimiento
de los requisitos reglamentarios, y cualesquiera otros documentos pertinentes.
Dispositivo de almacenamiento con hidruro metálico: un dispositivo unitario y completo para el almacenamiento de hidrógeno, formado por un recipiente, hidruro metálico, un dispositivo reductor de presión,
una válvula de cierre, equipo de servicio y componentes internos, destinado únicamente al transporte de
hidrógeno.
Duración de servicio: para las botellas y los tubos compuestos, el número de años que la botella o el tubo
puede permanecer en servicio.
Embalaje/envase: uno o más recipientes y todos los demás elementos o materiales necesarios para que los
recipientes puedan desempeñar su función de contención y demás funciones de seguridad.
cve: BOE-A-2022-10449
Verificable en https://www.boe.es
Disposición alternativa: aprobación otorgada por la autoridad competente para una cisterna portátil o un
contenedor de gas de elementos múltiples (CGEM) que hayan sido diseñados, construidos o ensayados de
acuerdo con requisitos técnicos o métodos de ensayo distintos de los especificados en el presente código
(véase, por ejemplo, 6.7.5.11.1).