I. Disposiciones generales. COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CATALUÑA. Medidas urgentes. (BOE-A-2022-10453)
Decreto-ley 5/2022, de 17 de mayo, de medidas urgentes para contribuir a paliar los efectos del conflicto bélico de Ucrania en Cataluña y de actualización de determinadas medidas adoptadas durante la pandemia de la COVID-19.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 150
Viernes 24 de junio de 2022
Sec. I. Pág. 88499
Disposición transitoria segunda. Cómputo de ingresos de los beneficiarios y
beneficiarias de la prestación económica prevista al artículo 21 de la Ley 13/2006,
del 27 de julio, de prestaciones sociales de carácter económico.
De manera extraordinaria y durante los meses que el Estado mantenga vigente el
artículo 45 del Real Decreto-ley 6/2022, de 29 de marzo, por el cual se adoptan medidas
urgentes en el marco del Plan Nacional de respuesta a las consecuencias económicas y
sociales de la guerra en Ucrania, el incremento del 15% en el importe del Ingreso Mínimo
Vital no computará como ingresos y, por lo tanto, no se deducirá de la prestación
económica complementaria a las ayudas, las pensiones y las prestaciones estatales
prevista en el artículo 21 de la Ley 13/2006, de 27 de julio, de prestaciones sociales.
1. Se deroga el artículo 7 del Decreto-ley 26/2020, de 23 de junio, de medidas
extraordinarias en materia sanitaria y administrativa.
2. Se derogan los artículos 1, 3, 4, 5, 7, 8 y 9, y la disposición adicional primera del
Decreto-ley 29/2020, de 28 de julio, por el que se adoptan medidas presupuestarias en
relación con el despliegue de las actuaciones de atención social, ordenación y refuerzo
de determinados servicios sociales de carácter residencial y de atención diurna que
prevé el Plan de contingencia para residencias, para hacer frente a los brotes de la
pandemia generada por la COVID-19, por el que se mantiene la vigencia de preceptos
en materia de infancia y adolescencia del Decreto-ley 11/2020, de 7 de abril, por el que
se adoptan medidas económicas, sociales y administrativas para paliar los efectos de la
pandemia generada por la COVID-19 y otras de complementarias, y por el que se
modifica el Decreto-ley 21/2020, de 2 de junio, de medidas urgentes de carácter
económico, cultural y social, bajo el título de medidas de carácter social.
3. Se deroga el artículo 1 del Decreto-ley 19/2020, de 19 de mayo, de medidas
complementarias en materia social y sanitaria para paliar los efectos de la pandemia
generada por la COVID-19.
4. Se deroga el capítulo III del Decreto-ley 21/2020, de 2 de junio, de medidas
urgentes de carácter económico, cultural y social.
5. Se derogan los artículos 1, 2, 3, 4, 5 y 6 y la disposición final primera del
Decreto-ley 35/2020, de 20 de octubre, de modificación del Decreto-ley 19/2020, de 19
de mayo, y del Decreto-ley 29/2020, de 28 de julio, en materia de adopción de medidas
sociales y sanitarias para paliar los efectos de la pandemia generada por la COVID-19.
6. Se derogan los artículos 16 y 17 del Decreto-ley 39/2020, de 3 de noviembre, de
medidas extraordinarias de carácter social para hacer frente a las consecuencias de la
COVID-19.
7. Se deroga el capítulo I del Decreto-ley 47/2020, de 24 de noviembre, de medidas
extraordinarias de carácter económico en el sector de las instalaciones juveniles, de
medidas en el sector de las cooperativas y de modificación del Decreto-ley 39/2020, de 3
de noviembre, de medidas extraordinarias de carácter social para hacer frente a las
consecuencias de la COVID-19, y del Decreto-ley 42/2020, de 10 de noviembre, de
medidas urgentes de apoyo a entidades del tercer sector social.
8. Se deroga la disposición final primera del Decreto-ley 51/2020 de 15 de
diciembre, de modificación del Decreto-ley 39/2020, de 3 de noviembre, de medidas
extraordinarias de carácter social para hacer frente a las consecuencias de la COVID-19,
y del Decreto-ley 49/2020, de 1 de diciembre, de medida urgente complementaria en
materia de empleo y fomento de la actividad económica para hacer frente a las
consecuencias de la mayor afectación en el mercado de trabajo de la COVID-19 en
determinados territorios de Cataluña.
9. Se deroga el Decreto-ley 55/2020, de 29 de diciembre, de medidas
extraordinarias de carácter económico en el sector de las instalaciones juveniles
afectadas por el confinamiento perimetral de determinadas comarcas a raíz de la
COVID-19.
cve: BOE-A-2022-10453
Verificable en https://www.boe.es
Disposición derogatoria.
Núm. 150
Viernes 24 de junio de 2022
Sec. I. Pág. 88499
Disposición transitoria segunda. Cómputo de ingresos de los beneficiarios y
beneficiarias de la prestación económica prevista al artículo 21 de la Ley 13/2006,
del 27 de julio, de prestaciones sociales de carácter económico.
De manera extraordinaria y durante los meses que el Estado mantenga vigente el
artículo 45 del Real Decreto-ley 6/2022, de 29 de marzo, por el cual se adoptan medidas
urgentes en el marco del Plan Nacional de respuesta a las consecuencias económicas y
sociales de la guerra en Ucrania, el incremento del 15% en el importe del Ingreso Mínimo
Vital no computará como ingresos y, por lo tanto, no se deducirá de la prestación
económica complementaria a las ayudas, las pensiones y las prestaciones estatales
prevista en el artículo 21 de la Ley 13/2006, de 27 de julio, de prestaciones sociales.
1. Se deroga el artículo 7 del Decreto-ley 26/2020, de 23 de junio, de medidas
extraordinarias en materia sanitaria y administrativa.
2. Se derogan los artículos 1, 3, 4, 5, 7, 8 y 9, y la disposición adicional primera del
Decreto-ley 29/2020, de 28 de julio, por el que se adoptan medidas presupuestarias en
relación con el despliegue de las actuaciones de atención social, ordenación y refuerzo
de determinados servicios sociales de carácter residencial y de atención diurna que
prevé el Plan de contingencia para residencias, para hacer frente a los brotes de la
pandemia generada por la COVID-19, por el que se mantiene la vigencia de preceptos
en materia de infancia y adolescencia del Decreto-ley 11/2020, de 7 de abril, por el que
se adoptan medidas económicas, sociales y administrativas para paliar los efectos de la
pandemia generada por la COVID-19 y otras de complementarias, y por el que se
modifica el Decreto-ley 21/2020, de 2 de junio, de medidas urgentes de carácter
económico, cultural y social, bajo el título de medidas de carácter social.
3. Se deroga el artículo 1 del Decreto-ley 19/2020, de 19 de mayo, de medidas
complementarias en materia social y sanitaria para paliar los efectos de la pandemia
generada por la COVID-19.
4. Se deroga el capítulo III del Decreto-ley 21/2020, de 2 de junio, de medidas
urgentes de carácter económico, cultural y social.
5. Se derogan los artículos 1, 2, 3, 4, 5 y 6 y la disposición final primera del
Decreto-ley 35/2020, de 20 de octubre, de modificación del Decreto-ley 19/2020, de 19
de mayo, y del Decreto-ley 29/2020, de 28 de julio, en materia de adopción de medidas
sociales y sanitarias para paliar los efectos de la pandemia generada por la COVID-19.
6. Se derogan los artículos 16 y 17 del Decreto-ley 39/2020, de 3 de noviembre, de
medidas extraordinarias de carácter social para hacer frente a las consecuencias de la
COVID-19.
7. Se deroga el capítulo I del Decreto-ley 47/2020, de 24 de noviembre, de medidas
extraordinarias de carácter económico en el sector de las instalaciones juveniles, de
medidas en el sector de las cooperativas y de modificación del Decreto-ley 39/2020, de 3
de noviembre, de medidas extraordinarias de carácter social para hacer frente a las
consecuencias de la COVID-19, y del Decreto-ley 42/2020, de 10 de noviembre, de
medidas urgentes de apoyo a entidades del tercer sector social.
8. Se deroga la disposición final primera del Decreto-ley 51/2020 de 15 de
diciembre, de modificación del Decreto-ley 39/2020, de 3 de noviembre, de medidas
extraordinarias de carácter social para hacer frente a las consecuencias de la COVID-19,
y del Decreto-ley 49/2020, de 1 de diciembre, de medida urgente complementaria en
materia de empleo y fomento de la actividad económica para hacer frente a las
consecuencias de la mayor afectación en el mercado de trabajo de la COVID-19 en
determinados territorios de Cataluña.
9. Se deroga el Decreto-ley 55/2020, de 29 de diciembre, de medidas
extraordinarias de carácter económico en el sector de las instalaciones juveniles
afectadas por el confinamiento perimetral de determinadas comarcas a raíz de la
COVID-19.
cve: BOE-A-2022-10453
Verificable en https://www.boe.es
Disposición derogatoria.