III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE UNIVERSIDADES. Convenios. (BOE-A-2022-10440)
Resolución de 8 de junio de 2022, de la Universidad Internacional Menéndez Pelayo, O.A., M.P., por la que se publica el Convenio con el Consejo General de la Abogacía Española, para la organización del encuentro "El derecho de defensa".
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 149
Jueves 23 de junio de 2022
Sec. III. Pág. 87369
La persona que se encargará de la dirección académica será designada de mutuo
acuerdo entre las partes a propuesta del CGAE y nombrada por el órgano competente
de la UIMP.
El programa definitivo deberá contar con el visto bueno de ambas partes y ser
aprobado por el órgano competente de la UIMP. Las variaciones que posteriormente sea
imprescindible efectuar en cuanto a ponentes o conferencias, por causa de imprevistos o
por motivos de otra índole, deberán ser aprobadas por la comisión de seguimiento del
convenio.
II. La UIMP avalará académicamente este encuentro emitiendo los
correspondientes diplomas a los participantes que cumplan los requisitos mínimos de
asistencia y aprovechamiento establecidos en su normativa interna, así como las
certificaciones académicas que se soliciten. Con tal fin la UIMP se responsabilizará del
control de asistencia de los alumnos.
Será competencia también de la UIMP toda la normativa relativa a criterios de
admisión o cualquier otro asunto relativo al alumnado.
Tercera.
Actuaciones de cada una de las partes. Organización y gestión.
Para la ejecución de este convenio las partes firmantes asumen los siguientes
compromisos de gestión:
a) La UIMP, haciendo uso de su experiencia en la organización de este tipo de
actividades docentes, se encargará, siempre dentro de lo que establezca su normativa
sobre tarifas, procedimientos y demás legislación que le sea aplicable como organismo
público, de:
– Honorarios.
– Alojamiento y manutención.
– Gastos de viaje y transfers.
– Publicidad de la celebración del encuentro dentro del plan general de publicidad de
la UIMP.
– No será necesario servicio de traducción simúltanea.
– Servicio de Secretaría de Alumnos.
– Información y matriculación de alumnos.
– Convocatoria, selección y concesión de becas completas y de medias becas
conforme a las normas vigentes en la UIMP.
– Expedición de diplomas y certificaciones.
– Organización, en su caso, de actos de inauguración y/o clausura y otros actos
protocolarios.
– Recopilación de la documentación del encuentro. Inclusión del encuentro en la
memoria anual de la UIMP.
– Servicio de gabinete de prensa.
– Grabación en vídeo de las sesiones.
– Infraestructura general y medios técnicos necesarios para la organización y
realización del encuentro (locales, equipos audiovisuales e informáticos, servicios de
limpieza, mantenimiento y vigilancia, personal).
– Servicios complementarios: cafetería, actividades culturales complementarias.
b) El CGAE, por su parte, no asume ningún compromiso en la gestión del encuentro,
pero podrá apoyar a la UIMP en la campaña de promoción del mismo, llevando a cabo
cuantas acciones estime convenientes, tales como difusión a través de su propia web, o
mediante la difusión directa del programa entre el público específico, etc., respetando en la
medida de lo posible el diseño de la campaña publicitaria de la UIMP.
cve: BOE-A-2022-10440
Verificable en https://www.boe.es
– En relación con el director, el secretario, los conferenciantes y los participantes en
las mesas redondas:
Núm. 149
Jueves 23 de junio de 2022
Sec. III. Pág. 87369
La persona que se encargará de la dirección académica será designada de mutuo
acuerdo entre las partes a propuesta del CGAE y nombrada por el órgano competente
de la UIMP.
El programa definitivo deberá contar con el visto bueno de ambas partes y ser
aprobado por el órgano competente de la UIMP. Las variaciones que posteriormente sea
imprescindible efectuar en cuanto a ponentes o conferencias, por causa de imprevistos o
por motivos de otra índole, deberán ser aprobadas por la comisión de seguimiento del
convenio.
II. La UIMP avalará académicamente este encuentro emitiendo los
correspondientes diplomas a los participantes que cumplan los requisitos mínimos de
asistencia y aprovechamiento establecidos en su normativa interna, así como las
certificaciones académicas que se soliciten. Con tal fin la UIMP se responsabilizará del
control de asistencia de los alumnos.
Será competencia también de la UIMP toda la normativa relativa a criterios de
admisión o cualquier otro asunto relativo al alumnado.
Tercera.
Actuaciones de cada una de las partes. Organización y gestión.
Para la ejecución de este convenio las partes firmantes asumen los siguientes
compromisos de gestión:
a) La UIMP, haciendo uso de su experiencia en la organización de este tipo de
actividades docentes, se encargará, siempre dentro de lo que establezca su normativa
sobre tarifas, procedimientos y demás legislación que le sea aplicable como organismo
público, de:
– Honorarios.
– Alojamiento y manutención.
– Gastos de viaje y transfers.
– Publicidad de la celebración del encuentro dentro del plan general de publicidad de
la UIMP.
– No será necesario servicio de traducción simúltanea.
– Servicio de Secretaría de Alumnos.
– Información y matriculación de alumnos.
– Convocatoria, selección y concesión de becas completas y de medias becas
conforme a las normas vigentes en la UIMP.
– Expedición de diplomas y certificaciones.
– Organización, en su caso, de actos de inauguración y/o clausura y otros actos
protocolarios.
– Recopilación de la documentación del encuentro. Inclusión del encuentro en la
memoria anual de la UIMP.
– Servicio de gabinete de prensa.
– Grabación en vídeo de las sesiones.
– Infraestructura general y medios técnicos necesarios para la organización y
realización del encuentro (locales, equipos audiovisuales e informáticos, servicios de
limpieza, mantenimiento y vigilancia, personal).
– Servicios complementarios: cafetería, actividades culturales complementarias.
b) El CGAE, por su parte, no asume ningún compromiso en la gestión del encuentro,
pero podrá apoyar a la UIMP en la campaña de promoción del mismo, llevando a cabo
cuantas acciones estime convenientes, tales como difusión a través de su propia web, o
mediante la difusión directa del programa entre el público específico, etc., respetando en la
medida de lo posible el diseño de la campaña publicitaria de la UIMP.
cve: BOE-A-2022-10440
Verificable en https://www.boe.es
– En relación con el director, el secretario, los conferenciantes y los participantes en
las mesas redondas: