III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA. Comunidad Autónoma de Cataluña. Convenio. (BOE-A-2022-10419)
Resolución de 30 de mayo de 2022, del Organismo Autónomo Centro Nacional de Información Geográfica, por la que se publica el Convenio con la Comunidad Autónoma de Cataluña, para el desarrollo del Plan Nacional de Ortofotografía Aérea.
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Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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Diferencias de verticalidad entre fotogramas consecutivos
Deriva no compensada
Cambios de rumbo entre fotogramas consecutivos
Delimitación de la zona de trabajo
p
q
r
Estaciones de referencia
Precisión de Postproceso de la trayectoria
b
c
Especificaciones
Detalles
grados sexagesimales
grados sexagesimales
grados sexagesimales
grados sexagesimales
En caso de desviaciones superiores a la indicada, se admitirán siempre que cumplan
los requerimientos de estas especificaciones
Para garantizar al menos 2 pares estereoscópicos comunes. Ambas tomas se
deberán realizar con la misma cámara.
En caso necesario, las pasadas transversales se realizarán de acuerdo con las
siguientes indicaciones:
- Máximo cada 3 hojas del MTN50
- Añadir las necesarias para "cerrar" toda la zona volada
- Una en el limite del bloque de cambio de Huso UTM
No se realizarán pasadas más largas para evitar variaciones cromáticas excesivas
en los mosaicos y disminuir los efectos de la proyección UTM en el ajuste del bloque.
RMSE ≤ 10 cm (X,Y,Z)
Precisión absoluta aplicable al cálculo de la trayectoria del vuelo fotogramétrico.
Se utilizarán las estaciones de la red de Estaciones Permanentes del Instituto Geográfico Nacional u En caso de utilización de estaciones no permanentes, se enlazará con la Red
otras estaciones que se encuentren próximas previa aprobación de la Dirección Técnica
Regente
Se permite ampliar la distancia a 70 km mediante el empleo de soluciones VRS
< 40 km
Si la distancia a la estación de referencia en tierra no cumpliera esta condición, se podrá establecer
otra estación de referencia realizando una observación estática utilizando como estación de
referencia un vértice geodésico REGENTE
- La zona de trabajo quedará delimitada por cortes de hojas 1:5.000 procedentes de la división en 8 - La Dirección Técnica facilitará la distribución de hojas basada en el Real Decreto
1071/2007 de 27 de julio
x 8 de las hojas MTN50 oficiales
- Se mantendrá un margen de seguridad de 30% fuera de los límites Norte y Sur de la zona de - Se detalla en gráfico que proporcionará la Dirección Técnica
trabajo
- Existencia de al menos 2 fotocentros fuera de la zona de trabajo en los principios y finales de
pasada que coincidan con los extremos Este y Oeste.
- Se permitirá que uno de los dos fotocentros de principio y fin de la pasada coincida con el límite de
la zona a volar
< 3º
< 3º
< 4º
< 4º
< 50 m de la planificada
En las zonas costeras cuya orientación coincida aproximadamente con la de la dirección de la
pasada, se configurará dicha pasada de forma que el porcentaje medio de superficie de agua sea
inferior a un 40%
Deberán conectarse al menos con 4 fotogramas comunes.
Debido a la obligatoriedad del uso de sistemas IMU / INS, no será necesario realizar pasadas
transversales siempre que se utilicen estaciones de referencia a distancias <40 km (<70 km si se
emplean soluciones VRS) y que la orientación externa obtenida sea correcta
Vendrá definida por uno de los siguientes criterios:
- Que la longitud no supere la distancia equivalente a 3 hojas MTN50
- Que el tiempo de vuelo de una misma pasada no supere los 20 minutos
Instituto Geográfico Nacional
Observación del Territorio
Jueves 23 de junio de 2022
cve: BOE-A-2022-10419
Verificable en https://www.boe.es
Distancia entre receptores
a
Toma de datos GNSS en vuelo
Desviaciones de la vertical de la cámara
l
o
Pasadas de costa
k
n
Pasadas interrumpidas
j
Desviaciones de la trayectoria del avión
Pasadas transversales
i
m
Fase / Parámetro
Longitud máxima de una pasada longitudinal
Ítem
VUELO FOTOGRAMÉTRICO PNOA 0,18 m - 0,22 m - 0,35 m
Núm. 149
1.3.
Apartado
Plan Nacional de Ortofotografía Aérea
ESPECIFICACIONES TÉCNICAS
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Sec. III. Pág. 87106
Deriva no compensada
Cambios de rumbo entre fotogramas consecutivos
Delimitación de la zona de trabajo
p
q
r
Estaciones de referencia
Precisión de Postproceso de la trayectoria
b
c
Especificaciones
Detalles
grados sexagesimales
grados sexagesimales
grados sexagesimales
grados sexagesimales
En caso de desviaciones superiores a la indicada, se admitirán siempre que cumplan
los requerimientos de estas especificaciones
Para garantizar al menos 2 pares estereoscópicos comunes. Ambas tomas se
deberán realizar con la misma cámara.
En caso necesario, las pasadas transversales se realizarán de acuerdo con las
siguientes indicaciones:
- Máximo cada 3 hojas del MTN50
- Añadir las necesarias para "cerrar" toda la zona volada
- Una en el limite del bloque de cambio de Huso UTM
No se realizarán pasadas más largas para evitar variaciones cromáticas excesivas
en los mosaicos y disminuir los efectos de la proyección UTM en el ajuste del bloque.
RMSE ≤ 10 cm (X,Y,Z)
Precisión absoluta aplicable al cálculo de la trayectoria del vuelo fotogramétrico.
Se utilizarán las estaciones de la red de Estaciones Permanentes del Instituto Geográfico Nacional u En caso de utilización de estaciones no permanentes, se enlazará con la Red
otras estaciones que se encuentren próximas previa aprobación de la Dirección Técnica
Regente
Se permite ampliar la distancia a 70 km mediante el empleo de soluciones VRS
< 40 km
Si la distancia a la estación de referencia en tierra no cumpliera esta condición, se podrá establecer
otra estación de referencia realizando una observación estática utilizando como estación de
referencia un vértice geodésico REGENTE
- La zona de trabajo quedará delimitada por cortes de hojas 1:5.000 procedentes de la división en 8 - La Dirección Técnica facilitará la distribución de hojas basada en el Real Decreto
1071/2007 de 27 de julio
x 8 de las hojas MTN50 oficiales
- Se mantendrá un margen de seguridad de 30% fuera de los límites Norte y Sur de la zona de - Se detalla en gráfico que proporcionará la Dirección Técnica
trabajo
- Existencia de al menos 2 fotocentros fuera de la zona de trabajo en los principios y finales de
pasada que coincidan con los extremos Este y Oeste.
- Se permitirá que uno de los dos fotocentros de principio y fin de la pasada coincida con el límite de
la zona a volar
< 3º
< 3º
< 4º
< 4º
< 50 m de la planificada
En las zonas costeras cuya orientación coincida aproximadamente con la de la dirección de la
pasada, se configurará dicha pasada de forma que el porcentaje medio de superficie de agua sea
inferior a un 40%
Deberán conectarse al menos con 4 fotogramas comunes.
Debido a la obligatoriedad del uso de sistemas IMU / INS, no será necesario realizar pasadas
transversales siempre que se utilicen estaciones de referencia a distancias <40 km (<70 km si se
emplean soluciones VRS) y que la orientación externa obtenida sea correcta
Vendrá definida por uno de los siguientes criterios:
- Que la longitud no supere la distancia equivalente a 3 hojas MTN50
- Que el tiempo de vuelo de una misma pasada no supere los 20 minutos
Instituto Geográfico Nacional
Observación del Territorio
Jueves 23 de junio de 2022
cve: BOE-A-2022-10419
Verificable en https://www.boe.es
Distancia entre receptores
a
Toma de datos GNSS en vuelo
Desviaciones de la vertical de la cámara
l
o
Pasadas de costa
k
n
Pasadas interrumpidas
j
Desviaciones de la trayectoria del avión
Pasadas transversales
i
m
Fase / Parámetro
Longitud máxima de una pasada longitudinal
Ítem
VUELO FOTOGRAMÉTRICO PNOA 0,18 m - 0,22 m - 0,35 m
Núm. 149
1.3.
Apartado
Plan Nacional de Ortofotografía Aérea
ESPECIFICACIONES TÉCNICAS
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Sec. III. Pág. 87106