III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA. Comunidad de Madrid. Convenio. (BOE-A-2022-10423)
Resolución de 26 de mayo de 2022, de la Entidad Pública Empresarial Renfe-Operadora, E.P.E., por la que se publica el Convenio con la Universidad Rey Juan Carlos, para la realización de prácticas académicas externas.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 149

Jueves 23 de junio de 2022

Sec. III. Pág. 87142

Tercera. Desarrollo de las prácticas.
a)

Oferta de plazas y selección de los estudiantes:

La oferta de plazas a favor de los estudiantes de la URJC se regirá por lo establecido
en el Reglamento de Prácticas Externas de dicha Universidad. En todo caso, para poder
realizar prácticas académicas externas en virtud del presente Convenio, los estudiantes
deberán haber superado el 50 por ciento de los créditos necesarios para obtener el título
de Grado.
RENFE-Operadora se compromete, una vez que sea incluida en la plataforma
informática de la URJC, y de acuerdo con las instrucciones que le comuniquen los
responsables de la Unidad de Prácticas Externas de dicha Universidad, a ir ofertando,
con la periodicidad y número que estime oportuno, plazas de prácticas, indicando la
titulación o titulaciones a las que se dirigen, el perfil de los estudiantes, la duración de las
prácticas, los conocimientos básicos requeridos y, en general, todos los requisitos
relativos al desarrollo y realización de las mismas.
b)

Acuerdo de prácticas:

Para cada estudiante que realice las prácticas formativas en RENFE-Operadora se
suscribirá un acuerdo de prácticas que partirá del modelo que forma parte del presente
Convenio como Anexo I.
c)

Duración y horario de las prácticas:

Los estudiantes realizarán las prácticas en jornada de mañana o de tarde, en
régimen de prácticas académicas externas. La duración de las prácticas y el horario
concreto serán fijados para cada estudiante en el correspondiente acuerdo de prácticas,
de conformidad con lo establecido en el artículo 5 del Real Decreto 592/2014, de 11 de
julio, por el que se regulan las prácticas académicas externas de los estudiantes
universitarios.
d)

Finalización anticipada de las prácticas:

RENFE-Operadora tendrá derecho a dar de baja de las prácticas, de forma
anticipada, a los estudiantes que incurran en reiteradas faltas injustificadas de asistencia
o de puntualidad, o que no desarrollen las prácticas con un normal aprovechamiento y
dando cumplimiento a las normas establecidas por la Entidad Colaboradora. Cualquier
decisión relativa a la finalización anticipada de las prácticas deberá será comunicada con
carácter previo a su adopción a la URJC, especificando las causas en las que se
fundamenta.
Seguros:

Durante el período de vigencia del presente Convenio todos los estudiantes de la
URJC deberán estar cubiertos por un seguro de responsabilidad civil relativo a los daños
materiales y personales que puedan causar como consecuencia de la realización de las
prácticas académicas externas en RENFE-Operadora.
Asimismo, el Seguro Escolar cubrirá durante la realización de las prácticas a los
estudiantes menores de 28 años matriculados en enseñanzas oficiales de la URJC, y
respecto de los estudiantes mayores de 28 años y todos aquellos que no sean
beneficiarios del Seguro Escolar, la URJC se compromete a que dichos estudiantes,
antes del inicio de las prácticas, estén cubiertos por un seguro de accidentes similar al
Seguro Escolar.
RENFE-Operadora no asume ninguna obligación de aseguramiento en relación con
los estudiantes en prácticas de la URJC, por lo que no se admitirá a ningún estudiante
que no esté provisto de los correspondientes seguros, en los términos establecidos en el
presente apartado.

cve: BOE-A-2022-10423
Verificable en https://www.boe.es

e)