III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA. Convenios. (BOE-A-2022-10425)
Resolución de 26 de mayo de 2022, de la Entidad Pública Empresarial Renfe-Operadora, E.P.E., por la que se publica el Convenio con la Universidad Antonio de Nebrija, para el desarrollo de programas de cooperación educativa.
10 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 149
Jueves 23 de junio de 2022
Segunda.
Sec. III. Pág. 87173
Naturaleza del convenio.
El presente Convenio, suscrito entre un organismo público y una universidad privada,
tiene carácter administrativo, resultándole de aplicación el régimen jurídico previsto en el
capítulo VI del título preliminar de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico
del Sector Público, y su normativa de desarrollo.
Tercera.
a)
Desarrollo de las prácticas.
Oferta de plazas y selección de los estudiantes.
Renfe-Operadora ofertará plazas para que los estudiantes de la Universidad Antonio
de Nebrija realicen prácticas académicas externas con la periodicidad y número que
estime oportuno. La Universidad Antonio de Nebrija, por su parte, comunicará los
estudiantes que, dentro de las condiciones establecidas en el presente Convenio, mejor
se ajusten al perfil académico y profesional propuesto para la realización de las
prácticas, de entre los cuales Renfe-Operadora hará las correspondientes selecciones
definitivas.
En todo caso, para poder optar a la realización de prácticas, los estudiantes deberán
estar matriculados en un Grado o Máster Oficial u otros Títulos o Estudios Propios de la
Universidad Antonio de Nebrija, y deberán cumplir, además, con lo establecido en el
artículo 8.2 del Real Decreto 592/2014, de 11 de julio, por el que se regulan las prácticas
académicas externas de los estudiantes universitarios.
b)
Modalidades de las prácticas.
Las prácticas académicas que se realicen en virtud del presente Convenio se
corresponderán con las siguientes modalidades:
– Prácticas curriculares: se configuran como actividades académicas integrantes del
Plan de Estudios de que se trate.
– Prácticas extracurriculares: son aquellas que los estudiantes podrán realizar con
carácter voluntario durante su periodo de formación y que, aun teniendo los mismos fines
que las prácticas curriculares, no forman parte del correspondiente Plan de Estudios.
c)
Acuerdo de prácticas.
Cada estudiante de la Universidad Antonio de Nebrija que realice prácticas
académicas externas en Renfe-Operadora deberá suscribir un acuerdo de prácticas que
partirá del modelo que forma parte del presente Convenio como anexo.
d)
Duración y horario de las prácticas.
La duración de las prácticas y el horario concreto se fijarán en el correspondiente
acuerdo de prácticas, de conformidad con lo establecido en el artículo 5 del Real
Decreto 592/2014, de 11 de julio, por el que se regulan las prácticas académicas
externas de los estudiantes universitarios.
Finalización anticipada de las prácticas.
Renfe-Operadora tendrá derecho a dar de baja de las prácticas de forma anticipada
a los estudiantes que incurran en reiteradas faltas injustificadas de asistencia o de
puntualidad, o que no desarrollen las prácticas con un normal aprovechamiento y dando
cumplimiento a las normas establecidas por dicha entidad. Cualquier decisión relativa a
la finalización anticipada de las prácticas deberá será comunicada con carácter previo a
su adopción a la Universidad Antonio de Nebrija, especificando las causas en las que se
fundamenta.
cve: BOE-A-2022-10425
Verificable en https://www.boe.es
e)
Núm. 149
Jueves 23 de junio de 2022
Segunda.
Sec. III. Pág. 87173
Naturaleza del convenio.
El presente Convenio, suscrito entre un organismo público y una universidad privada,
tiene carácter administrativo, resultándole de aplicación el régimen jurídico previsto en el
capítulo VI del título preliminar de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico
del Sector Público, y su normativa de desarrollo.
Tercera.
a)
Desarrollo de las prácticas.
Oferta de plazas y selección de los estudiantes.
Renfe-Operadora ofertará plazas para que los estudiantes de la Universidad Antonio
de Nebrija realicen prácticas académicas externas con la periodicidad y número que
estime oportuno. La Universidad Antonio de Nebrija, por su parte, comunicará los
estudiantes que, dentro de las condiciones establecidas en el presente Convenio, mejor
se ajusten al perfil académico y profesional propuesto para la realización de las
prácticas, de entre los cuales Renfe-Operadora hará las correspondientes selecciones
definitivas.
En todo caso, para poder optar a la realización de prácticas, los estudiantes deberán
estar matriculados en un Grado o Máster Oficial u otros Títulos o Estudios Propios de la
Universidad Antonio de Nebrija, y deberán cumplir, además, con lo establecido en el
artículo 8.2 del Real Decreto 592/2014, de 11 de julio, por el que se regulan las prácticas
académicas externas de los estudiantes universitarios.
b)
Modalidades de las prácticas.
Las prácticas académicas que se realicen en virtud del presente Convenio se
corresponderán con las siguientes modalidades:
– Prácticas curriculares: se configuran como actividades académicas integrantes del
Plan de Estudios de que se trate.
– Prácticas extracurriculares: son aquellas que los estudiantes podrán realizar con
carácter voluntario durante su periodo de formación y que, aun teniendo los mismos fines
que las prácticas curriculares, no forman parte del correspondiente Plan de Estudios.
c)
Acuerdo de prácticas.
Cada estudiante de la Universidad Antonio de Nebrija que realice prácticas
académicas externas en Renfe-Operadora deberá suscribir un acuerdo de prácticas que
partirá del modelo que forma parte del presente Convenio como anexo.
d)
Duración y horario de las prácticas.
La duración de las prácticas y el horario concreto se fijarán en el correspondiente
acuerdo de prácticas, de conformidad con lo establecido en el artículo 5 del Real
Decreto 592/2014, de 11 de julio, por el que se regulan las prácticas académicas
externas de los estudiantes universitarios.
Finalización anticipada de las prácticas.
Renfe-Operadora tendrá derecho a dar de baja de las prácticas de forma anticipada
a los estudiantes que incurran en reiteradas faltas injustificadas de asistencia o de
puntualidad, o que no desarrollen las prácticas con un normal aprovechamiento y dando
cumplimiento a las normas establecidas por dicha entidad. Cualquier decisión relativa a
la finalización anticipada de las prácticas deberá será comunicada con carácter previo a
su adopción a la Universidad Antonio de Nebrija, especificando las causas en las que se
fundamenta.
cve: BOE-A-2022-10425
Verificable en https://www.boe.es
e)