III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA. Comunidad Autónoma de Extremadura. Convenio. (BOE-A-2022-10420)
Resolución de 25 de mayo de 2022, de la Dirección General de Aviación Civil, por la que se publica el Convenio con la Junta de Extremadura, para el reparto de las responsabilidades derivadas de la licitación del contrato de servicios por la operación de obligaciones de servicio público en las rutas aéreas Badajoz-Madrid y Badajoz-Barcelona.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 149
Jueves 23 de junio de 2022
Sec. III. Pág. 87118
abierto a todas las compañías aéreas comunitarias bajo las condiciones que definen las
obligaciones de servicio público impuestas en dichas rutas.
Séptimo.
Que, para el caso en que ninguna compañía demuestre que está dispuesta a prestar
dichos servicios de forma regular y económicamente sostenible, y por tanto, se decida
limitar de nuevo el acceso a una sola compañía aérea y garantizar la provisión de los
servicios mediante un nuevo proceso de licitación, ambas partes acuerdan que todas las
obligaciones de contenido económico que se deriven para la Administración de la
licitación, adjudicación y resolución del contrato de prestación de servicios, para el
cumplimiento sostenible de las obligaciones de servicio público en las rutas aéreas
Badajoz-Madrid y Badajoz-Barcelona, serán sufragadas por la Junta de Extremadura.
Octavo.
Que ambas partes están conformes en dar continuidad a los compromisos asumidos
por ellas en relación con el contrato actualmente vigente, suscrito al amparo del
Convenio firmado el 22 de febrero de 2018. Igualmente, y dado que el plazo de duración
de dicho Convenio expira el 21 de febrero de 2022, ambas partes están de acuerdo en
que este nuevo Convenio ampare tanto el contrato vigente como la licitación de un nuevo
contrato, una vez termine la vigencia del actual.
De conformidad con lo expuesto, las partes intervinientes suscriben el presente
Convenio, estableciendo, al efecto, las siguientes
CLÁUSULAS
Primera.
Es objeto de este Convenio establecer el régimen de cooperación entre el Ministerio
de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana y la Junta de Extremadura para el
seguimiento del buen funcionamiento de las obligaciones que han sido establecidas en
las rutas aéreas Badajoz-Madrid y Badajoz-Barcelona, la participación en la preparación
del contrato y la selección del adjudicatario, y el abono a la compañía aérea que, en su
caso, sea seleccionada para operarlas, de la compensación que se establezca por el
cumplimiento de la obligación de servicio público declarada en estas rutas mediante
Acuerdo del Consejo de Ministros.
Asimismo, es objeto del presente convenio establecer los compromisos y
obligaciones que las partes asumen hasta el fin del vigente contrato de licitación.
Segunda.
Este Convenio tiene naturaleza administrativa, y su régimen jurídico está constituido
por lo dispuesto en el capítulo VI del título preliminar de la Ley 40/2015, de 1 de octubre,
de Régimen Jurídico del Sector Público.
Con respecto al contrato vigente hasta el 27 de octubre de 2022, la Junta de
Extremadura asume todas las obligaciones de contenido económico del contrato,
incluidas las derivadas del incumplimiento de dicho contrato, entre otros, por impagos o
retrasos en el pago por parte de la Junta de Extremadura, o las derivadas de la
resolución de dicho contrato. Para el año 2022, el importe máximo del contrato es
de 2.916.594 euros.
La asunción de obligaciones de contenido económico por la Junta de Extremadura es
sin perjuicio del derecho a exigir del mismo el pago de las penalidades que procedan de
cve: BOE-A-2022-10420
Verificable en https://www.boe.es
Tercera.
Núm. 149
Jueves 23 de junio de 2022
Sec. III. Pág. 87118
abierto a todas las compañías aéreas comunitarias bajo las condiciones que definen las
obligaciones de servicio público impuestas en dichas rutas.
Séptimo.
Que, para el caso en que ninguna compañía demuestre que está dispuesta a prestar
dichos servicios de forma regular y económicamente sostenible, y por tanto, se decida
limitar de nuevo el acceso a una sola compañía aérea y garantizar la provisión de los
servicios mediante un nuevo proceso de licitación, ambas partes acuerdan que todas las
obligaciones de contenido económico que se deriven para la Administración de la
licitación, adjudicación y resolución del contrato de prestación de servicios, para el
cumplimiento sostenible de las obligaciones de servicio público en las rutas aéreas
Badajoz-Madrid y Badajoz-Barcelona, serán sufragadas por la Junta de Extremadura.
Octavo.
Que ambas partes están conformes en dar continuidad a los compromisos asumidos
por ellas en relación con el contrato actualmente vigente, suscrito al amparo del
Convenio firmado el 22 de febrero de 2018. Igualmente, y dado que el plazo de duración
de dicho Convenio expira el 21 de febrero de 2022, ambas partes están de acuerdo en
que este nuevo Convenio ampare tanto el contrato vigente como la licitación de un nuevo
contrato, una vez termine la vigencia del actual.
De conformidad con lo expuesto, las partes intervinientes suscriben el presente
Convenio, estableciendo, al efecto, las siguientes
CLÁUSULAS
Primera.
Es objeto de este Convenio establecer el régimen de cooperación entre el Ministerio
de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana y la Junta de Extremadura para el
seguimiento del buen funcionamiento de las obligaciones que han sido establecidas en
las rutas aéreas Badajoz-Madrid y Badajoz-Barcelona, la participación en la preparación
del contrato y la selección del adjudicatario, y el abono a la compañía aérea que, en su
caso, sea seleccionada para operarlas, de la compensación que se establezca por el
cumplimiento de la obligación de servicio público declarada en estas rutas mediante
Acuerdo del Consejo de Ministros.
Asimismo, es objeto del presente convenio establecer los compromisos y
obligaciones que las partes asumen hasta el fin del vigente contrato de licitación.
Segunda.
Este Convenio tiene naturaleza administrativa, y su régimen jurídico está constituido
por lo dispuesto en el capítulo VI del título preliminar de la Ley 40/2015, de 1 de octubre,
de Régimen Jurídico del Sector Público.
Con respecto al contrato vigente hasta el 27 de octubre de 2022, la Junta de
Extremadura asume todas las obligaciones de contenido económico del contrato,
incluidas las derivadas del incumplimiento de dicho contrato, entre otros, por impagos o
retrasos en el pago por parte de la Junta de Extremadura, o las derivadas de la
resolución de dicho contrato. Para el año 2022, el importe máximo del contrato es
de 2.916.594 euros.
La asunción de obligaciones de contenido económico por la Junta de Extremadura es
sin perjuicio del derecho a exigir del mismo el pago de las penalidades que procedan de
cve: BOE-A-2022-10420
Verificable en https://www.boe.es
Tercera.