III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE CIENCIA E INNOVACIÓN. Convenios. (BOE-A-2022-10439)
Resolución de 17 de junio de 2022, del Centro de Investigaciones Energéticas, Medioambientales y Tecnológicas, O.A., M.P., por la que se publica el Convenio con Deutsches Zentrum für Luft-und Raumfahrt eV, en el campo de la investigación de la energía solar.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Jueves 23 de junio de 2022
II.

Sec. III. Pág. 87363

Principios

(1) El objetivo principal debe ser la creación y el refuerzo continuo de una
colaboración sólida entre CIEMAT y DLR en la Investigación y Desarrollo Industrial de
Tecnologías de Concentración Solar y sus aplicaciones.
(2) El DLR podrá mantener una delegación permanente en la PSA. La capacidad y
la dotación de personal de esta delegación se negociarán anualmente con CIEMAT
sobre la base de la carga de trabajo del DLR y las tareas asociadas con el cumplimiento
de sus obligaciones en la ejecución de Convenios Específicos, la contribución financiera
directa del DLR a la PSA y la disponibilidad de espacio de oficina. Se actualizará y
acordará anualmente una lista con el número y los nombres del personal del DLR con
acceso a la PSA y los proyectos asignados a cada miembro del personal.
(3) El CIEMAT y el DLR desean continuar con esta colaboración en relación a todos
los proyectos firmados conjuntos vigentes y en cualquier Convenio Específico o en
cualquier otro proyecto conjunto que pueda desarrollarse en el futuro. Se dará la máxima
prioridad a la continuidad de la cooperación relacionada con proyectos entre el personal
del DLR y el CIEMAT en la PSA en un clima de trabajo de confianza y no competitivo.
(4) A este respecto, el personal del DLR asignado a la PSA deberá evitar cualquier
conflicto de intereses con el CIEMAT.
(5) Aunque CIEMAT y DLR pueden participar por separado en propuestas
competidoras de proyectos solares comerciales y de I+D, el DLR informará previamente
al CIEMAT de dicha participación y en qué medida el personal del DLR asignado a
la PSA estará involucrado.
(6) En lo que al uso de las instalaciones de la PSA se refiere, en la preparación de
propuestas de proyectos en convocatorias públicas competitivas en el campo de las
tecnologías y aplicaciones relacionadas con la energía solar, siempre y cuando no haya
una redundancia clara de actividades y competencias, el CIEMAT y el DLR se podrán
considerar como socios prioritarios respectivamente.
(7) Además de la declaración del párrafo anterior y, a menos que los requisitos
específicos del proyecto lo impidan, el DLR invitará al CIEMAT a participar y convertirse
en socio de los proyectos de DLR en la etapa de propuesta cuando el uso de las
instalaciones de la PSA se incluya en dicho proyecto.
En caso de imposibilidad de participación del CIEMAT en el proyecto y/o si por
cualquier razón CIEMAT decidiera no participar en el proyecto, las condiciones para
ejecutar tales proyectos en las instalaciones de la PSA por parte del DLR deben
acordarse desde el principio y de manera individual con CIEMAT y recogerse en un
Convenio Específico. El incumplimiento de este principio proporcionará automáticamente
a CIEMAT la facultad de negar el uso de sus instalaciones en la PSA para dicho
Proyecto.
(8) Se entiende que la delegación permanente del DLR en la PSA se dedicará
exclusivamente a proyectos y programas conjuntos con el CIEMAT o a actividades
conjuntas relacionadas con el uso de las instalaciones de la PSA. Otros tipos de
actividades no incluidas dentro de lo anterior se consideran fuera del alcance del
presente Convenio y requerirán de una autorización previa por escrito de CIEMAT.
(9) Junto al Comité de Dirección habrá un Comité de Coordinación para tratar los
asuntos diarios. El Jefe de la Delegación Permanente del DLR y el Director de la PSA
serán los miembros permanentes de este Comité de Coordinación, pudiendo, sin
embargo, otros miembros del personal, tanto del DLR como del CIEMAT, ser invitados a
la discusión de temas específicos, siendo las decisiones finales adoptadas por los
miembros permanentes, únicamente. Las reuniones se registrarán en actas y se
guardarán para futuras consultas y referencias.
III. Contribución Económica del DLR para el uso de las instalaciones de la PSA
(1) El DLR efectuará un pago anual («Compensación») al CIEMAT para compensar
los gastos relacionados con el hospedaje del personal DLR delegado en las

cve: BOE-A-2022-10439
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Núm. 149