II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. CONSEJO DE SEGURIDAD NUCLEAR. Funcionarios de los Subgrupos A1, A2 y C1. (BOE-A-2022-10370)
Resolución de 15 de junio de 2022, de la Presidencia del Consejo de Seguridad Nuclear, por la que se convoca concurso específico para la provisión de puestos de trabajo.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Jueves 23 de junio de 2022

Sec. II.B. Pág. 86807

6. Los aspirantes de los Cuerpos o Escalas que tengan reservados puestos en
exclusiva, no podrán participar en concursos para cubrir otros puestos de trabajo
adscritos con carácter indistinto, salvo autorización del Ministerio de Hacienda y Función
Pública de conformidad con el Departamento al que se hallen adscritos los indicados
Cuerpos o Escalas.
7. De acuerdo con lo previsto en el artículo 103.cuatro.5 de la Ley 31/1990, de 27
de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 1991, la movilidad de los
funcionarios/as que desempeñen puestos de trabajo en la Agencia Estatal de
Administración Tributaria y que pertenezcan a especialidades o escalas adscritas a ella,
para la cobertura de puestos de trabajo en otras Administraciones Públicas, estará
sometida a la condición de la previa autorización de aquella, que podrá denegarla en
atención a las necesidades del servicio.
8. Los aspirantes en situación de excedencia voluntaria por interés particular
(artículo 89.2 del Real Decreto Legislativo 5/2015), o por agrupación familiar
(artículo 89.3 de Real Decreto Legislativo 5/2015), sólo podrán participar si, al término
del plazo de presentación de solicitudes llevan más de dos años en cualquiera de estas
situaciones.
9. Los aspirantes en situación de servicios en otras Administraciones Públicas
(artículo 88 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre), sólo podrán participar
en este concurso si en la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes
han transcurrido dos años desde su transferencia o traslado a las mismas y en todo caso
desde la toma de posesión del destino desde el que participen si es de carácter
definitivo.
10. Los aspirantes en situación administrativa de expectativa de destino y
excedencia forzosa están obligados a concursar, de acuerdo con lo establecido en el
artículo 29, apartados 5 y 6 de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la
Reforma de la Función Pública, y en los artículos 12 y 13 del Real Decreto 365/1995,
de 10 de marzo.
11. Los aspirantes que procedan de la situación administrativa de suspensión firme
de funciones, acompañarán a su solicitud la documentación acreditativa de haber
finalizado el periodo de suspensión.
Tercera. Modelos, plazos y condiciones de presentación de solicitudes.
Las solicitudes para tomar parte en este concurso, ajustadas al modelo publicado
como anexo II de esta Resolución, se dirigirán a la Subdirección de Personal y
Administración del Consejo de Seguridad Nuclear en el plazo de quince días hábiles
contados a partir del día siguiente a su publicación en el «Boletín Oficial del Estado». La
forma de presentación será por medios electrónicos a través de la sede electrónica del
Consejo de Seguridad Nuclear, para ello es preciso acceder a sitio https://
sede.csn.gob.es/Apartado Registro General y Recursos del menú-Otros Trámites (en la
parte inferior de la página de inicio) y asimismo se pueden registrar y enviar
electrónicamente los documentos dirigidos al CSN a través del Registro Electrónico
General de la AGE (o Registro Electrónico Común) siguiendo la ruta: https://
sede.administracion.gob.es/>Servicios Electrónicos>Registro Electrónico General de la
AGE.
Excepcionalmente, si el aspirante no pudiera acceder a la citada modalidad
telemática, las solicitudes se ajustarán al modelo publicado como anexo II de esta
Resolución y dirigidas al Subdirector de Personal y Administración, debiendo presentarse
en el mismo plazo señalado anteriormente en el Registro del CSN (calle Pedro Justo
Dorado Dellmans, 11, 28040 Madrid), o en las oficinas a que se refiere el artículo 16 de
la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas. Estas últimas oficinas tienen obligación de cursar las
solicitudes recibidas dentro de las primeras veinticuatro horas a partir de su
presentación.

cve: BOE-A-2022-10370
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Núm. 149