III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES, UNIÓN EUROPEA Y COOPERACIÓN. Comunidad Autónoma de Cataluña. Convenio. (BOE-A-2022-10403)
Resolución de 13 de junio de 2022, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio entre la Universidad Pompeu Fabra y el Consorcio Casa Asia, para la colaboración en actividades de carácter formativo que impulsen el conocimiento sobre la realidad política, económica y social de Asia.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 149
Jueves 23 de junio de 2022
Sec. III. Pág. 86950
– Incorporar a la UPF en la Reunión de Estudios Asiáticos que Casa Asia celebra
con carácter anual.
– Incorporar el logo de la UPF como entidad colaboradora de Casa Asia.
– Apoyar a la UPF en sus relaciones con universidades asiáticas.
– Orientar a los alumnos que deseen realizar prácticas o intercambios con Asia.
– Difundir las conferencias, cursos, y programas organizados por la UPF que puedan
ser de interés para la comunidad de Casa Asia.
– Acoger a los estudiantes del Grado en Global Studies y en el Máster en AsianPacific Studies in a Global Context que proponga la UPF (1 estudiante de grado y 1
estudiante de máster por año académico), para la realización de sus prácticas
curriculares.
– Corresponde a Casa Asia la tramitación de la publicación del convenio subscrito
en el «Boletín Oficial del Estado».
2.2
Universitat Pompeu Fabra:
– Incorporar el logo de Casa Asia como entidad colaboradora en el Grado en Global
Studies y en el Máster en Asian-Pacific Studies in a Global Context de la Facultad de
Humanidades de la UPF.
– Impulsar la incorporación de temáticas asiáticas en másteres y otros programas de
grado o postgrado que organice la UPF.
– Difundir entre los alumnos de la UPF los cursos, seminarios, conferencias,
programas, etc., que organice Casa Asia, que puedan ser de interés para su formación.
– Seleccionar a 2 estudiantes por año académico para realizar prácticas curriculares
en Casa Asia.
– Colaborar aportando como ponentes a profesores de la UPF para seminarios,
cursos y otras actividades que realice Casa Asia.
– Incorporar temáticas relacionadas con Asia (en especial en las áreas de
globalización, conflictos, seguridad y desarrollo) dentro de las líneas de investigación
de los profesores investigadores de la Facultad de Humanidades, así como los
estudiantes de máster y doctorado, con el fin de generar conocimiento sobre la región.
– La cesión del Auditorio del campus de Poblenou o espacios similares para
actividades organizadas por la UPF y con la participación de Casa Asia, de acuerdo con
la disponibilidad de los espacios, cinco (5) veces al año.
Tercera. Uso de las marcas.
A efectos de que ambas Partes difundan la colaboración, éstas se autorizan
mutuamente al uso de los signos distintivos y marcas explotadas bajo las condiciones
establecidas en este pacto. Esta autorización de uso se limita única y exclusivamente a
los fines previstos en este convenio, y se extinguirá automáticamente en el momento de
terminación de este cualquiera que sea la causa.
La referida autorización no supone la concesión a favor de ninguna de las partes
de derecho ni expectativa de derecho alguno, sea de la naturaleza que sea, sobre las
marcas o signos
Compromiso económico.
El presente Convenio no conlleva obligaciones de carácter económico para
las Partes, quedando obligada cada una a financiar respectivamente la ejecución
de las actividades y actuaciones que deban llevarse a cabo conforme a la cláusula
segunda de este Convenio.
cve: BOE-A-2022-10403
Verificable en https://www.boe.es
Cuarta.
Núm. 149
Jueves 23 de junio de 2022
Sec. III. Pág. 86950
– Incorporar a la UPF en la Reunión de Estudios Asiáticos que Casa Asia celebra
con carácter anual.
– Incorporar el logo de la UPF como entidad colaboradora de Casa Asia.
– Apoyar a la UPF en sus relaciones con universidades asiáticas.
– Orientar a los alumnos que deseen realizar prácticas o intercambios con Asia.
– Difundir las conferencias, cursos, y programas organizados por la UPF que puedan
ser de interés para la comunidad de Casa Asia.
– Acoger a los estudiantes del Grado en Global Studies y en el Máster en AsianPacific Studies in a Global Context que proponga la UPF (1 estudiante de grado y 1
estudiante de máster por año académico), para la realización de sus prácticas
curriculares.
– Corresponde a Casa Asia la tramitación de la publicación del convenio subscrito
en el «Boletín Oficial del Estado».
2.2
Universitat Pompeu Fabra:
– Incorporar el logo de Casa Asia como entidad colaboradora en el Grado en Global
Studies y en el Máster en Asian-Pacific Studies in a Global Context de la Facultad de
Humanidades de la UPF.
– Impulsar la incorporación de temáticas asiáticas en másteres y otros programas de
grado o postgrado que organice la UPF.
– Difundir entre los alumnos de la UPF los cursos, seminarios, conferencias,
programas, etc., que organice Casa Asia, que puedan ser de interés para su formación.
– Seleccionar a 2 estudiantes por año académico para realizar prácticas curriculares
en Casa Asia.
– Colaborar aportando como ponentes a profesores de la UPF para seminarios,
cursos y otras actividades que realice Casa Asia.
– Incorporar temáticas relacionadas con Asia (en especial en las áreas de
globalización, conflictos, seguridad y desarrollo) dentro de las líneas de investigación
de los profesores investigadores de la Facultad de Humanidades, así como los
estudiantes de máster y doctorado, con el fin de generar conocimiento sobre la región.
– La cesión del Auditorio del campus de Poblenou o espacios similares para
actividades organizadas por la UPF y con la participación de Casa Asia, de acuerdo con
la disponibilidad de los espacios, cinco (5) veces al año.
Tercera. Uso de las marcas.
A efectos de que ambas Partes difundan la colaboración, éstas se autorizan
mutuamente al uso de los signos distintivos y marcas explotadas bajo las condiciones
establecidas en este pacto. Esta autorización de uso se limita única y exclusivamente a
los fines previstos en este convenio, y se extinguirá automáticamente en el momento de
terminación de este cualquiera que sea la causa.
La referida autorización no supone la concesión a favor de ninguna de las partes
de derecho ni expectativa de derecho alguno, sea de la naturaleza que sea, sobre las
marcas o signos
Compromiso económico.
El presente Convenio no conlleva obligaciones de carácter económico para
las Partes, quedando obligada cada una a financiar respectivamente la ejecución
de las actividades y actuaciones que deban llevarse a cabo conforme a la cláusula
segunda de este Convenio.
cve: BOE-A-2022-10403
Verificable en https://www.boe.es
Cuarta.