III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE CULTURA Y DEPORTE. Real Federación Española de Balonmano. Estatutos. (BOE-A-2022-10336)
Resolución de 9 de junio de 2022, de la Presidencia del Consejo Superior de Deportes, por la que se publica la modificación de los Estatutos de la Real Federación Española de Balonmano.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 148

Miércoles 22 de junio de 2022

Sec. III. Pág. 86660

Salvo lo dispuesto para la representación del Club o Federación Territorial, en
ningún otro caso se admitirá el voto por representación de otro miembro, ni el voto
por correo.
Artículo 72.
De las sesiones de la Asamblea General se levantará acta en la que se
expresarán los asistentes y los acuerdos adoptados, con las respectivas
votaciones; un ejemplar de la misma se remitirá a todos sus miembros en un plazo
máximo de quince días, a partir del cual empezarán a transcurrir los plazos de
impugnación de los acuerdos adoptados.
El acta se considerará aprobada si transcurridos treinta días naturales desde
su remisión no se hubiere formulado observación o impugnación alguna de su
contenido, o en su caso, se rechacen las alegaciones formuladas.
Todo ello se entenderá sin perjuicio del derecho de los miembros de la
Asamblea General a impugnar los acuerdos adoptados ante la jurisdicción
ordinaria, según los trámites establecidos por la legislación vigente.
Artículo 74.
Son funciones de la Comisión Delegada de la Asamblea General:
A) Aprobar y, en su caso, modificar los reglamentos de la Real Federación
Española de Balonmano en todos los extremos que no estén atribuidos al pleno de
la Asamblea General.
B) Dar vista en la Asamblea General, de todos los acuerdos adoptados
desde la última reunión, para su ratificación.
C) Estudio y aprobación, en su caso, de las propuestas de los asambleístas
y/o de su Junta Directiva referentes a los reglamentos de la Real Federación
Española de Balonmano.
D) La modificación dentro de cada temporada del calendario deportivo.
E) La modificación de los presupuestos aprobados previamente por la
Asamblea General.
F) Elaborar un informe previo a la aprobación de los presupuestos por la
Asamblea General.
G) Elaborar un informe previo anual en que se contemple el seguimiento de
las gestiones deportivas y económicas de la Real Federación Española de
Balonmano, en forma de memoria y liquidación.
H) Aprobar las medidas económicas que sean precisas para el
funcionamiento de la Real Federación Española de Balonmano, incluyéndose la
potestad de poder pedir dinero a cuenta o préstamos de cualquier tipo.
I) Aquellas otras que tengan que resolverse de manera urgente, o que hayan
sido delegadas por la Asamblea

Las propuestas referentes a las cinco primeras funciones corresponden,
exclusivamente al Presidente de la Real Federación Española de Balonmano y/o a
dos tercios de los miembros de la Comisión Delegada, que deberán ser remitidas
por escrito con una antelación mínima de cinco (5) a la fecha de su celebración.
Artículo 78.
La mesa electoral se constituirá el mismo día de la proclamación de
asambleístas, reuniéndose media hora antes de la Asamblea General y estará
integrada por los miembros de mayor y menor edad, de entre los Presidentes de
Federaciones territoriales y los representantes de cada estamento, excluidos los

cve: BOE-A-2022-10336
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Artículo 75.