III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE IGUALDAD. Ayudas. (BOE-A-2022-10337)
Resolución de 14 de junio de 2022, de la Secretaría de Estado de Igualdad y contra la Violencia de Género, por la que se publica el Acuerdo de la Conferencia Sectorial de Igualdad, por el que se aprueban los criterios de distribución territorial y la distribución resultante para la ejecución de los créditos presupuestarios destinados a la creación de centros de atención integral 24 horas a víctimas de violencia sexual, con cargo al "Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia", y se formalizan los compromisos financieros resultantes.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 148
Miércoles 22 de junio de 2022
12.
Sec. III. Pág. 86675
Informes justificativos
Con el objeto de que se pueda comprobar la evolución del gasto realizado y la
adecuación de los proyectos a los objetivos previstos en la inversión número 4 del
Componente 22 del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia las
comunidades autónomas y las Ciudades con Estatuto de Autonomía enviarán a la
Delegación del Gobierno contra la Violencia de Género del Ministerio de Igualdad los
debidos informes justificativos con la periodicidad que se establezca por parte del
Ministerio de Hacienda y Función Pública, y al menos cada 12 meses.
Los contenidos y las fechas de presentación de dichos informes han quedado
establecidos en la Orden HFP/1031/2021, de 29 de septiembre, por la que se establece
el procedimiento y formato de la información a proporcionar por las entidades del sector
público estatal, autonómico y local para el seguimiento del cumplimiento de hitos y
objetivos y de ejecución presupuestaria y contable de las medidas de los componentes
del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
13.
Suministro de información y rendición de cuentas
Corresponderá las comunidades autónomas y las ciudades con Estatuto de
Autonomía asegurar el cumplimiento de:
1. Las condiciones de suministro y publicación periódica de información relativa a
indicadores, en los términos en los que se establezca por el Ministerio de Hacienda y
Función Pública, de conformidad con la normativa nacional y comunitaria.
2. Las condiciones de suministro y publicación periódica de información en cuanto a
ejecución del gasto en proyectos y medidas en relación al coste estimado, en los
términos en los que se establezca por el Ministerio de Hacienda y Función Pública, de
conformidad con la normativa nacional y comunitaria.
3. El mantenimiento de la adecuada pista de auditoría relativa a la medición de los
indicadores y de conservación de la documentación soporte conforme a lo estipulado en
el artículo 132 del Reglamento (UE, Euratom) 2018/1046.
4. La obligación de presentar, al final de la ejecución de la medida, una cuenta
justificativa sobre la utilización de los fondos recibidos para la misma, incluyendo:
5. La obligación de presentar una cuenta justificativa final para la liquidación de la
CS, tanto en lo que respecta a los importes utilizados como a los hitos y objetivos
conseguidos, tras el cierre del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia, es decir, tras
todos los posibles controles nacionales y comunitarios que sobre las medidas
financiadas con él puedan recaer.
En caso de cualquier incumplimiento de la comunidad autónoma puesto de
manifiesto en el desarrollo de las actuaciones de control de la autoridad nacional o de las
instituciones comunitarias, que dé lugar a una merma en el retorno de Fondos, la
responsabilidad por dicho incumplimiento se trasladará a la comunidad autónoma en
aplicación de lo señalado en el artículo 7 de la Ley General de Subvenciones.
14.
Obligación de sometimiento a las disposiciones europeas y nacionales aplicables a
los proyectos financiados con el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia
Las comunidades autónomas, las ciudades con Estatuto de Autonomía y demás
beneficiarios últimos de los fondos procedentes del Plan, así como contratistas y
subcontratistas, quedarán sometidos a la totalidad de la normativa reguladora del
cve: BOE-A-2022-10337
Verificable en https://www.boe.es
a) Grado de cumplimiento de hitos y objetivos respecto de los fijados inicialmente o,
en su caso, revisados.
b) Coste real de la medida respecto del coste estimado inicialmente o revisado.
c) Descripción de la medida y la manera de implementación, mecanismos de
control aplicados en su ejecución.
Núm. 148
Miércoles 22 de junio de 2022
12.
Sec. III. Pág. 86675
Informes justificativos
Con el objeto de que se pueda comprobar la evolución del gasto realizado y la
adecuación de los proyectos a los objetivos previstos en la inversión número 4 del
Componente 22 del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia las
comunidades autónomas y las Ciudades con Estatuto de Autonomía enviarán a la
Delegación del Gobierno contra la Violencia de Género del Ministerio de Igualdad los
debidos informes justificativos con la periodicidad que se establezca por parte del
Ministerio de Hacienda y Función Pública, y al menos cada 12 meses.
Los contenidos y las fechas de presentación de dichos informes han quedado
establecidos en la Orden HFP/1031/2021, de 29 de septiembre, por la que se establece
el procedimiento y formato de la información a proporcionar por las entidades del sector
público estatal, autonómico y local para el seguimiento del cumplimiento de hitos y
objetivos y de ejecución presupuestaria y contable de las medidas de los componentes
del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
13.
Suministro de información y rendición de cuentas
Corresponderá las comunidades autónomas y las ciudades con Estatuto de
Autonomía asegurar el cumplimiento de:
1. Las condiciones de suministro y publicación periódica de información relativa a
indicadores, en los términos en los que se establezca por el Ministerio de Hacienda y
Función Pública, de conformidad con la normativa nacional y comunitaria.
2. Las condiciones de suministro y publicación periódica de información en cuanto a
ejecución del gasto en proyectos y medidas en relación al coste estimado, en los
términos en los que se establezca por el Ministerio de Hacienda y Función Pública, de
conformidad con la normativa nacional y comunitaria.
3. El mantenimiento de la adecuada pista de auditoría relativa a la medición de los
indicadores y de conservación de la documentación soporte conforme a lo estipulado en
el artículo 132 del Reglamento (UE, Euratom) 2018/1046.
4. La obligación de presentar, al final de la ejecución de la medida, una cuenta
justificativa sobre la utilización de los fondos recibidos para la misma, incluyendo:
5. La obligación de presentar una cuenta justificativa final para la liquidación de la
CS, tanto en lo que respecta a los importes utilizados como a los hitos y objetivos
conseguidos, tras el cierre del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia, es decir, tras
todos los posibles controles nacionales y comunitarios que sobre las medidas
financiadas con él puedan recaer.
En caso de cualquier incumplimiento de la comunidad autónoma puesto de
manifiesto en el desarrollo de las actuaciones de control de la autoridad nacional o de las
instituciones comunitarias, que dé lugar a una merma en el retorno de Fondos, la
responsabilidad por dicho incumplimiento se trasladará a la comunidad autónoma en
aplicación de lo señalado en el artículo 7 de la Ley General de Subvenciones.
14.
Obligación de sometimiento a las disposiciones europeas y nacionales aplicables a
los proyectos financiados con el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia
Las comunidades autónomas, las ciudades con Estatuto de Autonomía y demás
beneficiarios últimos de los fondos procedentes del Plan, así como contratistas y
subcontratistas, quedarán sometidos a la totalidad de la normativa reguladora del
cve: BOE-A-2022-10337
Verificable en https://www.boe.es
a) Grado de cumplimiento de hitos y objetivos respecto de los fijados inicialmente o,
en su caso, revisados.
b) Coste real de la medida respecto del coste estimado inicialmente o revisado.
c) Descripción de la medida y la manera de implementación, mecanismos de
control aplicados en su ejecución.