III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE INDUSTRIA, COMERCIO Y TURISMO. Subvenciones. (BOE-A-2022-10334)
Orden ICT/567/2022, de 15 de junio, por la que se modifica la Orden ICT/951/2021, de 10 de septiembre, por la que se establecen las bases reguladoras de las líneas de ayudas para el fortalecimiento de la actividad comercial en zonas turísticas y se procede a su convocatoria en el año 2021, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 148
Miércoles 22 de junio de 2022
Sec. III. Pág. 86654
corrupción y los conflictos de interés, comunicando en su caso a las autoridades
que proceda los incumplimientos observados.
3. Atendiendo al contenido del PRTR, se compromete a respetar los
principios de economía circular y evitar impactos negativos significativos en el
medio ambiente ("DNSH" por sus siglas en inglés "do no significant harm") en la
ejecución de las actuaciones llevadas a cabo en el marco de dicho Plan, y
manifiesta que no incurre en doble financiación y que, en su caso, no le consta
riesgo de incompatibilidad con el régimen de ayudas de Estado.
……………………………..., XX de …………… de 202X
Fdo. …………………………………………….
Cargo: …………………………………………»
Diecisiete.
Se incluye anexo IV:
«ANEXO IV
Declaración de ausencia de conflicto de intereses (DACI). Beneficiario
Don/Doña …………………………………………, con DNI ……………………,
representante legal de la entidad …………, con NIF …………………………., y
domicilio fiscal en ……….…………………………........ que participa como
beneficiario de subvenciones convocadas por Orden XX "………………………" en
el desarrollo de actuaciones necesarias para la consecución de los objetivos
definidos en el Componente 13. I04 "Modernización de la infraestructura comercial
en municipios pequeños", declara:
a) Tener interés personal en el asunto de que se trate o en otro en cuya
resolución pudiera influir la de aquél; ser administrador de sociedad o entidad
interesada, o tener cuestión litigiosa pendiente con algún interesado.
b) Tener un vínculo matrimonial o situación de hecho asimilable y el
parentesco de consanguinidad dentro del cuarto grado o de afinidad dentro del
segundo, con cualquiera de los interesados, con los administradores de entidades
o sociedades interesadas y también con los asesores, representantes legales o
mandatarios que intervengan en el procedimiento, así como compartir despacho
profesional o estar asociado con éstos para el asesoramiento, la representación o
el mandato.
c) Tener amistad íntima o enemistad manifiesta con alguna de las personas
mencionadas en el apartado anterior.
d) Haber intervenido como perito o como testigo en el procedimiento de que
se trate.
cve: BOE-A-2022-10334
Verificable en https://www.boe.es
Primero. Estar informada de la normativa aplicable a los fondos del
Mecanismo de Recuperación y Resiliencia, y específicamente de que el
artículo 61.3 "Conflicto de intereses", del Reglamento (UE, Euratom) 2018/1046
del Parlamento Europeo y del Consejo, de 18 de julio (Reglamento financiero de la
UE) establece que "existirá conflicto de intereses cuando el ejercicio imparcial y
objetivo de las funciones se vea comprometido por razones familiares, afectivas,
de afinidad política o nacional, de interés económico o por cualquier motivo directo
o indirecto de interés personal".
Segundo. Estar informada de que el artículo 23 "Abstención", de la
Ley 40/2015, de 1 octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, establece que
deberán abstenerse de intervenir en el procedimiento "las autoridades y el
personal al servicio de las Administraciones en quienes se den algunas de las
circunstancias señaladas en el apartado siguiente", siendo estas:
Núm. 148
Miércoles 22 de junio de 2022
Sec. III. Pág. 86654
corrupción y los conflictos de interés, comunicando en su caso a las autoridades
que proceda los incumplimientos observados.
3. Atendiendo al contenido del PRTR, se compromete a respetar los
principios de economía circular y evitar impactos negativos significativos en el
medio ambiente ("DNSH" por sus siglas en inglés "do no significant harm") en la
ejecución de las actuaciones llevadas a cabo en el marco de dicho Plan, y
manifiesta que no incurre en doble financiación y que, en su caso, no le consta
riesgo de incompatibilidad con el régimen de ayudas de Estado.
……………………………..., XX de …………… de 202X
Fdo. …………………………………………….
Cargo: …………………………………………»
Diecisiete.
Se incluye anexo IV:
«ANEXO IV
Declaración de ausencia de conflicto de intereses (DACI). Beneficiario
Don/Doña …………………………………………, con DNI ……………………,
representante legal de la entidad …………, con NIF …………………………., y
domicilio fiscal en ……….…………………………........ que participa como
beneficiario de subvenciones convocadas por Orden XX "………………………" en
el desarrollo de actuaciones necesarias para la consecución de los objetivos
definidos en el Componente 13. I04 "Modernización de la infraestructura comercial
en municipios pequeños", declara:
a) Tener interés personal en el asunto de que se trate o en otro en cuya
resolución pudiera influir la de aquél; ser administrador de sociedad o entidad
interesada, o tener cuestión litigiosa pendiente con algún interesado.
b) Tener un vínculo matrimonial o situación de hecho asimilable y el
parentesco de consanguinidad dentro del cuarto grado o de afinidad dentro del
segundo, con cualquiera de los interesados, con los administradores de entidades
o sociedades interesadas y también con los asesores, representantes legales o
mandatarios que intervengan en el procedimiento, así como compartir despacho
profesional o estar asociado con éstos para el asesoramiento, la representación o
el mandato.
c) Tener amistad íntima o enemistad manifiesta con alguna de las personas
mencionadas en el apartado anterior.
d) Haber intervenido como perito o como testigo en el procedimiento de que
se trate.
cve: BOE-A-2022-10334
Verificable en https://www.boe.es
Primero. Estar informada de la normativa aplicable a los fondos del
Mecanismo de Recuperación y Resiliencia, y específicamente de que el
artículo 61.3 "Conflicto de intereses", del Reglamento (UE, Euratom) 2018/1046
del Parlamento Europeo y del Consejo, de 18 de julio (Reglamento financiero de la
UE) establece que "existirá conflicto de intereses cuando el ejercicio imparcial y
objetivo de las funciones se vea comprometido por razones familiares, afectivas,
de afinidad política o nacional, de interés económico o por cualquier motivo directo
o indirecto de interés personal".
Segundo. Estar informada de que el artículo 23 "Abstención", de la
Ley 40/2015, de 1 octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, establece que
deberán abstenerse de intervenir en el procedimiento "las autoridades y el
personal al servicio de las Administraciones en quienes se den algunas de las
circunstancias señaladas en el apartado siguiente", siendo estas: