III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE INDUSTRIA, COMERCIO Y TURISMO. Subvenciones. (BOE-A-2022-10332)
Orden ICT/565/2022, de 15 de junio, por la que se modifica la Orden ICT/949/2021, de 10 de septiembre, por la que se establecen las bases reguladoras de la línea de ayudas para el apoyo a mercados, zonas urbanas comerciales, comercio no sedentario y canales cortos de comercialización, y se procede a su convocatoria en el año 2021, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Miércoles 22 de junio de 2022

Sec. III. Pág. 86620

formato electrónico que permita realizar búsquedas y en una base de datos única,
las categorías armonizadas de datos siguientes:
i. El nombre del perceptor final de los fondos;
ii. El nombre del contratista y del subcontratista, cuando el perceptor final de
los fondos sea un poder adjudicador de conformidad con el Derecho de la Unión o
nacional en materia de contratación pública;
iii. Los nombres, apellidos y fechas de nacimiento de los titulares reales del
perceptor de los fondos o del contratista, según se define en el artículo 3, punto 6,
de la Directiva (UE) 2015/849 del Parlamento Europeo y del Consejo (26);
iv. Una lista de medidas para la ejecución de reformas y proyectos de inversión
en el marco del plan de recuperación y resiliencia, junto con el importe total de la
financiación pública de dichas medidas y que indique la cuantía de los fondos
desembolsados en el marco del Mecanismo y de otros fondos de la Unión”.
b) Apartado 3: “Los datos personales mencionados en el apartado 2, letra d),
del presente artículo solo serán tratados por los Estados miembros y por la
Comisión a los efectos y duración de la correspondiente auditoría de la aprobación
de la gestión presupuestaria y de los procedimientos de control relacionados con
la utilización de los fondos relacionados con la aplicación de los acuerdos a que se
refieren los artículos 15, apartado 2, y 23, apartado 1. En el marco del
procedimiento de aprobación de la gestión de la Comisión, de conformidad con el
artículo 319 del TFUE, el Mecanismo estará sujeto a la presentación de informes
en el marco de la información financiera y de rendición de cuentas integrada a que
se refiere el artículo 247 del Reglamento Financiero y, en particular, por separado,
en el informe anual de gestión y rendimiento”.
Conforme al marco jurídico expuesto, manifiesta acceder a la cesión y tratamiento
de los datos con los fines expresamente relacionados en los artículos citados.
2. Manifiesta el compromiso de la entidad que representa con los estándares
más exigentes en relación con el cumplimiento de las normas jurídicas, éticas y
morales, adoptando las medidas necesarias para prevenir y detectar el fraude, la
corrupción y los conflictos de interés, comunicando en su caso a las autoridades
que proceda los incumplimientos observados.
3. Atendiendo al contenido del PRTR, se compromete a respetar los
principios de economía circular y evitar impactos negativos significativos en el
medio ambiente (“DNSH” por sus siglas en inglés “do no significant harm”) en la
ejecución de las actuaciones llevadas a cabo en el marco de dicho Plan, y
manifiesta que no incurre en doble financiación y que, en su caso, no le consta
riesgo de incompatibilidad con el régimen de ayudas de Estado.
......................................, XX de .............................. de 202X

Fdo. .............................
Cargo: .....................................................»
cve: BOE-A-2022-10332
Verificable en https://www.boe.es

Núm. 148