I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES, UNIÓN EUROPEA Y COOPERACIÓN. Acuerdos internacionales administrativos. (BOE-A-2022-10294)
Acuerdo entre las Autoridades Nacionales de Seguridad de la República Francesa y del Reino de España sobre cooperación en materia de seguridad operacional e interoperabilidad de las actividades ferroviarias, hecho en Amiens el 26 de abril de 2022.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 148
Miércoles 22 de junio de 2022
Sec. I. Pág. 86125
línea de ancho ibérico de Latour-de-Carol-Enveitg en la frontera francoespañola», que se
pueden consultar ante SNCF Réseau.
– La sección fronteriza no incluye el lado español, al no existir vías de la Red
Ferroviaria de Interés General que permitan la circulación en ancho estándar en este
lado de la frontera.
3.3
Irún-Hendaya.
Las partes acuerdan que:
– Para el lado francés, la sección fronteriza puede definirse como el conjunto de vías
de la red ferroviaria nacional en ancho ibérico existentes en este lado de la frontera que
permiten el funcionamiento normal y las maniobras. A saber:
• Vías principales n.º 101 y 102, de ancho ibérico.
• Vías de servicio n.º 134 a 140, de ancho ibérico.
• Los límites precisos del establecimiento y de las maniobras se detallan en las
normas de explotación locales «Gare d’Hendaye», que se pueden consultar ante SNCF
Réseau.
– En el lado español, la sección fronteriza se puede definir como el conjunto de vías
de la Red Ferroviaria de Interés General existentes en este lado de la frontera y en el
ámbito de la estación de Irún, que permiten la circulación en ancho estándar. Esto es:
• La vía general 11 en Irún, y 2P en el Sector Plaia Aundi.
• Las vías de servicio 12, 13, 19, 27, 29, 41, 43, 9D, 5M, 11N, pares de la 18 hasta
la 26, y 52 en Irún, y pares desde la 4P hasta la 10P, 14P, 18P, 22P, 26P, 28P, 30P y 40P
en el Sector Plaia Aundi.
• Los límites precisos dentro de cada una de estas vías se detallan en las consignas
puestas a disposición por el administrador de infraestructuras.
3.4
3.4.1
Perpiñán-Figueres.
Mercancías
Las partes acuerdan que:
– En el lado francés, la sección fronteriza se limita al haz internacional de la estación
de Perpiñán. A saber:
• Las vías principales 11 a 18, asignadas a la recepción y al estacionamiento de
trenes en tránsito entre Francia y España y viceversa, a través de la sección
internacional Perpiñán-Figueres.
• Las vías de servicio:
• Los límites precisos del establecimiento y de las maniobras se detallan en las
normas de explotación locales «Gare de Perpignan», que se pueden consultar ante
SNCF-Réseau.
– En el lado español, la sección fronteriza se limita al haz internacional de la
estación Figueres - Vilafant. A saber:
• Las vías generales 1 y 2.
• Las vías de servicio 3, 4, 5, 6 y 7.
cve: BOE-A-2022-10294
Verificable en https://www.boe.es
○ 20 a 23, vías de la playa de vías del haz internacional, asignadas a las maniobras
y al estacionamiento de las unidades de tracción de los trenes del haz internacional.
○ Vías mangos 813, 884 y 886, asignadas a las maniobras de las unidades de
tracción de los trenes del haz internacional.
Núm. 148
Miércoles 22 de junio de 2022
Sec. I. Pág. 86125
línea de ancho ibérico de Latour-de-Carol-Enveitg en la frontera francoespañola», que se
pueden consultar ante SNCF Réseau.
– La sección fronteriza no incluye el lado español, al no existir vías de la Red
Ferroviaria de Interés General que permitan la circulación en ancho estándar en este
lado de la frontera.
3.3
Irún-Hendaya.
Las partes acuerdan que:
– Para el lado francés, la sección fronteriza puede definirse como el conjunto de vías
de la red ferroviaria nacional en ancho ibérico existentes en este lado de la frontera que
permiten el funcionamiento normal y las maniobras. A saber:
• Vías principales n.º 101 y 102, de ancho ibérico.
• Vías de servicio n.º 134 a 140, de ancho ibérico.
• Los límites precisos del establecimiento y de las maniobras se detallan en las
normas de explotación locales «Gare d’Hendaye», que se pueden consultar ante SNCF
Réseau.
– En el lado español, la sección fronteriza se puede definir como el conjunto de vías
de la Red Ferroviaria de Interés General existentes en este lado de la frontera y en el
ámbito de la estación de Irún, que permiten la circulación en ancho estándar. Esto es:
• La vía general 11 en Irún, y 2P en el Sector Plaia Aundi.
• Las vías de servicio 12, 13, 19, 27, 29, 41, 43, 9D, 5M, 11N, pares de la 18 hasta
la 26, y 52 en Irún, y pares desde la 4P hasta la 10P, 14P, 18P, 22P, 26P, 28P, 30P y 40P
en el Sector Plaia Aundi.
• Los límites precisos dentro de cada una de estas vías se detallan en las consignas
puestas a disposición por el administrador de infraestructuras.
3.4
3.4.1
Perpiñán-Figueres.
Mercancías
Las partes acuerdan que:
– En el lado francés, la sección fronteriza se limita al haz internacional de la estación
de Perpiñán. A saber:
• Las vías principales 11 a 18, asignadas a la recepción y al estacionamiento de
trenes en tránsito entre Francia y España y viceversa, a través de la sección
internacional Perpiñán-Figueres.
• Las vías de servicio:
• Los límites precisos del establecimiento y de las maniobras se detallan en las
normas de explotación locales «Gare de Perpignan», que se pueden consultar ante
SNCF-Réseau.
– En el lado español, la sección fronteriza se limita al haz internacional de la
estación Figueres - Vilafant. A saber:
• Las vías generales 1 y 2.
• Las vías de servicio 3, 4, 5, 6 y 7.
cve: BOE-A-2022-10294
Verificable en https://www.boe.es
○ 20 a 23, vías de la playa de vías del haz internacional, asignadas a las maniobras
y al estacionamiento de las unidades de tracción de los trenes del haz internacional.
○ Vías mangos 813, 884 y 886, asignadas a las maniobras de las unidades de
tracción de los trenes del haz internacional.