III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA. Convenios. (BOE-A-2022-10216)
Resolución de 11 de abril de 2022, de la Autoridad Portuaria de Bilbao, por la que se publica el Convenio con la Diputación Foral de Bizkaia y el Ayuntamiento de Erandio, para el desarrollo de actuaciones en el ámbito de la movilidad ciclista y peatonal en convivencia con la motorizada.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 146
Lunes 20 de junio de 2022
3.3
Sec. III. Pág. 85490
Compromisos principales de la Autoridad Portuaria de Bilbao:
– Autorizar las obras que vayan a desarrollarse en el dominio público portuario,
fijando al respecto las condiciones técnicas oportunas, bajo criterios de máxima
factibilidad y seguridad.
En particular, le corresponderá autorizar y dar la conformidad al proyecto constructivo
de las obras vinculadas al puente-móvil o pasarela ciclopeatonal prevista entre los
municipios de Erandio y Barakaldo antes de su aprobación definitiva, al tener dicha
actuación directa incidencia en la actividad y el tráfico portuario, determinando los
requerimientos operativos, funcionales y/o constructivos que resulten necesarios para,
entre otros aspectos, garantizar el tránsito de buques mercantes por el canal de
navegación y la estabilidad y seguridad estructural de los muros de ribera afectados.
– Aportar los espacios necesarios para la ejecución de las obras y actuaciones
vinculadas con el presente Convenio, sin perjuicio de la tramitación y obtención de los
respectivos títulos habilitantes.
– Tramitar y otorgar los correspondientes títulos de ocupación del dominio público
portuario, de conformidad con lo indicado previamente, necesarios para la ejecución de
las actuaciones programadas, con aplicación del plazo concesional máximo legalmente
posible, interesando al respecto los oportunos informes previos ante las diferentes
Administraciones competentes en relación con las actuaciones previstas en el presente
Convenio, singularmente de la Capitanía Marítima de Bilbao y de URA-Agencia Vasca
del Agua en atención a sus recíprocas competencias, así como, en su caso, cuantos
otros se precisen dentro de la tramitación medioambiental necesaria.
– Revisión del estado de los muros de ribera sobre los que se desarrollarán las
actuaciones identificadas en relación al objeto del presente Convenio, con anterioridad a
la aprobación del proyecto y la ejecución de dichas actuaciones teniendo en cuenta el
uso viario actual. En todo caso, el proyecto y la ejecución de las obras programadas en
desarrollo del objeto del presente Convenio deberán acomodarse al estado de los
referidos muros de ribera, resguardando su seguridad estructural, en la zona en la que
se actúe con voladizos.
3.4 Con la finalidad de dar cumplimiento a los objetivos de este Convenio, las partes
firmantes se obligan, leal y formalmente, a desarrollar, tramitar, financiar o ejecutar los
respectivos compromisos que en virtud del presente documento expresamente asumen,
con el alcance que en el mismo se desarrolla en orden a los objetivos pretendidos.
A tal efecto, las Administraciones intervinientes promoverán y tramitarán hasta su
aprobación, en el ámbito de sus respectivas competencias y con sujeción a la normativa
de aplicación, las tramitaciones necesarias en materia patrimonial, contractual,
concesional, urbanística o cualesquiera otras de carácter sectorial a los efectos de
garantizar el cumplimiento de las finalidades previstas en el presente Convenio.
Cuarta. Financiación y plazos de ejecución de las actuaciones programadas en el
presente convenio.
2021: 20.000.000 de euros.
2022: 15.000.000 de euros.
Esta cantidad incluye todos los conceptos objeto de financiación.
4.2 En orden a hacer frente al compromiso económico derivado de los párrafos
precedentes, están aprobados, con anterioridad a la suscripción del presente
documento, los créditos presupuestarios adecuados y suficientes, que serán con cargo a
cve: BOE-A-2022-10216
Verificable en https://www.boe.es
4.1 Corresponde a la Diputación Foral de Bizkaia la financiación de las obras objeto
del presente Convenio hasta el límite del crédito presupuestario autorizado. El importe
total estimado de las obras asciende a treinta y cinco millones de euros (35.000.000 €),
distribuidas en las siguientes anualidades:
Núm. 146
Lunes 20 de junio de 2022
3.3
Sec. III. Pág. 85490
Compromisos principales de la Autoridad Portuaria de Bilbao:
– Autorizar las obras que vayan a desarrollarse en el dominio público portuario,
fijando al respecto las condiciones técnicas oportunas, bajo criterios de máxima
factibilidad y seguridad.
En particular, le corresponderá autorizar y dar la conformidad al proyecto constructivo
de las obras vinculadas al puente-móvil o pasarela ciclopeatonal prevista entre los
municipios de Erandio y Barakaldo antes de su aprobación definitiva, al tener dicha
actuación directa incidencia en la actividad y el tráfico portuario, determinando los
requerimientos operativos, funcionales y/o constructivos que resulten necesarios para,
entre otros aspectos, garantizar el tránsito de buques mercantes por el canal de
navegación y la estabilidad y seguridad estructural de los muros de ribera afectados.
– Aportar los espacios necesarios para la ejecución de las obras y actuaciones
vinculadas con el presente Convenio, sin perjuicio de la tramitación y obtención de los
respectivos títulos habilitantes.
– Tramitar y otorgar los correspondientes títulos de ocupación del dominio público
portuario, de conformidad con lo indicado previamente, necesarios para la ejecución de
las actuaciones programadas, con aplicación del plazo concesional máximo legalmente
posible, interesando al respecto los oportunos informes previos ante las diferentes
Administraciones competentes en relación con las actuaciones previstas en el presente
Convenio, singularmente de la Capitanía Marítima de Bilbao y de URA-Agencia Vasca
del Agua en atención a sus recíprocas competencias, así como, en su caso, cuantos
otros se precisen dentro de la tramitación medioambiental necesaria.
– Revisión del estado de los muros de ribera sobre los que se desarrollarán las
actuaciones identificadas en relación al objeto del presente Convenio, con anterioridad a
la aprobación del proyecto y la ejecución de dichas actuaciones teniendo en cuenta el
uso viario actual. En todo caso, el proyecto y la ejecución de las obras programadas en
desarrollo del objeto del presente Convenio deberán acomodarse al estado de los
referidos muros de ribera, resguardando su seguridad estructural, en la zona en la que
se actúe con voladizos.
3.4 Con la finalidad de dar cumplimiento a los objetivos de este Convenio, las partes
firmantes se obligan, leal y formalmente, a desarrollar, tramitar, financiar o ejecutar los
respectivos compromisos que en virtud del presente documento expresamente asumen,
con el alcance que en el mismo se desarrolla en orden a los objetivos pretendidos.
A tal efecto, las Administraciones intervinientes promoverán y tramitarán hasta su
aprobación, en el ámbito de sus respectivas competencias y con sujeción a la normativa
de aplicación, las tramitaciones necesarias en materia patrimonial, contractual,
concesional, urbanística o cualesquiera otras de carácter sectorial a los efectos de
garantizar el cumplimiento de las finalidades previstas en el presente Convenio.
Cuarta. Financiación y plazos de ejecución de las actuaciones programadas en el
presente convenio.
2021: 20.000.000 de euros.
2022: 15.000.000 de euros.
Esta cantidad incluye todos los conceptos objeto de financiación.
4.2 En orden a hacer frente al compromiso económico derivado de los párrafos
precedentes, están aprobados, con anterioridad a la suscripción del presente
documento, los créditos presupuestarios adecuados y suficientes, que serán con cargo a
cve: BOE-A-2022-10216
Verificable en https://www.boe.es
4.1 Corresponde a la Diputación Foral de Bizkaia la financiación de las obras objeto
del presente Convenio hasta el límite del crédito presupuestario autorizado. El importe
total estimado de las obras asciende a treinta y cinco millones de euros (35.000.000 €),
distribuidas en las siguientes anualidades: