III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE HACIENDA Y FUNCIÓN PÚBLICA. Oferta de empleo público. (BOE-A-2022-8549)
Real Decreto 407/2022, de 24 de mayo, por el que se aprueba la oferta de empleo público para el año 2022.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 124
Miércoles 25 de mayo de 2022
Sec. III. Pág. 71913
consagrado en el artículo 103.1 de la Constitución Española, buscando la agilización y
modernización de los procesos selectivos, evitando su dilatación excesiva en el tiempo,
pero respetando, en todo caso, los principios de igualdad, mérito y capacidad en el acceso a
la función pública contemplados en el apartado 3 del mismo artículo del texto constitucional.
En este mismo sentido, también se tienen en cuenta las previsiones contenidas en el Plan
Ejecutivo 2022-2024 en el que se concretan las medidas incluidas en las «Orientaciones
para el cambio en materia de selección para modernizar y agilizar los procesos selectivos»;
avanzar en la profesionalización de los órganos de selección; promover la igualdad en el
acceso al empleo público y consolidar un modelo de planificación estratégica de recursos
humanos.
La oferta de empleo público aporta seguridad jurídica y transparencia de cara a los
futuros procesos selectivos, de modo que la ciudadanía puede conocer no sólo las
plazas a convocar, sino también en qué áreas de actividad, conociendo de antemano las
reglas básicas a las que se sujetarán las convocatorias.
Por este motivo, en las bases de convocatoria se tendrá en cuenta la necesaria
minoración de las cargas administrativas, sin que en ningún caso esta regulación
conlleve una restricción de derechos de los particulares, sino que los garantiza de
acuerdo con la legislación vigente.
El desarrollo de la oferta de empleo público ha de tener en cuenta el avance de la
digitalización. Por este motivo, en relación con la presentación de solicitudes para participar
en los procesos selectivos, el presente real decreto incorpora la previsión de la disposición
adicional primera del Real Decreto 203/2021, de 30 de marzo, por el que se aprueba el
Reglamento de actuación y funcionamiento del sector público por medios electrónicos,
referida a la obligatoriedad de uso de medios electrónicos en los procesos selectivos para el
acceso al empleo público en el ámbito de la Administración General del Estado.
Este real decreto se ha negociado en la Mesa General de Negociación de la
Administración General del Estado, con fecha 23 de mayo de 2022, y ha sido informado
por la Comisión Superior de Personal, en la reunión celebrada por este órgano
colegiado, el día 23 de mayo de 2022.
En su virtud, a propuesta de la Ministra de Hacienda y Función Pública, y previa
deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 24 de mayo de 2022,
DISPONGO:
Artículo 1.
Aprobación de la oferta de empleo público.
Artículo 2. Cuantificación de las plazas de la oferta de empleo público.
1. La oferta de empleo público para 2022 contiene las necesidades de recursos
humanos con asignación presupuestaria que deban proveerse mediante la incorporación
de personal de nuevo ingreso. La distribución y cuantificación de estas plazas es la que
figura en el articulado y en los anexos de este real decreto.
2. En el anexo I se incluyen las plazas que se autorizan en la Administración
General del Estado para ingreso de nuevo personal con especificación de los cuerpos y
cve: BOE-A-2022-8549
Verificable en https://www.boe.es
1. En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 70 del texto refundido de la Ley
del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por Real Decreto
Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, y en la Ley 22/2021, de 28 de diciembre, de
Presupuestos Generales del Estado para el año 2022, se aprueba la oferta de empleo
público para 2022 en los términos que se establecen en este real decreto.
2. Igualmente, se incluyen las plazas que se autorizan por el procedimiento de
promoción interna en cuerpos o escalas de personal funcionario, así como las
correspondientes al personal laboral, de acuerdo con el convenio colectivo de aplicación.
3. Por último, se aprueba, de conformidad con lo establecido en la Ley 7/1985, de 2
de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, la oferta de empleo público de
funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional.
Núm. 124
Miércoles 25 de mayo de 2022
Sec. III. Pág. 71913
consagrado en el artículo 103.1 de la Constitución Española, buscando la agilización y
modernización de los procesos selectivos, evitando su dilatación excesiva en el tiempo,
pero respetando, en todo caso, los principios de igualdad, mérito y capacidad en el acceso a
la función pública contemplados en el apartado 3 del mismo artículo del texto constitucional.
En este mismo sentido, también se tienen en cuenta las previsiones contenidas en el Plan
Ejecutivo 2022-2024 en el que se concretan las medidas incluidas en las «Orientaciones
para el cambio en materia de selección para modernizar y agilizar los procesos selectivos»;
avanzar en la profesionalización de los órganos de selección; promover la igualdad en el
acceso al empleo público y consolidar un modelo de planificación estratégica de recursos
humanos.
La oferta de empleo público aporta seguridad jurídica y transparencia de cara a los
futuros procesos selectivos, de modo que la ciudadanía puede conocer no sólo las
plazas a convocar, sino también en qué áreas de actividad, conociendo de antemano las
reglas básicas a las que se sujetarán las convocatorias.
Por este motivo, en las bases de convocatoria se tendrá en cuenta la necesaria
minoración de las cargas administrativas, sin que en ningún caso esta regulación
conlleve una restricción de derechos de los particulares, sino que los garantiza de
acuerdo con la legislación vigente.
El desarrollo de la oferta de empleo público ha de tener en cuenta el avance de la
digitalización. Por este motivo, en relación con la presentación de solicitudes para participar
en los procesos selectivos, el presente real decreto incorpora la previsión de la disposición
adicional primera del Real Decreto 203/2021, de 30 de marzo, por el que se aprueba el
Reglamento de actuación y funcionamiento del sector público por medios electrónicos,
referida a la obligatoriedad de uso de medios electrónicos en los procesos selectivos para el
acceso al empleo público en el ámbito de la Administración General del Estado.
Este real decreto se ha negociado en la Mesa General de Negociación de la
Administración General del Estado, con fecha 23 de mayo de 2022, y ha sido informado
por la Comisión Superior de Personal, en la reunión celebrada por este órgano
colegiado, el día 23 de mayo de 2022.
En su virtud, a propuesta de la Ministra de Hacienda y Función Pública, y previa
deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 24 de mayo de 2022,
DISPONGO:
Artículo 1.
Aprobación de la oferta de empleo público.
Artículo 2. Cuantificación de las plazas de la oferta de empleo público.
1. La oferta de empleo público para 2022 contiene las necesidades de recursos
humanos con asignación presupuestaria que deban proveerse mediante la incorporación
de personal de nuevo ingreso. La distribución y cuantificación de estas plazas es la que
figura en el articulado y en los anexos de este real decreto.
2. En el anexo I se incluyen las plazas que se autorizan en la Administración
General del Estado para ingreso de nuevo personal con especificación de los cuerpos y
cve: BOE-A-2022-8549
Verificable en https://www.boe.es
1. En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 70 del texto refundido de la Ley
del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por Real Decreto
Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, y en la Ley 22/2021, de 28 de diciembre, de
Presupuestos Generales del Estado para el año 2022, se aprueba la oferta de empleo
público para 2022 en los términos que se establecen en este real decreto.
2. Igualmente, se incluyen las plazas que se autorizan por el procedimiento de
promoción interna en cuerpos o escalas de personal funcionario, así como las
correspondientes al personal laboral, de acuerdo con el convenio colectivo de aplicación.
3. Por último, se aprueba, de conformidad con lo establecido en la Ley 7/1985, de 2
de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, la oferta de empleo público de
funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional.