III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, RELACIONES CON LAS CORTES Y MEMORIA DEMOCRÁTICA. Convenios. (BOE-A-2022-7481)
Resolución de 27 de abril de 2022, de la Subsecretaría, por la que se publica el Convenio entre el Ministerio de Defensa y AENA, S.M.E., SA, para establecer las claves de reparto y los criterios de compensación por la utilización de las bases aéreas abiertas al tráfico civil de Villanubla, León, Albacete, Matacán y Talavera, y el aeródromo de utilización conjunta de Zaragoza por aeronaves civiles.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 108
Viernes 6 de mayo de 2022
Segunda.
Sec. III. Pág. 64099
Obligaciones y compromisos económicos.
El cálculo de los costes imputados a cada parte, en función de los costes imputables
y de las claves de reparto elegidas, se adaptará a la metodología definida en el anexo.
La cifra resultante de los costes imputables entre AENA, y el Ejército del Aire (EA)
para cada una de las BAATC y aeródromo de Zaragoza, será consensuada por el Comité
de Seguimiento descrito en la siguiente cláusula, con anterioridad al 15 de abril de cada
año. En ningún caso, el EA aparecerá como deudor en ninguna de las evaluaciones de
los costes imputables de cada una de las BAATC y aeródromo de Zaragoza. De
producirse esta situación, el balance permanecerá a cero hasta tanto el EA pase a una
situación acreedora.
El 100% del pago de la cifra resultante, acordada por el Comité de Seguimiento, se
ingresará por parte de AENA, no más tarde del 20 de mayo de cada año, en la siguiente
cuenta:
Titular: Sección de Gestión Económico Administrativa de la Dirección de Asuntos
Económicos del Ejército del Aire.
Código BIC: BBVAESMMXXX, Código IBAN: ES69 0182 6941 6500 1000 0061
En el caso de que por el Comité de Seguimiento no se alcance un acuerdo sobre la
cifra resultante, se elevará la decisión a las autoridades firmantes.
Tercera. Mecanismos de seguimiento, vigilancia y control.
Para velar por la adecuada realización del objeto del presente convenio se constituye
un Comité de Seguimiento (COMSE) que estará compuesto por seis miembros
permanentes:
– Por parte de AENA: el Director General de Aeropuertos, el Director de
Planificación Económica y Control de Gestión y el Director de Planificación y
Medioambiente.
– Por parte del EA: el General Jefe de la División de Logística (GJDLO), el Jefe de la
Sección de Recursos Financieros de la División de Logística y el Jefe de la Sección de
Infraestructura de la División de Logística.
Adicionalmente podrán asistir otros integrantes que se acuerden por ambas partes.
La Presidencia del COMSE será anual y rotatoria entre ambas Instituciones,
iniciándose por el representante del EA.
El COMSE se reunirá, con carácter ordinario, una vez al año con anterioridad al 15
de abril con objeto de acordar el importe a compensar en cada anualidad, para lo cual
analizará los siguientes aspectos:
– Los datos de tráfico referidos al ejercicio anterior, garantizando la homogeneidad
de criterios de contabilización de operaciones, según se indica en el anexo.
– Las superficies estipuladas por servicios o apoyos que figuran en el anexo.
– Los protocolos de seguridad perimetral de cada una de las BAATC y aeródromo de
Zaragoza que puedan afectar a la clave de reparto.
4. Revisión de las inversiones en proceso de amortización por cada una de las
partes en cada una de las áreas de coste, de acuerdo con las siguientes
consideraciones:
cve: BOE-A-2022-7481
Verificable en https://www.boe.es
1. Actualización de los servicios y apoyos imputables a la aviación civil en cada una
de las áreas de coste, valorándose su coste asociado. De esta cifra se descontarán los
costes de los servicios o consumos incurridos por AENA en aquellos apoyos o servicios
considerados conjuntos.
2. Valoración de costes, que se realizará sobre datos referidos al ejercicio anterior.
3. Revisión de las claves de reparto de costes siguientes:
Núm. 108
Viernes 6 de mayo de 2022
Segunda.
Sec. III. Pág. 64099
Obligaciones y compromisos económicos.
El cálculo de los costes imputados a cada parte, en función de los costes imputables
y de las claves de reparto elegidas, se adaptará a la metodología definida en el anexo.
La cifra resultante de los costes imputables entre AENA, y el Ejército del Aire (EA)
para cada una de las BAATC y aeródromo de Zaragoza, será consensuada por el Comité
de Seguimiento descrito en la siguiente cláusula, con anterioridad al 15 de abril de cada
año. En ningún caso, el EA aparecerá como deudor en ninguna de las evaluaciones de
los costes imputables de cada una de las BAATC y aeródromo de Zaragoza. De
producirse esta situación, el balance permanecerá a cero hasta tanto el EA pase a una
situación acreedora.
El 100% del pago de la cifra resultante, acordada por el Comité de Seguimiento, se
ingresará por parte de AENA, no más tarde del 20 de mayo de cada año, en la siguiente
cuenta:
Titular: Sección de Gestión Económico Administrativa de la Dirección de Asuntos
Económicos del Ejército del Aire.
Código BIC: BBVAESMMXXX, Código IBAN: ES69 0182 6941 6500 1000 0061
En el caso de que por el Comité de Seguimiento no se alcance un acuerdo sobre la
cifra resultante, se elevará la decisión a las autoridades firmantes.
Tercera. Mecanismos de seguimiento, vigilancia y control.
Para velar por la adecuada realización del objeto del presente convenio se constituye
un Comité de Seguimiento (COMSE) que estará compuesto por seis miembros
permanentes:
– Por parte de AENA: el Director General de Aeropuertos, el Director de
Planificación Económica y Control de Gestión y el Director de Planificación y
Medioambiente.
– Por parte del EA: el General Jefe de la División de Logística (GJDLO), el Jefe de la
Sección de Recursos Financieros de la División de Logística y el Jefe de la Sección de
Infraestructura de la División de Logística.
Adicionalmente podrán asistir otros integrantes que se acuerden por ambas partes.
La Presidencia del COMSE será anual y rotatoria entre ambas Instituciones,
iniciándose por el representante del EA.
El COMSE se reunirá, con carácter ordinario, una vez al año con anterioridad al 15
de abril con objeto de acordar el importe a compensar en cada anualidad, para lo cual
analizará los siguientes aspectos:
– Los datos de tráfico referidos al ejercicio anterior, garantizando la homogeneidad
de criterios de contabilización de operaciones, según se indica en el anexo.
– Las superficies estipuladas por servicios o apoyos que figuran en el anexo.
– Los protocolos de seguridad perimetral de cada una de las BAATC y aeródromo de
Zaragoza que puedan afectar a la clave de reparto.
4. Revisión de las inversiones en proceso de amortización por cada una de las
partes en cada una de las áreas de coste, de acuerdo con las siguientes
consideraciones:
cve: BOE-A-2022-7481
Verificable en https://www.boe.es
1. Actualización de los servicios y apoyos imputables a la aviación civil en cada una
de las áreas de coste, valorándose su coste asociado. De esta cifra se descontarán los
costes de los servicios o consumos incurridos por AENA en aquellos apoyos o servicios
considerados conjuntos.
2. Valoración de costes, que se realizará sobre datos referidos al ejercicio anterior.
3. Revisión de las claves de reparto de costes siguientes: