III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, RELACIONES CON LAS CORTES Y MEMORIA DEMOCRÁTICA. Convenios. (BOE-A-2022-6099)
Resolución de 6 de abril de 2022, de la Subsecretaría, por la que se publica el Convenio entre el Instituto Nacional de Estadística y el Ministerio de Educación y Formación Profesional, para la adopción de protocolos de utilización de la aplicación IRIA.
13 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 88
Miércoles 13 de abril de 2022
Sec. III. Pág. 51859
artículo 143, «Evaluación general del sistema educativo» se prevé la realización de
«evaluaciones que permitan obtener datos representativos, tanto del alumnado y de los
centros de las Comunidades Autónomas como del conjunto del Estado. Estas evaluaciones
versarán sobre las competencias establecidas en el currículo y se desarrollarán en la
enseñanza primaria y secundaria. La Conferencia Sectorial de Educación velará para que
estas evaluaciones se realicen con criterios de homogeneidad».
En el apartado 143.2 de la citada Ley se establece que «A tal fin, en el último curso
de educación primaria y de educación secundaria obligatoria, el Instituto Nacional de
Evaluación Educativa, y los organismos correspondientes de las Administraciones
educativas […] llevarán a cabo, con carácter muestral y plurianual, una evaluación de las
competencias adquiridas por los alumnos o alumnas. Esta evaluación tendrá carácter
informativo, formativo y orientador para los centros e informativo para las familias y para
el conjunto de la comunidad educativa».
Para la realización de las evaluaciones educativas se elaboran cuestionarios y
pruebas de rendimiento que tradicionalmente se han completado en formato impreso. La
digitalización progresiva de los procesos de enseñanza-aprendizaje y el desarrollo de la
competencia digital del alumnado hace necesaria la transformación de la evaluación a
formato electrónico, proceso en el que INEE ha venido trabajando en colaboración con el
Instituto Nacional de Tecnologías de la Comunicación y Formación del Profesorado
(INTEF) desde el curso académico 2014-2015.
Con el objeto de disponer de una plataforma integral para dar soporte a la realización
de las evaluaciones de ámbito nacional en formato digital, parece adecuado utilizar la
herramienta IRIA (Integración de la Recogida de Información y su Administración) del
INE en la recogida de la información de los alumnos y centros participantes. El INE
pondrá a disposición del MEFP dicha plataforma informática, para llevar a cabo las
tareas relacionadas con estas evaluaciones.
La dirección y supervisión del proyecto corresponde a la Subdirección General de
Estadística y Estudios de la Secretaría General Técnica del MEFP y al Instituto Nacional
de Evaluación Educativa (INEE).
En estas evaluaciones educativas de ámbito nacional podrán participar los centros
educativos que resulten seleccionados del proceso de muestreo bietápico (selección de
centros en una primera etapa y de alumnos y alumnas en la segunda). Se realizará un
muestreo estratificado, al menos, por comunidad autónoma, de forma que se extraerá
una muestra de centros educativos de cada una de las 17 comunidades autónomas y de
las ciudades autónomas de Ceuta y Melilla, cada una de ellas representativa del
alumnado escolarizado en el mismo nivel educativo en la correspondiente comunidad. La
muestra en su conjunto será representativa a nivel del Estado.
Condiciones técnicas:
– La población objetivo en la evaluación de Educación Primaria es el alumnado
matriculado en 6.º de EP en los centros educativos españoles en la primavera del año en
el que se realice la evaluación.
La población objetivo en la evaluación de Educación Secundaria es el alumnado
matriculado en 4.º de ESO en los centros educativos españoles en la primavera del año
en el que se realice la evaluación.
– En el curso 2024-2025 se realizará la primera evaluación de Educación Primaria
con muestra representativa a nivel autonómico y nacional. Las evaluaciones siguientes
cve: BOE-A-2022-6099
Verificable en https://www.boe.es
1. Nombre y base legal de la operación estadística: «Evaluación general del
Sistema Educativo: Educación Primaria» y «Evaluación general del Sistema Educativo:
Educación Secundaria Obligatoria». La base jurídica es la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de
mayo, de Educación, modificada por la Ley Orgánica 3/2020, de 29 de diciembre.
2. Ámbito poblacional y temporal: las evaluaciones se realizarán periódicamente
cada tres años, alternando los dos niveles y etapas educativas.
Núm. 88
Miércoles 13 de abril de 2022
Sec. III. Pág. 51859
artículo 143, «Evaluación general del sistema educativo» se prevé la realización de
«evaluaciones que permitan obtener datos representativos, tanto del alumnado y de los
centros de las Comunidades Autónomas como del conjunto del Estado. Estas evaluaciones
versarán sobre las competencias establecidas en el currículo y se desarrollarán en la
enseñanza primaria y secundaria. La Conferencia Sectorial de Educación velará para que
estas evaluaciones se realicen con criterios de homogeneidad».
En el apartado 143.2 de la citada Ley se establece que «A tal fin, en el último curso
de educación primaria y de educación secundaria obligatoria, el Instituto Nacional de
Evaluación Educativa, y los organismos correspondientes de las Administraciones
educativas […] llevarán a cabo, con carácter muestral y plurianual, una evaluación de las
competencias adquiridas por los alumnos o alumnas. Esta evaluación tendrá carácter
informativo, formativo y orientador para los centros e informativo para las familias y para
el conjunto de la comunidad educativa».
Para la realización de las evaluaciones educativas se elaboran cuestionarios y
pruebas de rendimiento que tradicionalmente se han completado en formato impreso. La
digitalización progresiva de los procesos de enseñanza-aprendizaje y el desarrollo de la
competencia digital del alumnado hace necesaria la transformación de la evaluación a
formato electrónico, proceso en el que INEE ha venido trabajando en colaboración con el
Instituto Nacional de Tecnologías de la Comunicación y Formación del Profesorado
(INTEF) desde el curso académico 2014-2015.
Con el objeto de disponer de una plataforma integral para dar soporte a la realización
de las evaluaciones de ámbito nacional en formato digital, parece adecuado utilizar la
herramienta IRIA (Integración de la Recogida de Información y su Administración) del
INE en la recogida de la información de los alumnos y centros participantes. El INE
pondrá a disposición del MEFP dicha plataforma informática, para llevar a cabo las
tareas relacionadas con estas evaluaciones.
La dirección y supervisión del proyecto corresponde a la Subdirección General de
Estadística y Estudios de la Secretaría General Técnica del MEFP y al Instituto Nacional
de Evaluación Educativa (INEE).
En estas evaluaciones educativas de ámbito nacional podrán participar los centros
educativos que resulten seleccionados del proceso de muestreo bietápico (selección de
centros en una primera etapa y de alumnos y alumnas en la segunda). Se realizará un
muestreo estratificado, al menos, por comunidad autónoma, de forma que se extraerá
una muestra de centros educativos de cada una de las 17 comunidades autónomas y de
las ciudades autónomas de Ceuta y Melilla, cada una de ellas representativa del
alumnado escolarizado en el mismo nivel educativo en la correspondiente comunidad. La
muestra en su conjunto será representativa a nivel del Estado.
Condiciones técnicas:
– La población objetivo en la evaluación de Educación Primaria es el alumnado
matriculado en 6.º de EP en los centros educativos españoles en la primavera del año en
el que se realice la evaluación.
La población objetivo en la evaluación de Educación Secundaria es el alumnado
matriculado en 4.º de ESO en los centros educativos españoles en la primavera del año
en el que se realice la evaluación.
– En el curso 2024-2025 se realizará la primera evaluación de Educación Primaria
con muestra representativa a nivel autonómico y nacional. Las evaluaciones siguientes
cve: BOE-A-2022-6099
Verificable en https://www.boe.es
1. Nombre y base legal de la operación estadística: «Evaluación general del
Sistema Educativo: Educación Primaria» y «Evaluación general del Sistema Educativo:
Educación Secundaria Obligatoria». La base jurídica es la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de
mayo, de Educación, modificada por la Ley Orgánica 3/2020, de 29 de diciembre.
2. Ámbito poblacional y temporal: las evaluaciones se realizarán periódicamente
cada tres años, alternando los dos niveles y etapas educativas.