III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, RELACIONES CON LAS CORTES Y MEMORIA DEMOCRÁTICA. Convenios. (BOE-A-2022-6099)
Resolución de 6 de abril de 2022, de la Subsecretaría, por la que se publica el Convenio entre el Instituto Nacional de Estadística y el Ministerio de Educación y Formación Profesional, para la adopción de protocolos de utilización de la aplicación IRIA.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 88

Miércoles 13 de abril de 2022

Sec. III. Pág. 51853

estadística que permita aunar esfuerzos, racionalizar los recursos disponibles y compartir
experiencia y conocimientos.
El INE dispone de una valiosa infraestructura estadística y metodológica que resulta
de gran interés tanto para el desarrollo de la estadística pública como de investigaciones
con base estadística. Dentro de esta infraestructura destaca la herramienta IRIA que
permite la captación de información, así como su validación para el posterior
aprovechamiento en la elaboración de estadísticas e investigaciones. El Ministerio de
Educación y Formación Profesional considera conveniente establecer una línea
prioritaria de colaboración en el ámbito de la herramienta IRIA para desarrollar más
eficazmente las funciones de estadísticas, evaluaciones y estudios que le competen.
En consecuencia, siendo jurídicamente procedente el establecimiento de un sistema
estable de colaboración entre el Instituto Nacional de Estadística y el Ministerio de
Educación y Formación Profesional, compartiendo trabajo, herramientas, conocimientos
y experiencia, ambas partes acuerdan suscribir el presente Convenio, que se regirá por
las siguientes
CLÁUSULAS
Primera.

Objeto del Convenio.

El presente Convenio tiene como objetivos:
1.

Adoptar los siguientes Protocolos:

– Protocolo de utilización de la aplicación IRIA para la realización de la evaluación
educativa internacional «PISA para Centros Educativos» (PISA for Schools)
– Protocolo de utilización de la aplicación IRIA para dar soporte a la realización de
las evaluaciones nacionales generales del sistema educativo, de carácter diagnóstico
reguladas en la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, modificada por la
Ley Orgánica 3/2020, de 29 de diciembre.
– Protocolo de utilización de la aplicación IRIA para dar soporte a la realización de
las evaluaciones nacionales de diagnóstico reguladas en los artículos 21 y 29 de la Ley
Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, modificada por la Ley Orgánica 3/2020,
de 29 de diciembre en los centros educativos del ámbito de gestión del MEFP

– El nombre y base legal de la operación estadística.
– El ámbito poblacional y temporal.
– El periodo estimado durante el que deberá estar activo el servicio.
– Canales de recogida previstos.
– El número estimado de usuarios que utilizarán el servicio en cada canal de
recogida.
– Metodología de la recogida de información.
– Estimación de la cantidad total de recursos de almacenamiento necesarios, sobre
la base de las variables recogidas en la operación estadística.

cve: BOE-A-2022-6099
Verificable en https://www.boe.es

Estos protocolos figuran respectivamente en los Anexos I, II y III que forma parte de
este Convenio.
2. Dejar abierta una línea de colaboración estable entre el INE y el MEFP para la
posible adopción de sucesivos protocolos de utilización de la aplicación IRIA en las fases
de recogida de la información, depuración y seguimiento de las operaciones estadísticas,
investigaciones y estudios dentro del marco de competencia del Ministerio de Educación
y Formación Profesional que se formalizarán mediante las correspondientes adendas al
Convenio.
Cada uno de los protocolos adoptados contendrá como mínimo la siguiente
información: