I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE HACIENDA Y FUNCIÓN PÚBLICA. Organización. (BOE-A-2022-6045)
Real Decreto 267/2022, de 12 de abril, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Miércoles 13 de abril de 2022

Sec. I. Pág. 51411

exterior en sus planteamientos y objetivos globales, y, especialmente, en la coordinación
de la política exterior española con respecto a la Política Exterior y de Seguridad Común
de la Unión Europea que, bajo las orientaciones del Consejo Europeo y de las decisiones
aprobadas por el Consejo de Asuntos Exteriores, tiene al frente al Alto Representante de
la Unión para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad apoyado por el Servicio
Europeo de Acción Exterior.
La persona titular de la Dirección General ejercerá las competencias inherentes a su
responsabilidad de dirección y aquellas que le sean delegadas por la persona titular de la
Secretaría de Estado e impulsará la consecución de los objetivos y la ejecución de los
proyectos propios de la política exterior española en las áreas y campos indicados,
controlando su cumplimiento, supervisando y coordinando la actividad de los órganos
directivos adscritos e impartiendo instrucciones a sus titulares. Igualmente, en tanto que
Director Político, representa a España en el Comité Político y de Seguridad de la Unión
Europea.
En particular, corresponden a la Dirección General de Política Exterior y de
Seguridad las siguientes competencias:
a) La asistencia a la Secretaría de Estado en la propuesta y ejecución de la política
exterior en sus planteamientos y objetivos globales.
b) La coordinación, en su calidad de Director Político, y sin perjuicio de las
competencias propias de cada una de ellas, de las Direcciones Generales de Naciones
Unidas, Organismos Internacionales y Derechos Humanos; para el Magreb,
Mediterráneo y Oriente Próximo; para África; para América del Norte, Europa Oriental,
Asia y Pacífico; y de Europa Occidental, Central y Sudeste de Europa.
c) La coordinación y seguimiento, en su calidad de Director Político, de la
participación de España en la Política Exterior y de Seguridad Común de la Unión
Europea, incluida la Política Común de Seguridad y de Defensa, la preparación y el
seguimiento de las reuniones del Consejo de Asuntos Exteriores y del Comité Político y
de Seguridad de la Unión Europea, y la representación de España en otras reuniones a
nivel de direcciones políticas.
d) El seguimiento y análisis de aquellas cuestiones de carácter global que afecten a
la comunidad internacional en su conjunto y requieran una respuesta concertada de la
misma, y la definición y coordinación de la posición de España, junto con los
departamentos ministeriales concernidos.
e) La definición estratégica de la posición de España sobre cuestiones
internacionales de seguridad, en los ámbitos tanto multilateral como bilateral.
f) La coordinación de la representación institucional de España en los foros
multilaterales en los que se aborde la no proliferación y el desarme, las actividades de
índole política y jurídica relacionadas con estas materias, tanto de los órganos
principales de las Naciones Unidas como de sus órganos subsidiarios, comités y grupos
de trabajo dependientes; la coordinación general de la acción del Departamento en las
iniciativas y el seguimiento de los asuntos estratégicos relacionados con la no
proliferación, el desarme y las nuevas amenazas; el seguimiento de las actividades y
negociaciones de desarme y de control de armamentos en el marco de las Naciones
Unidas y de la OSCE y de otros foros específicos en los que España participe; y el
seguimiento de la verificación general de los acuerdos de desarme y de control de
armamento de los que España forme parte, en colaboración con los restantes
departamentos competentes.
g) La coordinación de la representación institucional de España en los foros
multilaterales en que se aborden los asuntos de terrorismo, las actividades de índole
política y jurídica relacionadas con esta materia, tanto de los órganos principales de las
Naciones Unidas y de sus órganos subsidiarios, comités y grupos de trabajo
dependientes, como de otros organismos internacionales; la coordinación de la acción
del Departamento en las iniciativas y en el seguimiento de los asuntos internacionales de
terrorismo; y el análisis continuado del terrorismo como elemento estratégico en la

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Núm. 88